DECRETO 212/2001, de 18 de diciembre, del Gobierno Valenciano, por el que se modifica el Decreto 138/2000, de 12 de septiembre, del Gobierno Valenciano, que aprobó el Reglamento Orgánico y Funcional de la Conselleria de Bienestar Social. [2001/X12740]    

SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorConselleria de Bienestar Social
Rango de LeyDecreto

DECRETO 212/2001, de 18 de diciembre, del Gobierno Valenciano, por el que se modifica el Decreto 138/2000, de 12 de septiembre, del Gobierno Valenciano, que aprobó el Reglamento Orgánico y Funcional de la Conselleria de Bienestar Social. [2001/X12740]

En el Decreto 138/2000, de 12 de septiembre, del Gobierno Valenciano, por el que se aprobó el Reglamento Orgánico y Funcional de la Conselleria de Bienestar Social, se recogían como competencias de dicha Conselleria las relativas a los servicios de promoción social, la acción social en los sectores de la mujer, la tercera edad, familia e infancia, discapacitados y drogodependencias, y a la elevación general de la calidad de vida de todos los ciudadanos, estructurándose los órganos del nivel directivo encargados en la ejecución de dichas competencias sectoriales en las siguientes Direcciones Generales: de Servicios Sociales; de la Familia, Menor y Adopciones; de Integración Social de Discapacitados; de la Mujer; y de Drogodependencias.

Mediante el Decreto 15/2001, de 30 de octubre, del presidente de la Generalitat Valenciana, de asignación de competencias a la Presidencia y a las Consellerias, las atribuciones de la Conselleria de Bienestar Social se han incrementado al asignársele también las políticas de integración de la inmigración y los planes especiales de vivienda. Este decreto deja en suspenso la efectividad del traspaso de competencias entre consellerias provocado por la nueva asignación de competencias hasta el momento de la aprobación de los correspondientes reglamentos orgánicos y funcionales de cada Conselleria, y ordena que tales reglamentos adopten su estructura a lo dispuesto en el Decreto.

A su vez, como nuevas unidades orgánicas de la Conselleria de Bienestar Social, el Decreto 161/2001, de 30 de octubre, del Gobierno Valenciano ha creado, por un lado, el Comisionado del Gobierno para la Inmigración, con rango de Subsecretaría, al objeto de reforzar las políticas del Gobierno Valenciano en materia de integración de la inmigración en los ámbitos educativo, sanitario, y de vivienda, así como para la puesta en marcha del Plan Valenciano de la Inmigración, y, por otro lado, la Dirección General de Planes Especiales de Vivienda.

Por tanto, como consecuencia de las nuevas asignaciones de competencias y de la creación de las citadas unidades orgánicas en la Conselleria de Bienestar Social resulta necesario proceder a la modificación del actual reglamento orgánico y funcional de esta Conselleria.

En su virtud, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 70 de la Ley de Gobierno Valenciano, a propuesta del conseller de Bienestar Social, previa deliberación del Gobierno Valenciano en la reunión del día 18 de diciembre de 2001, DISPONGO Artículo único Se modifica el Decreto 138/2000, de 12 de septiembre, del Gobierno Valenciano, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico y Funcional de la Conselleria de Bienestar Social, en los siguientes términos:

. El artículo 1 en su primer apartado, que queda con la siguiente redacción:

.1. La Conselleria de Bienestar Social es el departamento del Gobierno Valenciano al que corresponde ejercer las competencias relativas a políticas de integración de la inmigración, servicios sociales, acción social en los sectores de discapacitados, mujer, familia, menor y adopciones, juventud, drogodependencias, planes especiales de vivienda, y a la elevación general de la calidad de vida de todos los ciudadanos.. . El artículo 3, redactado de la siguiente forma:

.El nivel directivo de la Conselleria está integrado, bajo la superior autoridad del conseller, por los siguientes órganos administrativos:

. Comisionado del Gobierno para la Inmigración, con rango de subsecretaría . Secretaría General . Dirección General de Servicios Sociales . Dirección General de la Familia, Menor y Adopciones . Dirección General de Integración Social de Discapacitados . Dirección General de la Mujer . Dirección General de Drogodependencias . Dirección General de Planes Especiales de Vivienda.

. El artículo 5 en su primer apartado, que queda con...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR