ORDEN 14/2013, de 5 de septiembre, de la Consellería de Hacienda y Administración Pública, por la que, en ejecución de la Sentencia número 1270/08, del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana, se convoca curso selectivo de acceso al grupo D, sector administración general, por el turno de promoción interna, mediante conversión directa de plazas. Convocatoria número 143/04.

SecciónII - Autoridades y Personal
EmisorConselleria de Hacienda y Administración Pública
Rango de LeyOrden

Por Orden de 5 de diciembre de 2005, de la Consellería de Justicia, Interior y Administraciones Públicas (DOCV 5157, 19.12.2005), se convocó curso selectivo de acceso al grupo D, sector administración general, por el turno de promoción interna, mediante conversión directa de plazas, convocatoria 79/04, correspondiente a la oferta de empleo público del año 2004, para el personal de la Administración del Consell de la Generalitat Valenciana.

La base 11 de la citada orden establecía: «los aspirantes aprobados que sean titulares con destino definitivo de un puesto de trabajo serán nombrados en los mismos puestos de los que sean titulares [...]. Ello no obstante, los titulares de puestos con denominación subalterno residente, subalterno supervisor, vigilante y aquellos funcionarios de carrera que ocupen puestos de carácter laboral, al igual que quienes no sean titulares con destino definitivo de un puesto de trabajo, habrán de participar previamente en el concurso de provisión de puestos adscritos al grupo D de administración general que al efecto se convoque, y serán nombrados en los puestos que obtengan».

Promovido recurso contencioso contra la citada orden, el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 7 de Valencia dictó Sentencia 217/07, de 31 de mayo, desestimatoria de las pretensiones de los recurrentes. Impugnada en apelación la Sentencia 217/07, el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana, Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección Segunda, dictó la Sentencia 1270/08, de 17 de diciembre, parcialmente estimatoria, en la que se declara la nulidad de la base 11.3 de la convocatoria 79/04, en cuanto exige a los titulares de puestos de trabajo denominados subalternos residentes, subalternos supervisores y vigilantes que, después de aprobar la oposición y antes de ser nombrados funcionarios del grupo D, participen en el concurso de provisión de puestos que a tal efecto se convoque.

En ejecución de la citada sentencia se dictó la Orden de 16 de junio de 2009, de la consellera de Justicia y Administraciones Públicas (DOCV 6043, 25.06.09).

Presentados incidentes de ejecución contra la Orden de 16 de junio de 2009, el Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 7 de Valencia, mediante autos 569/09, de 6 de noviembre, y 46/2010, de 20 de enero, estableció la obligatoriedad de la apertura de un nuevo periodo de instancias para permitir a todos los subalternos residentes, subalternos supervisores y vigilantes interesados la participación en la convocatoria 79/04.

Los autos 569/09 y 46/2010, como también los procedimientos incidentales de que traían causa, serían declarados nulos por el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana al estimar el recurso de apelación promovido contra aquellos. La Sala de lo ContenciosoAdministrativo, Sección Segunda, ordenó la retroacción de actuaciones al momento en que hubo de cursarse traslado de las respectivas demandas incidentales a las partes afectadas.

Los incidentes fueron definitivamente fallados por autos 26/2013, de 5 de febrero, y 137/2013, de 13 de junio, del Juzgado número 7, en los que se ordena la apertura de un nuevo periodo de instancias para permitir a todos los subalternos residentes, subalternos supervisores y vigilantes interesados la participación en la convocatoria 79/04.

Por todo ello y ante la imposibilidad de reabrir un nuevo plazo de presentación de instancias de la convocatoria, al haber finalizado el procedimiento el 15 de octubre de 2008, esta Consellería, en ejercicio de las atribuciones previstas en el artículo 9.1.i de la Ley 10/2010, de 9 de julio, de Ordenación y Gestión de la Función Pública Valenciana, acuerda convocar curso selectivo de acceso al grupo D, sector administración general, por el turno de promoción interna, mediante conversión directa de plazas, que se regirá por lo establecido en la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, en la

Ley 10/2010, de 9 de julio, de la Generalitat, de Ordenación y Gestión de la Función Pública Valenciana, en el Texto Refundido de la Ley de Función Pública Valenciana de 24 de octubre de 1995 -en lo que proceda-, en el Decreto 33/1999, de 9 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de Selección, Provisión de Puestos de Trabajo y Carrera Administrativa del personal comprendido en el ámbito de aplicación de la Ley de Función Pública y demás normativa de desarrollo, y por lo dispuesto en las siguientes,

Bases de la convocatoria

1. Objeto de la convocatoria

La convocatoria tiene por objeto la selección de personal, mediante el sistema de curso selectivo, turno de promoción interna por conversión directa de plazas, para cubrir 11 puestos de trabajo del grupo D, sector administración general, previa participación en un concurso de méritos.

2. Condiciones generales de los aspirantes

Los aspirantes deberán reunir, además de las condiciones previstas en el artículo 56 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, los siguientes requisitos:

2.1. Ser funcionario de carrera de la Administración de la Generalitat del grupo E, sector administración general, haber prestado servicios efectivos durante al menos dos años como funcionario de carrera en dicho grupo hasta el 14 de enero de 2006 y ser titular con destino definitivo a fecha 14 de enero de 2006 de un puesto de trabajo denominado subalterno supervisor, subalterno residente o vigilante.

2.2. Estar en posesión, a fecha 14 de enero de 2006, del título de Graduado Escolar, Graduado en Educación Secundaria, Formación Profesional I o equivalente. Las equivalencias de los títulos alegados deberán justificarse por el interesado.

2.3. No haber participado en la convocatoria 79/04, de acceso al grupo D, sector administración general, promoción interna mediante conversión directa de plazas, por el procedimiento de curso selectivo.

2.4. Las condiciones para ser admitido a las pruebas, deberán reunirse desde el 14 de enero de 2006 y mantenerse durante todo el proceso selectivo, hasta el momento de la toma de posesión.

3. Solicitudes

Quienes deseen tomar parte en estas pruebas selectivas deberán cumplimentar la solicitud que figura como modelo en el anexo II y que les será facilitada en las oficinas públicas que se relacionan en el anexo III o en el portal de la Administración de la Generalitat (, apartado Atención al ciudadano, Guía PROP, Empleo público, Descripción: convocatoria 143/04)

4. Presentación de solicitudes

4.1. Las personas aspirantes quedan vinculados a los datos que hayan hecho constar en sus solicitudes, pudiendo únicamente demandar su modificación mediante escrito motivado, dentro del plazo establecido en la base 4.3 para la presentación de solicitudes.

4.2. Las solicitudes serán dirigidas a la Dirección General de Recursos Humanos.

Con la solicitud se presentarán los documentos acreditativos de los méritos previstos en el anexo I que no figuren en el Registro de Personal de la Dirección General de Recursos Humanos.

Si los méritos que se aleguen ya constaran en el Registro de Personal de la Generalitat, únicamente será necesario citarlos en la solicitud, sin aportar los documentos correspondientes.

Los méritos alegados por las personas participantes deberán haber sido obtenidos o computados hasta el 14 de enero de 2006.

Sólo serán valorados los méritos que las personas aspirantes aleguen en la solicitud.

4.3. El plazo para la presentación de solicitudes será de 20 días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de la convocatoria en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana.

Las solicitudes se presentarán por las personas interesadas en las oficinas públicas que figuran relacionadas en el anexo III.

También se podrán presentar las solicitudes en la forma prevista en el artículo 38 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Publicas y del Procedimiento Administrativo Común.

5. Admisión de las personas aspirantes

5.1. Terminado el plazo de presentación de solicitudes, previa verificación de los requisitos de la convocatoria, el órgano convocante dictará resolución, que se publicará en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana, que contendrá la relación provisional de personas admitidas y excluidas.

5.2. Las personas aspirantes podrán, en el caso de error o exclusión, subsanar los defectos en que hayan incurrido en su solicitud, o realizar las alegaciones que tengan por conveniente en el plazo de 10 días hábiles contados a partir del siguiente al...

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