ORDEN 22/2013, de 20 de diciembre, de la Conselleria de Infraestructuras, Territorio y Medio Ambiente, por la que se modifican las tarifas de los servicios de transporte público de viajeros en vehículos automóviles de menos de nueve plazas, del Área de Prestación Conjunta de Alicante.
Fecha de Entrada en Vigor | 1 de Enero de 2014 |
Sección | I - Disposiciones Generales |
Emisor | Conselleria de Infraestructuras, Territorio y Medio Ambiente |
Rango de Ley | Orden |
La competencia exclusiva en materia de transporte terrestre cuyo itinerario discurra íntegramente por la Comunitat Valenciana corresponde a la Generalitat.
La Ley 6/2011, de 1 de abril, de la Generalitat, de Movilidad de la Comunitat Valenciana, establece en su artículo 55.1 que las tarifas deben garantizar la cobertura del coste real del servicio en condiciones normales de productividad y organización, y permitir una adecuada amortización y un razonable beneficio industrial, pudiendo ser revisadas periódicamente, o de manera excepcional, cuando se produzca una variación en los costes que altere significativamente el equilibrio económico. Su aprobación y revisión corresponde al órgano competente, previa audiencia de las asociaciones representativas del sector, y de las asociaciones de consumidores y usuarios.
Los servicios de transporte público discrecional de viajeros por carretera, prestados con vehículos de menos de nueve plazas y provistos de autorización del Área de Prestación Conjunta de Alicante, se hallan sometidos al régimen de autorización administrativa, con sujeción al régimen dispuesto por la Orden de 12 de julio de 1994, de la Consellería de Obras Públicas, Urbanismo y Transporte. Esta orden estableció el régimen tarifario y sus condiciones de aplicación para los servicios de transporte público de viajeros en automóviles de turismo del Área de Prestación Conjunta de Alicante. Las tarifas correspondientes se han ido fijando y actualizando sucesivamente mediante las oportunas órdenes de la Consellería.
La variación de los costes de explotación experimentado desde la última revisión tarifaria, cuya estructura y cuantías han sido debidamente analizadas, aconseja su actualización y la consiguiente revisión de las tarifas de aplicación a los servicios de taxi vigentes en el Área de Prestación Conjunta de Alicante.
En el procedimiento de elaboración de la presente orden se ha sometido la propuesta al trámite de audiencia, analizando también las propuestas que...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba