RESOLUCIÓN de 25 de agosto de 2009, de la Dirección General de Patrimonio Cultural Valenciano, por la cual se resuelve la concesión de ayudas para actuaciones de restauración y conservación de pintura mural.

SecciónIII - Convenios y Actos
EmisorConselleria de Cultura y Deporte
Rango de LeyResolución

RESOLUCIÓN de 25 de agosto de 2009, de la Dirección General de Patrimonio Cultural Valenciano, por la cual se resuelve la concesión de ayudas para actuaciones de restauración y conservación de pintura mural. [2009/9768] Por Orden de 23 de marzo de 2009, de la Conselleria de Cultura y Deporte (DOCV nº 6021/ 26 de junio de 2009) se convocaron ayudas para actuaciones de restauración y conservación de pintura mural. El importe total de las referidas ayudas es de 188.461,55 euros, que será satisfecho con cargo a la línea presupuestaria T4442000 del programa 18.02.01.458.10.7, del presupuesto de la Generalitat para 2009.

Finalizado el término de presentación de solicitudes de subsanación de las deficiencias, se constituyó el 31 de julio pasado la comisión evaluadora, según establece la base sexta del anexo I de la mencionada Orden, la cual ha elevado a esta Dirección General la propuesta correspondiente.

En virtud de la delegación efectuada por la consellera de Cultura y Deporte, en la disposición adicional única de la mencionada Orden, resuelvo:

Primero Conceder las ayudas para actuaciones de restauración y conservación de pintura mural, a los solicitantes que se relacionan en el Anexo I de la presente resolución, con las cuantías que se especifican en el mismo.

Segundo Denegar las ayudas que se relacionan en el Anexo II, ya que no existe presupuesto suficiente para atenderlas.

Tercero Autorizar patrimonialmente los proyectos de intervención correspondientes a las ayudas concedidas para las actuaciones de restauración y conservación de pintura mural, que se relacionan en el Anexo I de la presente resolución, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 41 de la LEY 5/2007, de 9 de febrero, de la Generalitat, de modificación de la Ley 4/1998, de 11 de junio, del Patrimonio Cultural Valenciano.

De conformidad con lo establecido en los artículos 107, 116 y 117 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y 10, 14 y 46 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, la presente orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá ser recurrida potestativamente en reposición, o bien cabrá plantear directamente recurso contencioso administrativo en los plazos y ante los órganos que se indican a continuación:

  1. El recurso de reposición deberá interponerse ante la consellera de Cultura y Deporte, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación, a excepción de las Administraciones Públicas que no pueden interponer recurso en vía administrativa de conformidad con lo establecido en el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.

    No obstante cuando una Administración interponga recurso contencioso-administrativo contra otra, podrá requerirla previamente para que derogue la disposición, anule o revoque el acto, haga cesar o modifique la actuación material, o inicie la actividad a que está obligada en los términos del mencionado artículo.

  2. El recurso contencioso administrativo, deberá plantearse ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justícia de la Comunitat Valenciana, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación.

    Valencia, 25 de agosto de 2009. La directora general de Patrimonio Cultural Valenciano: Paz Olmos Peris.

    AYUDAS RESTAURACIÓN Y CONSERVACIÓN DE PINTURA MURAL Línea - T4442000 - Cap. VII Ayuda P Localidad Beneficiario Emplazamiento Actuación solicitada concedida Num. 6091 / 31.08.2009

    V ALFARA DEL PATRIARCA...

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