DECRETO 78/2001, de 2 de abril, del Gobierno Valenciano, por el que se aprueba el Plan de Ordenación de los Recursos Naturales de la Sierra de Irta. [2001/Q3289]    

SecciónI - Disposiciones Generales
Rango de LeyDecreto

DECRETO 78/2001, de 2 de abril, del Gobierno Valenciano, por el que se aprueba el Plan de Ordenación de los Recursos Naturales de la Sierra de Irta. [2001/Q3289] La sierra de Irta es una alineación montañosa costera, acantilada hacia el mar, que contiene tramos excepcionalmente bien conservados de monte litoral y de costa alta entre calas. Constituye así un ejemplo singular de sierra mediterránea costera, ambiente especialmente valioso y amenazado a escala europea y de cuenca mediterránea. La Ley 11/1994, de 27 de diciembre, de la Generalitat Valenciana, de Espacios Naturales Protegidos de la Comunidad Valenciana, contempla la figura de Plan de Ordenación de los Recursos Naturales (PORN) como instrumento específico para una adecuada planificación de dichos recursos, estableciendo en su artículo 32 y siguientes su concepto, contenido y tramitación. Esta figura de ordenación se considera el marco normativo idóneo para una adecuada administración y gestión de los recursos ambientales a que se refiere el párrafo anterior. Situada en la comarca de Bajo Maestrazgo (Castellón), entre los términos municipales de Peñíscola y Alcalà de Xivert, la sierra de Irta está formada por dos alineaciones montañosas paralelas, pertenecientes a la cordillera Costero-catalana, separadas entre sí por el valle de Estopet. Es un macizo calcáreo de edad jurásica y cretácica, intensamente fracturado en una serie de bloques fallados e inclinados. El roquedo muestra una fuerte e interesante karstificación. La sierra tiene una altitud media de 300 a 400 metros sobre el nivel del mar, con cotas máximas en los picos Campanetes (572 m), Irta (562 m), La Palma (521 m) y La Bota (409 m), todos ellos muy cercanos a la costa sobre laderas con fuertes pendientes y desniveles. En conjunto, la estructura geomorfológica de la zona ofrece elementos de notable valor científico y didáctico, configurando además, en contraste con el mar, paisajes sumamente agrestes y singulares. La vegetación de la sierra, típicamente mediterránea litoral, incluye formaciones vegetales consideradas por la Unión Europea amenazadas y de gran importancia ecológica a escala continental, valor que se incrementa en la sierra de Irta por su excepcionalmente buena conservación. Todo ello a pesar de la deforestación provocada por la actividad ganadera, practicada con gran intensidad durante siglos en la zona, por la agricultura y, más recientemente, por los incendios forestales y la urbanización en algunos sectores. Entre las comunidades vegetales más relevantes pueden citarse: Crithmo-Limonietum girardiani, Cypero mucronati-Agropyretum juncei, Crucianelletum maritimae, Salsolo kali-Cakiletum aegyptiae e Hypochoerido-Glaucietum flavi. Especies vegetales notables son Limonium cavanillesii, Antirrhinum barrelieri subsp. litigiosum, Centaurea saguntina y Sonchus tenerrimus subsp. dianae. En el paisaje vegetal destacan fuertemente los matorrales ricos en palmito (Chamaerops humilis). La fauna asociada a estas formaciones vegetales es asimismo de gran interés, destacando especies como las aves rapaces Circaetus gallicus, Hieraetus fasciatus, Accipiter nisus, Buteo buteo, Falco peregrinus, Charadrius dubius, C. Alexandrinus, Bubo bubo y Asio otus, el anfibio Pelobates cultripes o el mamífero Felis silvestris. El ámbito del Plan de Ordenación incluye un sector marino caracterizado por su gran biodiversidad y la presencia de praderas submarinas de Posidonia oceanica y de arrecifes de vermétidos. El paisaje de la sierra de Irta posee un gran componente de humanización histórica. Las actividades agrícolas y ganaderas tradicionales dejaron su sello durante siglos, en interacción con el ambiente natural. En consecuencia, el interés etnográfico de la zona es grande, tanto en los elementos singulares del patrimonio construido y las infraestructuras agropecuarias tradicionales como en el conjunto de los paisajes rurales que han llegado hasta nosotros. Los impresionantes abancalamientos históricos que cubren buena parte de las laderas de la sierra, abandonados en su mayoría, constituyen una buena muestra de ello. No menos notable es el patrimonio histórico-artístico y arqueológico, que muestra hitos como los castillos de Polpis (siglo X) y de Chivert, la Torre Badum (torre vigía) y las ermitas de San Antonio Abad, San Benito y Santa Lucía, así como diversos restos y yacimientos de origen ibérico, ibero-romano, árabe y morisco. Durante las últimas décadas, una serie de nuevos procesos, vinculados a las profundas transformaciones territoriales y socioeconómicas que ha experimentado la Comunidad Valenciana, suponen un riesgo para la conservación de los valores ambientales y culturales de la sierra. Destacan entre ellos el avance incontrolado de la urbanización en ciertos sectores, los incendios forestales, la afluencia desordenada de visitantes, el vertido de residuos sólidos y los efectos sobre el suelo y la vegetación derivados del abandono de los sistemas productivos tradicionales agrícolas y ganaderos. Una serie de medidas de ordenación y gestión tenderán, en el marco del plan, a corregir los procesos e impactos que actualmente comprometen la conservación de los citados valores. El plan de ordenación tiene por criterio directriz la ordenación de los recursos naturales de la sierra de Irta, en el marco de una estrategia de desarrollo sostenible basada en la conservación y la gestión racional de los mismos. Los usos urbanísticos quedan regulados en función de la preservación de los valores ambientales y culturales, atendiendo al contexto territorial definido por los planeamientos urbanísticos municipales y por la propia dinámica de crecimiento de los municipios. Junto con el mantenimiento de los usos del suelo tradicionales, agrícolas y ganaderos, merece especial atención el fomento y desarrollo de las potencialidades que ofrece la zona en materia de uso público, incluyendo en este concepto el disfrute ordenado, la enseñanza y el estudio de los valores naturales, paisajísticos y culturales. Este criterio tiene especial relevancia en el contexto de la intensa actividad turística existente en el entorno inmediato de la sierra. De hecho, se considera que la protección y uso racional de dichos valores naturales y culturales en la sierra de Irta incrementará la calidad del conjunto de la oferta turística a escala comarcal y provincial. De acuerdo con lo previsto en la Ley 11/1994, de 27 de diciembre, de la Generalitat Valenciana, de Espacios Naturales Protegidos de la Comunidad Valenciana, la Conselleria de Medio Ambiente acordó, mediante la Orden de 6 de febrero de 1998, el inicio el procedimiento de elaboración y aprobación del Plan de Ordenación de los Recursos Naturales de la Sierra de Irta. Durante el año 2000, el proyecto de plan fue objeto de un proceso de consultas a las corporaciones locales y a distintas entidades y organismos relevantes para el mismo. La exposición pública formal del proyecto, cuyo anuncio fue ordenado por la Dirección General de Planificación y Gestión del Medio el 4 de diciembre de 2000, tuvo lugar durante un mes, a partir de su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana el 7 de diciembre de 2000. El Consejo Asesor y de Participación de Medio Ambiente emitió dictamen favorable sobre el proyecto el día 19 de febrero de 2001. Por tanto, se ha efectuado por completo la tramitación administrativa prevista en la citada legislación sectorial para los planes de ordenación de los recursos naturales previamente a la aprobación definitiva de los mismos. En su virtud, a propuesta del conseller de Medio Ambiente y previa deliberación del Gobierno Valenciano, en la reunión del día 2 de abril de 2001, DISPONGO Artículo único 1. En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 32 y siguientes de la Ley 11/1994, de 27 de diciembre, de la Generalitat Valenciana, de Espacios Naturales Protegidos de la Comunidad Valenciana, aprobar definitivamente el Plan de Ordenación de los Recursos Naturales de la Sierra de Irta. 2. Como anexo I al presente decreto se recoge la parte normativa del plan. 3. Como anexo II al presente decreto se recoge la zonificación gráfica. DISPOSICIÓN ADICIONAL Facultar al conseller de Medio Ambiente, en el ámbito de sus atribuciones, para dictar las disposiciones y adoptar las medidas precisas para el cumplimiento de lo dispuesto en el presente decreto. DISPOSICIÓN TRANSITORIA Los instrumentos de ordenación territorial o física existentes que resulten contradictorios con el presente PORN deberán adaptarse a éste en su próxima revisión. Entre tanto la adaptación no tenga lugar, las determinaciones del PORN se aplicarán, en todo caso, prevaleciendo sobre los instrumentos de ordenación territorial o física existentes siempre que sus determinaciones signifiquen un mayor nivel de protección sobre los valores y elementos objeto de este plan. DISPOSICIÓN FINAL El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana. Valencia, 2 de abril de 2001 El presidente de la Generalitat Valenciana, EDUARDO ZAPLANA HERNÁNDEZ-SORO. El conseller de Medio Ambiente, FERNANDO MODREGO CABALLERO ANEXO I Normativa 1. Introducción Al margen de las disposiciones establecidas en la legislación vigente, de carácter vinculante, en los apartados anteriores se ha hecho una lectura de las características, peculiaridad y situación actual del sistema natural existente en la sierra de Irta. Cada una de las unidades correspondientes a los diferentes elementos medioambientales (unidades del relieve, suelos, vegetación y fauna) han sido evaluadas en función de su interés de cara a la conservación y del grado de afección antrópica. El resultado de este análisis ha puesto en evidencia dos hechos fundamentales. Por una lado, se analiza un territorio con unas características naturales de gran valor en el contexto de...

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