DECRETO 10/2002, de 15 de enero, del Gobierno Valenciano, de declaración del Parque Natural de la Sierra Calderona. [2002/451]    

SecciónI - Disposiciones Generales
Rango de LeyDecreto

DECRETO 10/2002, de 15 de enero, del Gobierno Valenciano, de declaración del Parque Natural de la Sierra Calderona. [2002/451]

El Decreto 77/2001, de 2 de abril, del Gobierno Valenciano, por el que se aprueba el Plan de Ordenación de los Recursos Naturales de la Sierra Calderona, manifiesta en su preámbulo el carácter excepcional de dicho espacio natural en el contexto territorial de la Comunidad Valenciana, por sus valores ecológicos, paisajísticos y etnográficos, así como por sus potencialidades para la puesta en práctica de una estrategia de desarrollo sostenible basada en la conservación y la puesta en valor de los recursos ambientales y culturales.

Una parte del ámbito territorial de dicho Plan de Ordenación, denominada en el mismo Zona de Protección, constituye el sector nuclear de la Sierra Calderona, en razón de la especial relevancia y grado de conservación de los valores ambientales, paisajísticos y culturales, así como por su posición geográfica central en el conjunto del macizo. Incluye asimismo las mayores altitudes medias de la Sierra, los parajes más abruptos y la principal línea de cumbres, entre las que destacan Monmayor (1015 m.), Gorgo (970 m.), Montemayor (892 m.), Pico del Águila (878 m.), Rebalsadors (802 m.), Oronet (742 m.) y Garbí (600 m.).

Dicha zona, ejemplo típico de área central de sierra mediterránea valenciana prelitoral, reúne condiciones idóneas para la creación de un espacio natural protegido. La abrupta orografía, junto con la variedad de orientaciones topográficas y de sustratos rocosos, tanto silíceos como calcáreos, permiten la existencia de una vegetación y una flora diversas y de gran interés. Los ambientes geológicos también destacan por su variedad y abundancia de enclaves singulares. La fauna es asimismo muy variada, en sus distintos hábitats forestales, de matorral, rupícolas, de ribera y de cultivo. Todo ello modulado por la interacción secular entre medio físico y actividad humana, en un contexto histórico agro-silvo-pastoral, generador de un ambiente rural tradicional de gran valor ambiental, paisajístico y cultural.

La potencialidad para el uso público es especialmente relevante en el caso de la Sierra Calderona, habida cuenta de su situación geográfica en el ámbito de influencia directa del área metropolitana de Valencia, así como de otras zonas densamente pobladas del Camp de Morvedre, Camp de Túria y Alto Palancia.

No obstante lo anterior, la Sierra ha sufrido durante las últimas décadas una serie de impactos negativos que comprometen seriamente la pervivencia de sus valores ambientales y culturales y aconsejan la habilitación de medidas administrativas específicas para mejorar su control. Destacan entre estos impactos los incendios forestales recurrentes, la urbanización incontrolada de segunda residencia, el vertido de residuos urbanos, las transformaciones agrarias masivas y la afluencia desordenada de visitantes en ciertos ambientes. Buena parte de estos efectos son consecuencia directa de la crisis o abandono de los sistemas productivos rurales en los sectores agrícola, ganadero y forestal.

La Ley 11/1994, de 27 de diciembre, de la Generalitat Valenciana, de Espacios Naturales Protegidos de la Comunidad Valenciana, contempla la figura de Parque Natural como especialmente indicada para la protección de espacios naturales valiosos en forma compatible con el uso sostenible de los recursos naturales en los sectores agrícola, ganadero, forestal, extractivo y de servicios, así como con el desempeño de una importante función social en el estudio, la enseñanza y el disfrute ordenado de los valores ambientales y culturales. Dicha figura jurídica, asimismo, es idónea como marco para una estrategia de control de los impactos ambientales y de regeneración de los valores naturales y culturales degradados. Se considera un objetivo fundamental el fomento de la participación en la gestión del Parque por parte de las entidades y colectivos relacionados con la Sierra Calderona, en los ámbitos social, económico, profesional y cultural.

Es evidente la complementariedad de dichos objetivos con la estrategia de desarrollo sostenible, en función de la conservación y puesta en valor de los recursos, que propugna el Decreto 77/2001, de 2 de abril, del Gobierno Valenciano, por el que se aprueba el Plan de Ordenación de los Recursos Naturales de la Sierra Calderona.

En consecuencia, a propuesta del conseller de Medio Ambiente, conforme con el Consejo Jurídico Consultivo de la Comunidad Valenciana y previa deliberación del Gobierno Valenciano, en la reunión del día 15 de enero de 2002, DISPONGO

Artículo 1 Objeto y fines 1

El objeto del presente Decreto es la declaración del Parque Natural de la Sierra Calderona, estableciéndose para el mismo un régimen especial de protección, de acuerdo con lo...

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