DECRETO 164/2002, de 24 de septiembre, del Gobierno Valenciano, por el que se regula la composición y funcionamiento de la Comisión Mixta de Salud Escolar. [2002/F10698]    

SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorConselleria de Cultura y Educacion Conselleria de Sanidad
Rango de LeyDecreto

DECRETO 164/2002, de 24 de septiembre, del Gobierno Valenciano, por el que se regula la composición y funcionamiento de la Comisión Mixta de Salud Escolar. [2002/F10698]

La Ley 1/1994, de 28 de marzo, de la Generalitat Valenciana, de Salud Escolar, en su título IV, «Coordinación entre las instituciones», artículo 12, apartado 1, establece la creación de una comisión mixta, cuyo contenido, composición y funcionamiento se desarrolla en el Decreto 217/1994, de 17 de octubre, del Gobierno Valenciano, por el que se creó la Comisión Mixta de Salud Escolar entre las consellerias de Sanidad y Consumo y de Educación y Ciencia.

El artículo 1 del citado decreto, en su apartado 2, indica que la comisión mixta estará constituida por los miembros, o personas en quienes respectivamente deleguen, que a continuación se relacionan:

  1. El conseller de Sanidad y Consumo.

  2. El conseller de Educación y Ciencia.

  3. La directora general de Salud Pública.

  4. El director general del Servicio Valenciano de Salud.

  5. La directora general de Consumo.

  6. El director general de Ordenación e Innovación Educativa.

  7. La directora general de Centros Docentes.

  8. El director general de Personal de la Conselleria de Educación y Ciencia.

Queda regulado en el mismo artículo que la presidencia de la comisión será ostentada, con alternancia anual, por el titular de cada una de las dos consellerias, actuando como secretario uno de los miembros de la comisión perteneciente a la Conselleria de Sanidad y Consumo.

Se establece, igualmente, que podrán asistir a la comisión, con voz pero sin voto, los técnicos que a tal efecto convoque la presidencia de la comisión.

A la vista de las modificaciones habidas en los reglamentos orgánicos y funcionales de ambas consellerias, con el fin de adaptar la composición de la comisión mixta a los organigramas vigentes y garantizar la máxima eficacia en el desarrollo de las funciones que se le atribuyen como órgano conjunto de planificación de actividades y coordinación de recursos de acuerdo con los programas educativos y sanitarios recogidos en la Ley de Salud Escolar, se hace necesario modificar el Decreto 217/1994.

En su virtud, a propuesta conjunta de los consellers de Sanidad y de Cultura y Educación, y previa deliberación del Gobierno Valenciano, en la reunión del día 24 de septiembre de 2002, DISPONGO

Artículo 1 De la Comisión Mixta de Salud Escolar La Comisión Mixta de Salud Escolar estará compuesta por los siguientes miembros:
  1. El conseller de Sanidad.

  2. El conseller de Cultura y Educación.

  3. El director general de la Conselleria de Sanidad competente en materia de salud pública.

  4. El director general de la Conselleria de Sanidad competente en...

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