DECRETO 174/2011, de 18 de noviembre, del Consell, por el que se autoriza la implantación de enseñanzas universitarias oficiales de máster en la Universitat de València-Estudi General.

SecciónIII - Convenios y Actos
EmisorConselleria de Educación, Formación y Empleo
Rango de LeyDecreto

La Universitat de València-Estudi General ha solicitado autorización para impartir las enseñanzas universitarias oficiales conducentes a los títulos de máster universitario siguientes: máster Erasmus Mundus en Psicología del Trabajo, Organizaciones y Recursos Humanos/Erasmus Mundus on Work, Organizational and Personnel Psychology; en Política, Gestión y Dirección de Organizaciones Educativas; en Investigación, Tratamiento y Patologías Asociadas en Drogodependencias; en Investigación e Intervención en Ciencias de la Actividad Física y el Deporte; en Intervención Psicológica en Ámbitos Sociales; en Historia de la Ciencia y Comunicación Científica; en Ingeniería Electrónica; en Estudios Hispánicos Avanzados: Aplicaciones e Investigación; en Economía Social, Cooperativas y Entidades No Lucrativas; en Derecho Administrativo y de la Administración Pública; en Ciencias Actuariales y Financieras; en Bioestadística; en Bienestar Social: Individual, Familiar y Grupal; en Atención Sociosanitaria a la Dependencia; en Lectura y Comprensión de Textos; en Asesoramiento Lingüístico y Cultura Literaria: Aplicaciones al Contexto Valenciano; y en Dirección de Organizaciones e Instalaciones de la Actividad Física y del Deporte.

Asimismo, la Universitat de València-Estudi General ha solicitado autorización para que el centro adscrito Florida Universitaria pueda impartir las enseñanzas universitarias oficiales conducentes al título de máster universitario en Profesor/a de Educación Secundaria.

La Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, en su artículo 37 estructura las enseñanzas universitarias oficiales en tres ciclos (grado, máster y doctorado), y en su artículo 35 dispone que, para impartir estas enseñanzas oficiales y expedir los correspondientes títulos, con validez en todo el territorio nacional, las universidades deben poseer la autorización pertinente de la comunidad autónoma, según lo dispuesto en su legislación, y obtener la verificación del Consejo de Universidades de que el oportuno plan de estudios se ajusta a las directrices y condiciones establecidas por el Gobierno. En idéntico sentido se pronuncia el artículo...

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