ORDEN 25/2013, de 20 de diciembre, de la Consellería de Infraestructuras, Territorio y Medio Ambiente, por la que se modifican las tarifas de los títulos de transporte integrados de uso en el Área de Transporte Metropolitano de Valencia así como las de los servicios públicos de transporte prestados por Ferrocarrils de la Generalitat Valenciana y las del sistema TAM en Alicante.

Fecha de Entrada en Vigor 1 de Enero de 2014
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorConselleria de Infraestructuras, Territorio y Medio Ambiente
Rango de LeyOrden
PREÁMBULO

La competencia exclusiva en materia de transportes terrestre cuyo itinerario discurra íntegramente por la Comunitat Valenciana corresponde a la Generalitat.

El artículo 19 de la Ley 16/1987, de 30 de julio, de ordenación de los transportes terrestres establece que las tarifas del transporte público y de sus actividades auxiliares y complementarias deberán cubrir la totalidad de los costes reales de dicha actividad en condiciones normales de productividad y organización, además de permitir una adecuada amortización, un razonable beneficio empresarial y una correcta prestación del servicio o realización de la actividad, sin dejar de retribuir en su caso, las prestaciones complementarias. Por su parte, el reglamento de la ley indica en su artículo 29 que para determinar las tarifas debe tenerse en cuenta la estructura de costes del servicio, debiendo modificarse estas siempre que sufra variación sustancial el conjunto de los elementos que integran la referida estructura de costes.

La Ley 6/2011, de 1 de abril, de la Generalitat, de Movilidad de la Comunitat Valenciana, establece en su artículo 39 que los títulos propios de los operadores de transporte estarán sometidos a las tarifas máximas establecidas por la Administración, así como que estas serán revisadas con una periodicidad al menos anual.

El artículo 16 del Decreto Ley 7/2012, de 19 de octubre, del Consell, de Medidas de Reestructuración y Racionalización del Sector Público Empresarial y Fundacional de la Generalitat suprime la Agencia Valenciana de Movilidad, entidad de derecho público creada por la Ley 9/2000, de 23 de noviembre, de la Generalitat, de constitución de la Agencia Valenciana de Movilidad Metropolitana, y establece que las funciones de naturaleza administrativa de la misma serán asumidas por la consellería a la que esté adscrita. El artículo 4.1.d de la Ley 9/2000, de 23 de noviembre, atribuía a la Comisión Ejecutiva de la Agencia Valenciana de Movilidad proponer el marco tarifario de los títulos de coordinación, en virtud de lo dispuesto por el artículo 13.3 de los Estatutos de dicha entidad, aprobados por Acuerdo del Consell de 5 de octubre de 2011, siendo ahora asumidas estas funciones por la Consellería de Infraestructuras, Territorio y Medio Ambiente.

Por otro lado, el Estatuto de la entidad Ferrocarrils de la Generalitat Valenciana, aprobado por Decreto 144/1986, de 24 de noviembre, dispone que corresponde a esta entidad proponer el marco tarifario de todos los servicios de ferrocarriles de la Generalitat, de Valencia y Alicante.

En el área metropolitana de Alicante, la Generalitat y el Ayuntamiento de Alicante han acordado la integración operativa de las redes de transporte colectivo en el ámbito metropolitano (sistema TAM), coordinación tarifaria y funcional que opera desde 1999. En virtud de dicha coordinación, se establece un marco tarifario para todo el ámbito TAM. Estas tarifas afectan a los servicios integrados en el transporte urbano de Alicante, así como a los servicios del TAM que conectan la ciudad de Alicante con Mutxamel, San Vicente del Raspeig, El Campello y Sant Joan d'Alacant, y los servicios ferroviarios prestados por Ferrocarrils de la Generalitat en dicho ámbito.

La Comisión de Precios de la Generalitat en sesión de 19 de diciembre de 2013, informó favorablemente las...

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