ACUERDO de día 25 de abril de 2002, de la Comisión Territorial de Urbanismo de Alicante, relativo al Proyecto de expropiación por tasación conjunta en Partida Torrosella de Tibi. [2002/6185]    

SecciónIII - Convenios y Actos
EmisorConselleria de Obras Publicas, Urbanismo y Transportes
Rango de LeyAcuerdo

ACUERDO de día 25 de abril de 2002, de la Comisión Territorial de Urbanismo de Alicante, relativo al Proyecto de expropiación por tasación conjunta en Partida Torrosella de Tibi. [2002/6185]

Visto el expediente de referencia y sobre la base de los siguientes antecedentes y consideraciones Antecedentes de hecho Primero La Conselleria d'Innovació i Competitivitat remite el expediente de referencia tramitado por el procedimiento de tasación conjunta previsto en los artículos 36 y 38 de la Ley 6/1998, de 13 de abril, sobre Régimen del Suelo y Valoraciones y regulado en el artículo 202 del Reglamento de Gestión Urbanística, a efectos de su aprobación por la Comisión Territorial de Urbanismo.

Segundo

Constituye el objeto del expediente la expropiación de los bienes y derechos de los propietarios afectados por el proyecto de expropiación del área de reserva de terrenos urbanizables y no urbanizables para la constitución de patrimonio público de suelo, destinada a la promoción de suelo industrial en el polígono industrial Maigmo, comprendidos en el término municipal de Tibi y situados al Oeste de la CV-805, al Este de la Autovía Alacant-Alcoi, al Sur del Barranco de Cartella y al Norte del Camino de la Rambla, con una superficie total afectada, según reciente medición topográfica, de 305.766,08 m².

La ordenación urbanística de los terrenos se encuentra en las normas subsidiarias aprobado por la Comisión Provincial de Urbanismo el 22 de noviembre de 1982, la Homologación Modificativa y Plan Parcial Polígono Industrial aprobado por la Comisión Territorial de Urbanismo el 31 de mayo de 1999, y por el Plan Especial para la Delimitación de Reserva de Terrenos para la Constitución de Patrimonio Público de Suelo Industrial aprobado definitivamente por el referido órgano el 12 de junio de 2001 En los referidos documentos se clasifica el suelo como urbanizable y no urbanizable, y se prevé su obtención mediante la expropiación.

Tercero

El procedimiento expropiatorio, en el marco del Convenio de Colaboración, suscrito el 11 de enero de 2001, entre la Generalitat Valenciana y el Ayuntamiento de Tibi, será realizado por la Conselleria de Innovación y Competitividad (anteriormente Industria y Comercio), a través de la empresa Seguridad y Promoción Industrial Valenciana, SA. (SEPIVA), en calidad de beneficiario de la expropiación, y de acuerdo con la habilitación realizada por el art. 3 de la Ley 12/1994, de 28 de diciembre, de la Generalitat Valenciana.

Cuarto

De la documentación incorporada al expediente administrativo remitido se desprende que ha sido sometido a la siguiente tramitación:

  1. ) Resolución de 20 de septiembre de 2001, del conseller de Industria y Comercio, sobre iniciación de procedimiento expropiatorio por tasación conjunta.

  2. ) Exposición pública por plazo de un mes mediante anuncios insertados en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana núm. 4.125, de 12 de noviembre de 2001; en diarios de difusión provincial, La Verdad y El Periódico de Alicante, de fechas, 26 de octubre de 2001 y 23 de octubre de 2001, respectivamente, y, Anuncios en el Ayuntamiento y en la Conselleria de Industria y Comercio, Servicio Territorial de Industria y Energía.

    Consta así mismo, solicitud, de fecha 17 de octubre de 2001, registro de salida núm. 26693, de inserción en el BOP del asunto relativo al expediente que nos ocupa, no así, copia del boletín en el que fue publicado el correspondiente Anuncio.

  3. ) Notificación individualizada de la Resolución de 20 de septiembre de 2001, de las tasaciones a los titulares de bienes y derechos afectados, mediante traslado literal de la correspondiente hoja de aprecio y de la propuesta de fijación de los criterios de valoración al objeto de formular alegaciones en el plazo de un mes.

  4. ) Durante el periodo hábil para ello se han presentado tres alegaciones de propietarios afectados, por las que manifiestan su disconformidad con la valoración establecida, aportando nueva Hoja de Aprecio e informes técnicos que justifican la nueva valoración asignada a los bienes.

  5. ) El Ayuntamiento de Tibi emite certificados, de fechas 14 de diciembre de 2001 y 11 de enero de 2002, en los que hacen constar, respectivamente, que en el preceptivo periodo de exposición pública, transcurrido entre el 5 de octubre y el 12 de noviembre de 2001, no se presentaron alegaciones al proyecto de referencia y que, el Ayuntamiento tampoco presenta alegación alguna al mencionado proyecto.

    Ante la consellerias de Justicia y Administraciones Públicas y de Industria y Comercio, D. Andrés Manuel Sevila Blasco, D.ª Fuensanta Castelló Llopis, presentan dos alegaciones, relativas a las fincas de su propiedad núms. 1 y 9 (parcelas 35 y 36 del polígono 7 catastral), y D.ª Ana Torró Corbi, presenta escrito a los únicos efectos de aportar fotocopia de la escritura de su propiedad (núm. de finca 2 y 3, correspondientes a las parcelas 37 y 38 del polígono 7) que han sido informadas desfavorablemente por la Sociedad para la Seguridad y Promoción Industrial Valenciana, SA. (SEPIVA), mediante informe de fecha 30 de enero de 2002.

    Quinto

    La documentación técnica que integra el Proyecto es la siguiente:

  6. ) Determinación...

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