DECRETO 59/2009, de 17 de abril, del Consell, por el que se suspende parcialmente la vigencia de las normas subsidiarias de planeamiento del municipio de Novelda.

Fecha de Entrada en Vigor23 de Abril de 2009
SecciónIII - Convenios y Actos
EmisorConselleria de Medio Ambiente, Agua, Urbanismo y Vivienda
Rango de LeyDecreto

DECRETO 59/2009, de 17 de abril, del Consell, por el que se suspende parcialmente la vigencia de las normas subsidiarias de planeamiento del municipio de Novelda.

[2009/4275] Las normas subsidiarias de planeamiento vigentes en el municipio de Novelda se aprobaron definitivamente por la Comisión Territorial de Urbanismo de Alicante en 1982. Desde entonces, el barrio de la Estación mantiene la misma ordenación, alternándose dentro del mismo usos residenciales e industriales. Dicha alternancia creó una problemática, que se ha ido acrecentando hasta la actualidad.

Tras el largo periodo de aplicación de este instrumento urbanístico, el 24 de enero de 2008 el Ayuntamiento de Novelda en Pleno aprobó la suspensión de licencias de obras para la edificación de naves industriales en todo el suelo calificado como urbano-industrial del Barrio de la Estación, a fin de facilitar el estudio y la reforma de la ordenación urbanística. La suspensión se publicó en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana de 22 de abril de 2008, por lo que está próximo a expirar el plazo de un año de duración de la misma.

Ante esta situación, el Ayuntamiento de Novelda en Pleno, en sesión extraordinaria de 30 de marzo de 2009, acordó solicitar al Consell que, mediante decreto, suspendiese parcialmente la vigencia de sus normas subsidiarias de planeamiento, en el ámbito del suelo urbanoindustrial del barrio de la Estación, que aparece grafiado en el plano adjunto, como anexo II, con clave ZI, y sólo en cuanto al otorgamiento de licencias de obras para construcción de naves industriales.

La posibilidad de efectuar la suspensión de planeamiento que se insta viene recogida expresamente en el artículo 102 de la Ley 16/2005, de 30 de diciembre, de la Generalitat, Urbanística Valenciana, que regula la posibilidad de que la suspensión se mantenga hasta la entrada en vigor del nuevo plan en elaboración y, como máximo, por el plazo de cuatro años, debiéndose establecer el régimen urbanístico aplicable transitoriamente en el municipio.

La necesidad de suspensión de planeamiento en el municipio de Novelda viene determinada en el acuerdo del Pleno de 30 de marzo de 2009 y justificada en la propuesta realizada por la técnica de administración general el 23 de marzo de 2009 y en el informe de 16 de marzo de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR