ORDEN de 21 de marzo de 2006, del conseller de Agricultura, Pesca y Alimentación, sobre delegación de competencias en el secretario autonómico, subsecretario, directores generales y directores territoriales de la Conselleria de Agricultura, Pesca y Alimentación. [2006/F3394]
Sección | III - Convenios y Actos |
Emisor | Conselleria de Agricultura, Pesca y Alimentacion |
Rango de Ley | Orden |
ORDEN de 21 de marzo de 2006, del conseller de Agricultura, Pesca y Alimentación, sobre delegación de competencias en el secretario autonómico, subsecretario, directores generales y directores territoriales de la Conselleria de Agricultura, Pesca y Alimentación. [2006/F3394]
Razones de oportunidad aconsejan realizar determinadas delegaciones de competencias, en orden a conseguir la máxima agilidad y eficacia administrativas.
Por tanto, en uso de las facultades que me confieren los artículos 44 y 68 de la Ley 5/1983, de 30 de diciembre, de Gobierno Valenciano, ORDENO
Delegar en el secretario autonómico de Agricultura y Desarrollo Rural, en aquéllas materias propias de las direcciones generales que integran la Secretaria Autonómica, las siguientes competencias:
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Resolver los recursos administrativos y la suspensión de la ejecución de los actos impugnados, en los términos legalmente establecidos.
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Resolver los expedientes sancionadores.
Delegar en el subsecretario de Agricultura, Pesca y Alimentación, salvo lo dispuesto en el artículo 3 de esta orden, las competencias siguientes:
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Resolver los recursos administrativos y la suspensión de la ejecución de los actos impugnados, en los términos legalmente establecidos, en aquellas materias que sean competencia de la Subsecretaría.
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Resolver los expedientes sancionadores en aquéllas materias que sean competencia de la Subsecretaría.
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Autorizar y disponer los gastos, correspondientes al capítulo I, de los servicios de la Conselleria.
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La liquidación del crédito exigible y aprobación de justificantes, dentro de los límites legales y presupuestarios y la solicitud de la ordenación de pagos correspondientes a la totalidad de capítulos de sus programas presupuestarios.
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Ejercer las facultades ordinarias en materia de contratación administrativa, con el límite de 300.000 euros.
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La aprobación de los expedientes de modificación de créditos que sean competencia de esta conselleria, según los límites legales y presupuestarios vigentes, así como las propuestas de aprobación de aquellos expedientes de modificación de créditos cuya aprobación corresponda a otros órganos de la Generalitat Valenciana.
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Ejercer la potestad disciplinaria en los términos establecidos en la normativa en materia de función pública.
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La autorización al...
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