RESOLUCIÓN de 29 de febrero de 2016, del subsecretario de la Vicepresidencia y Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas, por la cual se delegan competencias en materia de personal en determinados órganos de la Vicepresidencia y conselleria.

SecciónIII - Convenios y Actos
EmisorVicepresidencia y Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas
Rango de LeyResolución

El artículo 69 de la Ley 5/1983, de 30 de diciembre, del Consell, y el artículo 21 del Decreto 152/2015, de 18 de septiembre, del Consell, por el cual se aprueba el Reglamento orgánico y funcional de la Vicepresidencia y Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas, asignan la dirección del personal de la conselleria a la Subsecretaría del departamento.

De acuerdo con lo que establece el Decreto 24/1997, de 11 de febrero, del Gobierno Valenciano, sobre indemnizaciones por razón del servicio y gratificaciones por servicios extraordinarios, corresponde la autorización de las comisiones de servicio con derecho a indemnización, y también la verificación de su realización, a los subsecretarios respecto del personal que de ellos dependa.

El artículo 6.3 de la Orden 12/2014, de 9 de julio, de la Conselleria de Hacienda y Administración Pública, para la determinación del procedimiento y los criterios de aplicación de la mejora voluntaria de la acción protectora de la Seguridad Social, atribuye a los órganos que tengan asignadas las competencias en materia de recursos humanos de cada conselleria o entidad correspondiente la facultad para dictar la resolución que corresponda en relación con la procedencia o improcedencia de la mejora retributiva.

La Ley 10/2010, de 9 de julio, de la Generalitat, de ordenación y gestión de la función pública valenciana, regula en el artículo 83 la deducción de retribuciones por incumplimiento de la jornada reglamentaria y en caso del ejercicio del derecho de huelga.

El Decreto 96/2014, de 13 de junio, del Consell, atribuye la competencia relativa a la deducción de retribuciones por días de ausencia al trabajo por enfermedad o accidente al órgano competente en materia de personal.

Las direcciones generales, de acuerdo con el artículo 70 de la Ley 5/1983, de 30 de diciembre, del Consell, dirigen y gestionan los servicios y resuelven los asuntos que le asigne el reglamento orgánico de la conselleria, y vigilan, fiscalizan y supervisan el funcionamiento de todas las dependencias a su cargo.

De acuerdo con los artículos 21.2 y 26 del Reglamento orgánico y funcional de Vicepresidencia y Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas, de la Subsecretaría depende orgánica y funcionalmente la Secretaría General Administrativa, y, solo orgánicamente, las direcciones territoriales.

La Secretaría General Administrativa, de acuerdo con lo que establece el artículo 73.1 de la Ley 5/1983, de 30 de diciembre, del Consell...

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