RESOLUCIÓN de 23 de julio de 2019, de la Conselleria de Justicia, Interior y Administración Pública, por la que se convocan ayudas para la preparación de oposiciones para el ingreso en los cuerpos y escalas del grupo A de la Administración de la Generalitat. [2019/7637]

SecciónIII - Convenios y Actos
EmisorConselleria de Justicia, Interior y Administracion Publica
Rango de LeyResolución

Mediante Decreto 26/2019, de 1 de marzo, del Consell, se aprobaron las bases reguladoras de la concesión de ayudas para la preparación de pruebas selectivas para el acceso a los distintos cuerpos o escalas del grupo de clasificación profesional A de la Administración de la Generalitat (DOGV 8504, 12.03.2019).

Conforme a lo dispuesto en su artículo tercero, el procedimiento de concesión de estas ayudas se tramitará en régimen de concurrencia competitiva y se iniciará de oficio mediante la publicación de la correspondiente convocatoria, dictada por la persona titular de la conselleria competente en materia de función pública. Las disposiciones de la convocatoria detallarán, al menos, el contenido mínimo previsto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, y en la Ley 1/2015, de 6 de febrero, de la Generalitat, de hacienda pública, del sector público instrumental y de subvenciones siendo de aplicación, asimismo, la demás normativa legal en materia de subvenciones.

Por su parte, en los presupuestos de la Generalitat para el ejercicio 2019 figura en el capítulo IV del programa 121.30, Formación y estudios, la línea de subvención S8414, «Becas para la preparación de oposiciones» para la financiación de las mismas.

Por ello, de conformidad con lo previsto en el Decreto 5/2019, de 16 de junio, del president de la Generalitat y en el Decreto 87/2017, de 7 de julio, del Consell, por el que se aprueba el Reglamento orgánico y funcional de la Conselleria de Justicia, Administración Pública, Reformas Democráticas y Libertades Públicas, así como en el artículo 160.4.b de la Ley 1/2015, de 6 de febrero, de la Generalitat, de hacienda pública, del sector público instrumental y de subvenciones, resuelvo:

Primero. Convocatoria de ayudas

Convocar en régimen de concurrencia competitiva las ayudas reguladas en el Decreto 26/2019, de 1 de marzo, del Consell (DOGV 8504,

12.03.2019) para la preparación de las pruebas selectivas de acceso a cuerpos o escalas del grupo de clasificación profesional A de la Administración de la Generalitat.

Segundo. Objeto de las ayudas. Número, cuantía y duración

  1. Mediante esta convocatoria se concederán un máximo de 500 ayudas para contribuir en los gastos ocasionados por la preparación de pruebas selectivas para el acceso a los distintos cuerpos o escalas del grupo de clasificación profesional A de la administración de la Generalitat incluidos en las ofertas de empleo público de 2017, 2018 y 2019 para personal de la administración de la Generalitat.

  2. Estas ayudas consistirán en una dotación económica de 500 € (quinientos euros) mensuales durante todo el periodo subvencionable que, para la presente convocatoria, comprende del 1 de septiembre de 2019 al 31 de agosto de 2020.

    Tercero. Financiación e importe de la convocatoria

    La presente convocatoria tiene carácter plurianual y para la concesión de las ayudas previstas se destinará un importe de 3.000.000 € (tres millones de euros) con cargo a la aplicación presupuestaria

    07.02.03.121.30.4 línea de subvención S84140000, «Becas para la preparación de oposiciones», de los ejercicios 2019 y 2020, con la siguiente distribución por anualidades:

    - 750.000 € (setecientos cincuenta mil euros), con cargo a la dotación del ejercicio 2019, destinados al primer periodo de justificación establecido en esta convocatoria.

    - 2.250.000 € (dos millones doscientos cincuenta mil euros) con cargo al presupuesto de 2020, para la financiación del resto de mensualidades.

    Este último importe quedará condicionado a la existencia de consignación presupuestaria suficiente y adecuada en el ejercicio 2020.

    Cuarto. Distribución de las ayudas. Reserva para personas con diversidad funcional

    De las 500 ayudas previstas, se reservan específicamente 35 de ellas para su concesión a personas que acrediten un grado de discapacidad igual o superior al 33 % y cumplan con el resto de requisitos exigidos para el acceso al empleo público.

    Sólo se podrá optar por una de las vías convocadas, que son incompatibles e independientes entre sí, entendiéndose que concurren a esta reserva específica las personas solicitantes que aleguen expresamente su condición de persona con diversidad funcional en la solicitud de participación.

    Las ayudas incluidas en la reserva para personas con diversidad funcional que se declarasen desiertas se acumularán a las restantes.

    Quinto. Requisitos para la concesión de las ayudas

    Podrán beneficiarse de estas ayudas aquellas personas que, a la finalización del plazo de presentación de solicitudes, cumplan los siguientes requisitos:

    1. No ser mayor de 30 años.

    2. Tener nacionalidad española o la de cualquiera de los estados miembros de la Unión Europea. En el caso de ciudadanos y ciudadanas de la Unión o de sus familiares, beneficiarios de los derechos de libre circulación y residencia, se requerirá que tengan la condición de residentes permanentes o que acrediten ser personas trabajadoras por cuenta propia o ajena. Tendrán la consideración de familiares el/la cónyuge o la pareja de la unión de hecho formalizada así como los ascendientes directos a cargo y los descendientes directos a cargo, menores de 21 años. En el supuesto de personas extranjeras no comunitarias, se aplicará lo dispuesto en la normativa sobre derechos y libertades de dichas personas en España y su integración social.

    3. Estar en posesión de la titulación universitaria de licenciatura o grado necesaria para el acceso al correspondiente cuerpo o escala, o cumplir las condiciones necesarias para su obtención.

    4. Acreditar un expediente académico con una puntuación media mínima de 17 puntos sobre 40, calculada de acuerdo con los criterios de valoración establecidos en el resuelvo décimo apartado 1.b).

    5. Contar con la dirección de un centro especializado o una persona preparadora para orientar el proceso de preparación.

    6. Acreditar la situación económica a los efectos de su valoración, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 11.1.a) de las bases que rigen la convocatoria.

    7. Estar empadronada la persona solicitante y tener residencia efectiva en la Comunitat Valenciana al menos cinco años de los últimos diez.

    8. No estar disfrutando de ayudas o subvenciones para el mismo objeto, de entes públicos ni privados, ni haberlo hecho durante un máximo de tres años, continuados o alternos, anteriores a la convocatoria.

    9. No hallarse incursa en las prohibiciones para obtener la condición de persona beneficiaria establecidas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.

    10. No estar realizando ninguna prestación de servicios remunerada a tiempo completo.

    11. Los que opten a la reserva específica establecida en el resuelvo cuarto deberán además acreditar un grado de diversidad funcional igual o superior al 33 % así como el cumplimiento del resto de requisitos exigidos.

    ...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR