RESOLUCIÓN de 20 de septiembre de 2019, de la Vicepresidencia y Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas, por la que se resuelve el procedimiento de selección de solicitudes de entidades de iniciativa social para acogerse al régimen de acuerdos de acción concertada en materia de servicios sociales en el sector de infancia y adolescencia para los años 2019 y 2020. [2019/9094]

SecciónIII - Convenios y Actos
EmisorVicepresidencia y Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas
Rango de LeyResolución

Antecedentes de hecho

  1. Mediante la Resolución de 6 de agosto de 2019, de la Vicepresidencia y Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas (DOGV 8609,

    08.08.2019), se abre nuevo plazo de la convocatoria de los acuerdos de acción concertada en materia de servicios sociales en el sector de infancia y adolescencia para el año 2019 y 2020, regulada en la Resolución de 28 de diciembre de 2018, que tiene como objeto específico concertar, de acuerdo con las disponibilidades presupuestarias existentes, cuarenta plazas de acogimiento residencial con programas de proyecto migratorio en la provincia de Alicante, por un periodo de cuatro meses de duración.

  2. Se presenta una única solicitud a nombre de la Fundación Antonio Moreno, la cual cumple los requisitos que establecen el artículo 7 del Decreto 181/2017, de 17 de noviembre, del Consell, por el que se desarrolla la acción concertada para la prestación de servicios sociales en el ámbito de la Comunitat Valenciana, así como el artículo 5 del anexo I de la Resolución de 28 de diciembre de 2018, para optar y acceder al régimen de acción concertada.

  3. Una vez formalizados los actos de instrucción correspondientes, la comisión de evaluación prevista en las bases reguladoras para examinar y valorar las solicitudes presentadas, designada por la Resolución de fecha 21 de marzo de 2019, eleva la siguiente propuesta de resolución conforme al baremo establecido en el artículo 10 del anexo I de la Resolución de 28 de diciembre de 2018.

  4. La comisión de evaluación, de acuerdo con las necesidades sociales a atender, determina que el plazo de vigencia del presente concierto se iniciará el 20 de septiembre de 2019.

  5. Existe crédito adecuado y suficiente para la adopción del presente acuerdo, con cargo al programa presupuestario 313.30, Infancia y adolescencia, capítulo IV, código S5234000, de la sección 16 del presupuesto de gastos de la Vicepresidencia y Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas, recogido en la Ley de presupuestos de la Generalitat para el año 2019, por importe de 700.340,80 euros.

    Fundamentos de derecho

    Primero

    En el artículo 87 de la Ley 3/2019, de 18 de febrero, de la Generalitat, de servicios sociales inclusivos de la Comunitat Valenciana, se establece la acción concertada como forma de provisión de las prestaciones del sistema público de servicios sociales, aclarando que los acuerdos de acción concertada son instrumentos organizativos de naturaleza no contractual a través de los...

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