RESOLUCIÓN de 2 de noviembre de 2017, de la Conselleria de Educación, Investigación, Cultura y Deporte, por la que se convocan, para el ejercicio 2018, subvenciones del Programa para la promoción de la investigación científica, el desarrollo tecnológico y la innovación en la Comunitat Valenciana. [2017/9830]

SecciónIII - Convenios y Actos
EmisorConselleria de Educación, Investigación, Cultura y Deporte
Rango de LeyResolución

Mediante Orden 86/2016, de 21 de diciembre, modificada por Orden 37/2017, de 26 de septiembre, de la Conselleria de Educación, Investigación, Cultura y Deporte, se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones del Programa para la promoción de la investigación científica, el desarrollo tecnológico y la innovación (I+D+i) en la Comunitat Valenciana (DOGV 7943, 23 de diciembre de 2016 y DOGV 8137 de 28.09.2017), regulándose en el Título II de la Orden 86/2016 las disposiciones específicas para la concesión y tramitación de las subvenciones del:

- Subprograma de recursos humanos dedicados a actividades de I+D+i

- Subprograma para la consolidación y fortalecimiento de proyectos y grupos de I+D+i

- Subprograma de internacionalización de la investigación y de la divulgación de la ciencia

- Subprograma para la promoción y dinamización de los parques científicos de las universidades públicas valencianas

En virtud de lo expuesto y de conformidad con el artículo 160.4.b de la Ley 1/2015, de 6 de febrero, de la Generalitat, de hacienda pública, del sector público instrumental y de subvenciones, resuelvo:

Primero. Objeto y condiciones de la concesión de la subvención

  1. Convocar para el ejercicio 2018, las diferentes subvenciones de los subprogramas de I+D+i reguladas en la Orden 86/2016, de 21 de diciembre, modificada por Orden 37/2017, de 26 de septiembre, de la Conselleria de Educación, Investigación, Cultura y Deporte, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones del Programa para la Promoción de la investigación científica, el desarrollo tecnológico y la innovación en la Comunitat Valenciana, publicada en el DOGV número 7943, el 23 de diciembre de 2016 -y la modificación en el DOGV número 8137 el 28 de septiembre de 2017- (bases reguladoras en las referencias posteriores a esta norma). Dichas convocatorias figuran como anexos de la presente resolución:

    1. Subvenciones para la contratación de personal investigador de carácter predoctoral: anexo I.

    2. Subvenciones para estancias de contratados predoctorales en centros de investigación fuera de la Comunitat Valenciana: anexo II.

    3. Subvenciones del programa Santiago Grisolía: anexo III.

    4. Subvenciones para la contratación de personal investigador en fase postdoctoral: anexo IV.

    5. Subvenciones para apoyar la contratación de personal investigador doctor del subprograma nacional Ramón y Cajal, por parte de centros de investigación: anexo V.

    6. Subvenciones para la contratación de personal de apoyo vinculado a un proyecto de transferencia tecnológica: anexo VI.

    7. Subvenciones para la realización de estancias de personal investigador doctor en empresas de la Comunitat Valenciana: anexo VII.

    8. Subvenciones para estancias de personal investigador doctor en centros de investigación radicados fuera de la Comunitat Valenciana: anexo VIII.

    9. Subvenciones para la realización de proyectos de I+D+i desarrollados por grupos de investigación emergentes: anexo IX.

    10. Subvenciones para grupos de investigación consolidables: anexo X k) Subvenciones programa Prometeo para grupos de investigación de excelencia: anexo XI.

    11. Subvenciones a la excelencia científica de juniors investigadores: anexo XII.

    12. Subvenciones para la captación de proyectos europeos u otros programas de carácter internacional: anexo XIII.

    13. Subvenciones para la organización y difusión de congresos, jornadas y reuniones científicas, tecnológicas, humanísticas o artísticas de carácter internacional: anexo XIV.

    14. Subvenciones para la promoción y dinamización de los parques científicos: anexo XV.

  2. Las condiciones para la solicitud, tramitación, resolución y notificación serán las establecidas en las referidas bases reguladoras.

    Segundo. Financiación e importe de la convocatoria

  3. La subvenciones que se convocan para el ejercicio 2018 por la presente resolución se financiarán con cargo a la línea S4015000 del programa presupuestario 542.50 «Investigación, Desarrollo Tecnológico e Innovación» del presupuesto de gastos de la Generalitat, con un importe estimado de 25.935.940,00 euros, condicionado a la existencia de crédito adecuado y suficiente para ello en los presupuestos de la Generalitat para el año 2018. El importe global máximo para el ejercicio 2018 se hará público por una resolución de la Conselleria de Educación, Investigación, Cultura y Deporte.

  4. El pago anticipado del 100 por cien del importe de las subvenciones cuya convocatoria se efectúa por la presente resolución se realizará si la ley de presupuestos de la Generalitat, u otra norma, así lo establecen.

    Tercero. Personas beneficiarias

    Podrán ser personas beneficiarias de estas subvenciones aquellas previstas en las bases reguladoras, siempre que cumplan con los requisitos fijados en estas y en lo que adicionalmente se disponga en los anexos de esta convocatoria.

    Cuarto. Solicitudes y documentación

  5. Los modelos de impresos normalizados (solicitudes y el resto de documentación) estarán disponibles en el servidor de la conselleria competente en materia de política científica e investigación (http:// www.ceice.gva.es/web/ciencia/convocatorias-actuales)

  6. La presentación de solicitudes y de la documentación exigida para cada convocatoria se realizará de conformidad con lo establecido en el artículo 14 de las bases reguladoras, así como, con lo dispuesto en la presente resolución.

  7. Las personas que no utilicen la firma electrónica avanzada remitirán telemáticamente su solicitud y toda la documentación requerida. La solicitud se imprimirá y con firmas originales se presentará en el lugar y plazo que establece la presente convocatoria.

  8. Las solicitudes tendrán que contar, excepto que el anexo de la convocatoria prevea otra cosa, con la firma de quien ostente la representación legal de la entidad y de quien figure como investigador responsable del proyecto. La firma del representante legal de la entidad podrá acreditarse mediante la relación firmada de todas las solicitudes que se presenten para cada anexo de la convocatoria.

    Con ambas firmas se autoriza y autentifica el contenido de la solicitud y de toda la documentación que se presente para concurrir en la correspondiente convocatoria, sin perjuicio de las actuaciones de comprobación que sobre aquellas pueda requerir el órgano instructor.

  9. Solo se admitirá una solicitud para cada una de las subvenciones que se convocan mediante esta resolución. Además, en las subvenciones de los anexos IX, X, XI y XII, una misma persona investigadora no podrá formar parte de más de un grupo de investigación de los que soliciten estas ayudas.

    Quinto. Plazo y lugar de presentación de las solicitudes

  10. El plazo para la presentación de solicitudes será el que se establezca para cada tipo de subvención en el anexo correspondiente.

  11. Las solicitudes se presentarán preferentemente en la Conselleria de Educación, Investigación, Cultura y Deporte, o en cualquiera de los lugares señalados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (LPAC). En el supuesto de presentación en una oficina de correos, se llevará en sobre abierto para ser sellado y fechado el impreso de solicitud y la copia, y enviarlo por correo certificado a:

    Conselleria de Educación, Investigación, Cultura y Deporte D.G. Universidad, Investigación i Ciencia

    Av. de Campanar, 32

    46015 València

ANEXO I

Subvenciones para la contratación

de personal investigador de carácter predoctoral

Primero. Objeto y características de la subvención

  1. El objeto de la presente convocatoria es la concesión de las subvenciones cuya regulación específica se establece en los artículos 25 al 32 de las bases reguladoras, las cuales se encuentran incluidas en el Programa Operativo del Fondo Social Europeo 2014-2020 de la Comunitat Valenciana.

  2. La subvención anual para cada uno de los contratos predoctorales será de 22.192,80 euros y se destinará necesariamente a financiar el salario y la cuota empresarial de la Seguridad Social de los investigadores contratados durante cada una de las anualidades, consideradas independientemente. La retribución salarial mínima que deberán recibir los investigadores en formación durante este periodo, que se deberá indicar en cada contrato, será de 16.800 euros brutos anuales.

    Segundo. Requisitos de los solicitantes

  3. Podrán ser solicitantes todas aquellas personas que, al finalizar el plazo de presentación de solicitudes, reúnan la totalidad de los siguientes requisitos:

    1. Tener la nacionalidad española, o ser nacional de un estado miembro de la Unión Europea, o ser extranjero con autorización o permiso de residencia o de estancia por estudios en España, en su caso.

    2. Estar en posesión de un título expedido por una universidad española o extranjera, de licenciatura, arquitectura, ingeniería, grado, arquitectura técnica, ingeniería técnica o diplomatura, con posterioridad al 1 de enero de 2014. En el caso de títulos homologados, se tendrá en cuenta la fecha de obtención del título, no la fecha de homologación.

      Para aquellas personas que se hayan dedicado a la atención y cuidado de hijos menores de seis años en los cuatro años anteriores a la obtención del título, la fecha de finalización de estudios se extenderá hasta el 1 de enero de 2011.

    3. Estar admitido en un programa de doctorado en una universidad de la Comunitat Valenciana.

    4. Acreditar una nota media mínima ponderada en su expediente académico de grado, licenciatura, arquitectura, ingeniería, arquitectura técnica, ingeniería técnica o diplomatura, que por rama de conocimiento será la siguiente:

      - Ciencias Sociales y Jurídicas: 8,50

      - Ingeniería y Arquitectura: 7,45

      - Artes y Humanidades: 8,50

      - Ciencias de la Salud: 7,90

      - Ciencias: 7,80

      En el...

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