RESOLUCIÓN de 18 de abril de 2019, de la Dirección General de Industria y Energía, por la que se acuerda la redistribución definitiva por sectores de los créditos asignados estimativamente en la convocatoria de las ayudas en materia de industrialización para asociaciones empresariales industriales de los sectores del calzado, cerámico, metal-mecánico, textil, juguete, mármol, madera-mueble e iluminación, químico, automoción, plástico, envases y embalajes, productos infantiles, papel y artes graficas, valorización de residuos y los sectores emergentes de la biotecnología, la producción audiovisual y la producción de videojuegos, dentro de la segunda fase de implantación del plan estratégico de la industria valenciana de la Comunitat Valenciana. [2019/4199]
Sección | III - Convenios y Actos |
Emisor | Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo |
Rango de Ley | Resolución |
Antecedentes
Primero. Mediante Resolución de 27 de diciembre de 2018, del conseller de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo, se efectuó la convocatoria anticipada, para el ejercicio 2019, de las ayudas en materia de industrialización para asociaciones empresariales industriales de los sectores del calzado, cerámico, metal-mecánico, textil, juguete, mármol, madera-mueble e iluminación, químico, automoción, plástico, envases y embalajes, productos infantiles, papel y artes graficas, valorización de residuos y los sectores emergentes de la biotecnología, la producción audiovisual y la producción de videojuegos, dentro de la segunda fase de implantación del plan estratégico de la industria valenciana de la Comunitat Valenciana.
Segundo. En el resuelvo segundo de dicha convocatoria, se estableció que las ayudas convocadas se financiaban con cargo a la línea S0360 del programa presupuestario 11.02.03.722.20, capítulo VII, hasta un importe global máximo de 2.700.000 euros, estableciendo una distribución inicial por sectores del importe global máximo de esta convocatoria, sin perjuicio de que a la misma se le otorgaba expresamente un carácter estimativo.
Tercero. En el punto 3 del resuelvo segundo de la citada resolución de convocatoria, se establece que en función del importe de ayuda solicitado en cada sector, y al objeto de poder atender el mayor número posible de solicitudes, la distribución estimativa del punto anterior, podría redistribuirse proporcionalmente entre los sectores que resulten deficitarios, sin necesidad de nueva convocatoria. No obstante, dicha redistribución definitiva será publicada en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana con carácter previo a la resolución de concesión, sin que tal publicidad implique la apertura de plazo para presentar nuevas solicitudes ni el inicio de nuevo cómputo de plazo para resolver, ni modificará el plazo de justificación.
Cuarto. Según el certificado del órgano instructor que obra en el expediente, en la citada convocatoria se han presentado solicitudes de ayudas cuyos importes máximos a conceder por sector son los siguientes:
SECTORES
CRÉDITO ESTIMADO
INICIAL
IMPORTE
MÁXIMO DE AYUDA
CALZADO 180.000 € 216.718,58 € CERÁMICO 180.000 € 333.853,45 € METAL-MECÁNICO 180.000 € 90.485,17 € TEXTIL 180.000 € 139.059,76 € JUGUETE 180.000 € 192.111,79 € MÁRMOL 180.000 € 123.456,91 €
MADERA-MUEBLE E ILUMINACIÓN 180.000 € 249.367,48 € QUÍMICO 180.000 € 111.215,65 € AUTOMOCIÓN...
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