RESOLUCIÓN de 15 de marzo de 2019, de la Conselleria de Educación, Investigación, Cultura y Deporte, por la que se modifica el Plan estratégico de subvenciones de esta conselleria para el periodo 2016-2019, aprobado por la Resolución de 30 de agosto de 2016. [2019/2763]

SecciónIII - Convenios y Actos
EmisorConselleria de Educación, Investigación, Cultura y Deporte
Rango de LeyResolución

El artículo 164.a de la Ley 1/2015, de 6 de febrero, de la Generalitat, de hacienda pública, del sector público instrumental y de subvenciones (DOGV 7464, 12.02.2015), dispone que las consellerias que tengan previsto otorgar subvenciones deberán elaborar con carácter previo un plan estratégico de subvenciones, en el que se integrarán las subvenciones que pretendan otorgar, tanto de sus órganos como de sus organismos públicos dependientes, y cuyo contenido será el determinado en la legislación básica estatal.

El artículo 8.1 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, con el carácter de normativa básica, establece que los órganos de las administraciones públicas o cualesquiera entes que propongan el establecimiento de subvenciones, con carácter previo, deberán concretar en un plan estratégico de subvenciones los objetivos y efectos que se pretenden con su aplicación, el plazo necesario para su consecución, los costes previsibles y sus fuentes de financiación, supeditándose, en todo caso, al cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria.

Mediante Resolución de 30 de agosto de 2016 de esta conselleria, se aprobó el Plan estratégico de subvenciones para el periodo 2016-2019 (DOGV 7865, 05.09.2016), y empieza el anexo único con la relación de líneas de subvención de la Dirección General de Política Educativa.

Por Acuerdo de 1 de junio de 2018, del Consell (DOGV 8312,

07.06.2018), se autoriza la modificación presupuestaria del programa 421.50 Evaluación, innovación y calidad educativa, de la Conselleria de Educación, Investigación, Cultura y Deporte, que implica la supresión de la línea S0072000, así como el aumento de la dotación prevista en la línea S7857000 y una nueva denominación, descripción y finalidad de esta línea.

La Ley 28/2018, de 28 de diciembre, de presupuestos de la Generalitat para el ejercicio 2019 (DOGV 8454, 31.12.2018), ya incorpora el Acuerdo de 1 de junio de 2018 y efectúa varios cambios significativos en relación con las líneas presupuestarias del programa 421.30 y 421.50 que forman parte de la Dirección General de Política Educativa como centro gestor. Todo ello lleva a la necesidad de efectuar esta modificación del plan estratégico de subvenciones establecido por Resolución de 30 de agosto de 2016.

Visto lo expuesto y en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 28 de la Ley 5/1983, de 30 de diciembre, del Consell, y por el artículo 4 del Decreto 186/2017, de 24 de noviembre, del Consell, por el que se aprueba el Reglamento orgánico y funcional de la Conselleria de Educación, Investigación, Cultura y Deporte, resuelvo:

Modificar el Plan estratégico de subvenciones 2016-2019 de la Conselleria de Educación, Investigación, Cultura y Deporte efectuando los cambios referidos al anexo único, todos relativos al capítulo de la Dirección General de Política Educativa.

València, 15 de marzo de 2019.‒ El conseller de Educación, Investigación, Cultura y Deporte: Vicent Marzà Ibáñez.

ANEXO ÚNICO

Modificación del Plan estratégico de subvenciones 2016-2019

Se modifica el Plan estratégico de subvenciones de la Conselleria de Educación, Investigación, Cultura y Deporte 2016-2019 en los términos siguientes:

Primero

Se elimina la línea de subvención con código S0072000 y denominación Ayudas centros concertados para educación compensatoria.

Segundo

Se elimina la línea de subvención con código S8147000 y denominación Fomento de programas transversales y de educación en valores.

Tercero

Se modifican las líneas de subvención S3154000, S7857000, S7899000, S4407000 y S8146000.

OBJETIVO ESTRATÉGICO 1:

Promover actuaciones educativas inclusivas y que reduzcan las desigualdades.

Línea de subvención:

CÓDIGO: S3154000

DENOMINACIÓN: Subvenciones actividades integración del alumnado de centros de educación especial.

MODO DE CONCESIÓN: concurrencia competitiva. BENEFICIARIOS: Alumnado de centros públicos y privados concertados de educación especial.

DESCRIPCIÓN Y FINALIDAD: Fomentar actividades que favorezcan el desarrollo de habilidades sociales necesarias para la integración del alumnado con necesidades educativas especiales.

  1. Áreas de competencias afectadas y sectores hacia los que se dirigen las ayudas:

    El desarrollo de medidas académicas y organizativas para la compensación de las desigualdades en educación y la atención al alumnado que se encuentre en situación desfavorable.

    La propuesta de asignación de recursos materiales y personales para los alumnos con necesidades educativas específicas.

    El sector educativo al que se dirigen es el alumnado de Educación Infantil, de Educación Primaria, de Educación Secundaria Obligatoria, de Bachillerato y de Personas Adultas.

  2. Objetivos y efectos que se pretenden con su aplicación:

    El diseño de respuestas para la atención al alumnado con necesidades específicas de apoyo educativo.

    Se pretende facilitar al alumnado de estos centros y unidades el acceso a los recursos comunitarios y lugares de ocio, propiciando oportunidades de trabajo en contextos reales, de desarrollo de competencias sociales y de autonomía e iniciativa personal necesarias para su integración.

  3. Mecanismo:

    La ejecución de esta línea de subvención se realizará por medio de la elaboración y aprobación de las correspondientes bases reguladoras para la concesión de subvenciones para la realización de actividades complementarias para el alumnado escolarizado en centros privados concertados de Educación Especial y la posterior convocatoria anual a través de una resolución.

    La concesión se ajustará al procedimiento ordinario, con carácter de concurrencia competitiva.

  4. Delimitación de las líneas básicas de las bases reguladoras:

  5. Requisitos de los beneficiarios

    Centros privados concertados de Educación Especial ubicados en el ámbito territorial de la Comunitat Valenciana, que hayan programado actividades complementarias para su alumnado.

  6. Procedimiento de la convocatoria y de concesión de la subvención

    La resolución de convocatoria recogerá la forma y el plazo para la presentación de las solicitudes, y para la resolución y notificación, así como la documentación e información que debe adjuntarse a la solicitud.

  7. Criterios de otorgamiento de la subvención

    La comisión técnica valorará los proyectos y memorias presentadas teniendo en cuenta las bases de la convocatoria, el ajuste a los modelos establecidos y otros aspectos que se determinarán.

  8. Justificación de la concesión

    Los centros privados concertados percibirán la subvención otorgada después de la justificación del cumplimiento de la finalidad para la que se concedió.

  9. Calendario:

  10. er y 2.º trimestre: Elaboración y publicación de la orden con las bases reguladoras.

  11. er trimestre: Convocatoria anual mediante resolución.

    1. trimestre: Resolución y justificación de la subvención.

  12. Plazo necesario para su consecución: Hasta el 31 de diciembre de cada año.

  13. Costes previsibles para su realización y fuentes de financiación: 212.130 € para el ejercicio 2019.

    Generalitat Valenciana. Fondos propios.

  14. Indicadores de seguimiento y evaluación:

    Para conocer el grado de...

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