RESOLUCIÓN de 11 de abril de 2018, del Rectorado, por la que se convocan pruebas selectivas de acceso al grupo A (subgrupo A2), por promoción interna, sector de administración especial, escala técnica media de informática, de esta universidad (ofertas de ocupación pública UVEG 2016 y 2017). [2018/3788]

SecciónII - Autoridades y Personal
EmisorU niversitat de Valencia
Rango de LeyResolución

Este Rectorado, en uso de las competencias que le atribuye el artículo 20, en relación con el 2.2, de la Ley orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de universidades, modificada por la Ley orgánica 4/2007, de 12 de abril, el Real decreto legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público y de acuerdo con lo que establece el artículo 190 de los Estatutos de la Universitat de València, acuerda convocar pruebas selectivas de acceso al grupo A (subgrupo A2), por promoción interna, sector de administración especial, escala técnica media de informática de esta Universitat, de conformidad con las ofertas de ocupación pública UVEG 2016 (DOGV 18.07.2016) y UVEG 2017 (DOGV 04.08.2017) y con las siguientes:

Bases de la convocatoria

Primera. Normas generales

1.1. Esta convocatoria tiene por objeto la selección de personal para cubrir 4 plazas vacantes del grupo A (subgrupo A2), sector de administración especial, escala técnica media de informática, por promoción interna, mediante el sistema de concurso-oposición.

1.2. De acuerdo con lo que establece el artículo 73 de la Ley orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de universidades, la realización de estas pruebas selectivas se debe ajustar a lo que dispone la legislación vigente para la función pública de la Generalitat Valenciana, y la normativa específica universitaria recogida en la Ley orgánica de universidades y en los Estatutos de la Universitat, así como en las normas que establece esta convocatoria.

1.3. El proceso selectivo, constituido por el concurso-oposición, lo integrarán las pruebas, las valoraciones, las puntuaciones y las materias que figuran en el anexo I de esta convocatoria. El temario que ha de regir estas pruebas figura en el anexo II de esta convocatoria. Las personas que no reúnan el requisito de conocimiento de valenciano que figura en esta convocatoria, deberán realizar una prueba previa al proceso selectivo según consta en el anexo I.

Segunda. Requisitos de las personas aspirantes

2.1. Para ser admitidas en las pruebas selectivas, las personas aspirantes deben reunir los requisitos siguientes:

2.1.1. Poseer el título de diplomatura universitaria, ingeniería técnica, arquitectura técnica, o equivalente o estar en condiciones de obtenerlo antes de la finalización del plazo de presentación de solicitudes.

En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, la persona debe poseer la credencial que acredita la homologación.

2.1.2. Las personas aspirantes que se presenten a estas pruebas selectivas deben ser funcionarios y funcionarias de carrera integrados en la Universitat de València del grupo C (subgrupo C1), de administración especial, escala técnica básica de informática, en activo o en situación de excedencia, y haber prestado servicios efectivos en la misma durante al menos dos años.

2.1.3. Poseer el certificado acreditativo de conocimiento de valenciano del nivel C1, expedido por la Junta Qualificadora de Coneixements de Valencià (JQCV) de la Generalitat Valenciana o por el Servei de Política Lingüística de la Universitat de València, o poseer los certificados, títulos o diplomas, convalidados según lo que establece el ACGUV 185/2009 (sobre equivalencias entre certificados de conocimientos de valenciano que actualmente expide la Universitat de València y otros certificados, títulos y diplomas), sin perjuicio de lo que establece la base 1.3 y el anexo I de esta convocatoria.

2.2. Los requisitos a que se refiere el apartado anterior se deberán poseer en el momento de la finalización del plazo de presentación de solicitudes y se deben disfrutar durante todo el proceso selectivo hasta el momento de la toma de posesión.

2.3. En el momento de presentar la solicitud, solo se exigirá una declaración expresa y formal que se reúnen los requisitos establecidos en los subapartados 2.1.1 al 2.1.3 de esta convocatoria, los cuales se deberán acreditar posteriormente en caso de superar estas pruebas.

Tercera. Solicitudes

3.1. Quien desee tomar parte en estas pruebas selectivas deberá hacerlo constar en la solicitud que se encuentra en esta convocatoria como anexo V y que facilitará gratuitamente el Servicio de Recursos Humanos (PAS) de esta universidad, en la avenida de Blasco Ibáñez, número 13 (nivel 1), 46010 València. También podrán acceder a una copia de la solicitud citada a través de la página web del Servicio de Recursos Humanos (PAS), cuya dirección es http://www.uv.es/pas.

3.2. Las solicitudes se cumplimentarán por duplicado (una para la Universitat de València y otra para el interesado/a) y estarán dirigidas al Rectorado de la Universitat de València.

3.3. El plazo de presentación será de 20 días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de esta convocatoria en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana (DOGV).

3.4. Presentación de solicitudes.

3.4.1. Las solicitudes se podrán presentar en:

  1. El registro de entrada de la Universitat de València (av. Blasco Ibáñez, 13, 46010 València), que se encuentra abierto al público de lunes a viernes (horario: de 09.00 a 14.00 h y de 16.00 a 18.00 h).

  2. El registro de cualquiera otra administración pública, o en las oficinas de Correos, en la forma que establece el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común (que se mantiene en vigor en aplicación del penúltimo párrafo de la disposición derogatoria única de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas).

Si se presenta la solicitud en una oficina de Correos, se deberá presentar en sobre abierto, para que el empleado o la empleada la selle, y deberá figurar con claridad el nombre de la oficina y la fecha. De no hacerse de esta manera, se considerará presentada en la fecha de entrada en el registro general de la Universitat.

En el sobre deberá constar la siguiente dirección: Universitat de València, Servei de Recursos Humans (PAS), avenida Blasco Ibáñez, número 13, 46010 Valencia.

3.4.2. De conformidad con el apartado 4.b del artículo 38 de la Ley de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, no tienen la consideración de oficinas de registro las de otras universidades distintas a la convocante.

3.5. Se deberá adjuntar a la solicitud la documentación siguiente:

3.5.1. Una fotocopia del documento nacional de identidad.

3.5.2. Resguardo del ingreso de los derechos de examen o justificante por el que se acogen a la exención de tasas (apartado 3.7 de esta convocatoria).

3.6. Los derechos de examen serán de 16,53 euros, que se ingresarán en la cuenta corriente «Derechos de examen - Universitat de València», número ES21.0049.6721.65.2010001382 del Banco Santander.

El hecho de no abonar la cantidad indicada como derechos de examen dentro del plazo de presentación de solicitudes se considerará incumplimiento no subsanable y determinará la exclusión en las pruebas de la persona aspirante.

3.7. De acuerdo con lo que establecen el texto refundido de la Ley de tasas de la Generalitat Valenciana, están exentos del pago de los derechos de examen:

3.7.1. Las personas con una discapacidad igual o superior al 33 %. Estas personas deberán presentar los certificados correspondientes que acrediten la condición de persona con discapacidad mediante fotocopia cotejada del certificado de la conselleria de bienestar social u órgano competente.

3.7.2. Los miembros de familias numerosas y de familias monoparentales de categoría especial. Estas personas deberán presentar fotocopia cotejada de la documentación oficial en vigor que acredite dicha condición.

3.7.3. Disfrutarán de una bonificación del 50 % de estas tasas los miembros de familias numerosas y de familias monoparentales de categoría general. Estas personas deberán presentar fotocopia cotejada de la documentación oficial en vigor que acredite dicha condición.

3.7.4. Las víctimas de actos de violencia sobre la mujer que acrediten esta condición mediante cualquiera de los medios de prueba previstos en los artículos 9.1 y 9.2 de la Ley 7/2012, de 23 noviembre, de la Generalitat, integral contra la violencia sobre la mujer en el ámbito de la Comunitat Valenciana.

3.8. Las personas aspirantes con discapacidad que deseen solicitar medidas de adaptación, deberán indicarlo expresamente en el impreso de solicitud, no solo marcando la casilla correspondiente sino especificando el tipo de medida requerida. En el anexo IV figura la lista de medidas de adaptación posibles. Para que les sea aplicada la medida de adaptación correspondiente deberán presentar junto con la solicitud, las fotocopias cotejadas del certificado del grado de discapacidad y del dictamen técnico facultativo expedido por el órgano competente.

Sin la presentación de este último, no será posible la concesión de la adaptación solicitada.

3.9. Como la convocatoria prevé la realización de una prueba de idioma comunitario, voluntaria y de méritos, la persona aspirante deberá hacer constar su opción en el impreso de solicitud, además de indicar el idioma elegido para la misma. Si no lo hace así, se entenderá que renuncia a realizar esta prueba.

3.10. Los errores materiales que se puedan advertir en la solicitud, se podrán corregir en cualquier momento, de oficio o a instancia de la persona interesada.

Cuarta. Admisión de las personas aspirantes

4.1. Una vez finalizado el plazo de presentación de solicitudes, y después de que se haya comprobado que se tienen todos los requisitos de participación señalados en esta convocatoria, así como del pago de los derechos de examen o la...

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