ORDEN de 9 de agosto de 2004, de la Conselleria de Bienestar Social, por la que se convocan becas para el curso 2004/05, para jóvenes residentes, en las residencias juveniles del Institut Valencià de la Joventut (IVAJ) de la Generalitat Valenciana. [2004/8785]    

SecciónIII - Convenios y Actos
EmisorConselleria de Bienestar Social
Rango de LeyOrden

ORDEN de 9 de agosto de 2004, de la Conselleria de Bienestar Social, por la que se convocan becas para el curso 2004/05, para jóvenes residentes, en las residencias juveniles del Institut Valencià dela Joventut (IVAJ) de la Generalitat Valenciana. [2004/8785]

La orden de 25 de julio de 1991, de la Conselleria de Cultura, Educación y Ciencia, regula el funcionamiento de las residencias juveniles de la Generalitat Valenciana, estableciendo como función de las mismas, entre otras, facilitar a los jóvenes la práctica de actividades de carácter recreativo y cultural, según las características de cada residencia juvenil. Con estos fines la Conselleria de Bienestar Social, a través del Institut Valencià de la Joventut, convoca las presentes becas.

En virtud de las facultades que me confiere el artículo 35 de la Ley de la Generalitat Valenciana 5/1983, de 30 de diciembre de Gobierno Valenciano, y de acuerdo con lo establecido en el Decreto 108/1992, de 6 de julio, del Gobierno Valenciano, por el que se regula la concesión de becas, ORDENO Primero Convocar becas para los jóvenes que hayan obtenido plaza, en el marco de una de las convocatorias anuales del Institut Valencià de la Joventut, en cualquiera de las residencias juveniles del Institut Valencià de la Joventut, de la Generalitat Valenciana, y que tengan actualmente la condición de residente.

Segundo

Aprobar las bases que han de regir la convocatoria y el modelo de solicitud normalizado que se incluyen como anexo I y anexo II a esta orden, respectivamente.

Tercero

El coste total de la convocatoria ascenderá, como máximo, a 45.521,50 euros, que se financiará con cargo a las operaciones comerciales del IVAJ por minoración de los ingresos a percibir durante los ejercicios 2004 y 2005.

DISPOSICIONES FINALES Primera

Se autoriza al director general del Institut Valencià de la Joventut a dictar las resoluciones necesarias para la gestión y el desarrollo deesta convocatoria.

Segunda

Contra esta orden, que agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso administrativo en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana ante el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, de acuerdo con lo establecido en los artículos 10.1.j y 46 de la Ley 29/1998 Reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa.

Potestativamente podrá interponerse recurso de reposición, ante la Conselleria de Bienestar Social en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de aquella publicación, según lo previsto en los artículos 107 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Valencia, 9 de agosto de 2004

La consellera de Bienestar Social, ALICIA DE MIGUEL GARCÍA ANEXO I BASES Primera: Objeto de la convocatoria 1.1. Se convocan becas parajóvenes que hayan obtenido plaza, en el marco de una de las convocatorias anuales del Institut Valencià de la Joventut, en cualquiera de las residencias juveniles del Institut Valencià de la Joventut, de la Generalitat Valenciana, que actualmentetengan la condición de residente.

1.2. El número de becas ofertadas es el siguiente:

En la Residencia juvenil La Florida de Alicante, 4 becas; en la Residencia juvenil El Maestrat de Castellón, 4 becas; en la Residencia juvenil Sant Crist del Mar de Benicarló, 1 beca; en la Residencia juvenil Mare de Déu del Lledó, de Castellón, 6 becas.

El importe total de cada beca consistirá en la exención de la totalidad del pago en las residencias juveniles de El Maestrat, Sant Crist del Mar y de Marede Déu del Lledó, y del 75% en la residencia juvenil La Florida de las cuotas mensuales que les correspondería abonar durante el curso 2004/2005.

1.3. El beneficiario de la beca no podrá realizar ningún tipo de trabajo remunerado mientras disfrutede la presente ayuda.

1.4. La concesión y aprovechamiento de la beca no implicará ninguna vinculación laboral o administrativa con la Generalitat Valenciana.

Segunda. Requisitos de los solicitantes

Para optar a la beca será necesario que concurran y se acrediten, en su caso, los siguientes requisitos:

  1. Estar admitido/a como residente en la residencia juvenil donde se solicita la beca.

  2. No estar en posesión de título académico que habilite para actividades profesionales, a menos que dicho título suponga un nivel o un grado inferior al de los estudios que se estén realizando o se pretendan realizar.

    Tercera. Procedimiento y plazo de presentación

    3.1. Los modelos de solicitudes se facilitarán en los servicios...

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