DECRETO 38/2009, de 6 de marzo, del Consell, por el que se renueva el Consejo de Administración de la Entidad Pública de Saneamiento de Aguas Residuales de la Comunitat Valenciana.

SecciónII - Autoridades y Personal
EmisorConselleria de Medio Ambiente, Agua, Urbanismo y Vivienda
Rango de LeyDecreto

DECRETO 38/2009, de 6 de marzo, del Consell, por el que se renueva el Consejo de Administración de la Entidad Pública de Saneamiento de Aguas Residuales de la Comunitat Valenciana. [2009/2759] El artículo 7 del Estatuto de la Entidad Pública de Saneamiento de Aguas Residuales de la Comunitat Valenciana, aprobado por el Decreto 170/1992, de 16 de octubre, del Consell, modificado por el Decreto 41/2008, de 4 de abril, establece que el órgano de gobierno y administración de la Entidad de Saneamiento de Aguas es el Consejo de Administración, integrado por un presidente, un vicepresidente, en su caso, y 11 vocales.

Con carácter nato ostenta la presidencia el titular de la Conselleria a la que esté adscrita la Entidad de Saneamiento de Aguas.

Los 11 vocales son designados por el Consell del siguiente modo:

seis de ellos en representación de la administración de la Generalitat, nombrados a propuesta del presidente del Consejo de Administración, uno de los cuales podrá ser designado para ejercer las funciones de vicepresidente; cuatro de ellos, en representación de la administración local, nombrados a propuesta de la Federación Valenciana de Municipios y Provincias (en dicha representación deberá figurar, al menos, un vocal por cada una de las tres diputaciones provinciales), y uno, en representación de la administración del Estado, a propuesta del Delegado del Gobierno en la Comunitat Valenciana.

Los vocales ejercen sus funciones por un período de cuatro años, pudiendo ser nombrados una o más veces por períodos de igual duración. Todo ello sin perjuicio de la posibilidad de ser removidos en cualquier momento, a propuesta de las administraciones respectivas, y de su derecho a dimitir o renunciar a su condición: en tales casos, los vocales que los sustituyan ejercerán sus funciones por el tiempo que reste hasta completar el periodo de cuatro años.

Mediante el Decreto 51/2005, de 11 de marzo, el Consell dispuso la renovación de los vocales del Consejo de Administración de la Entidad de Saneamiento de Aguas, por un periodo de cuatro años, periodo que finalizó el 17 de diciembre de 2008.

Con posterioridad a aquél, se han dictado los siguientes decretos del Consell acordando el cese y el nombramiento de vocales del referido Consejo que han ejercido sus funciones por el tiempo que restaba hasta completar el aludido período de cuatro años: Decreto 197/2007, de 19 de octubre, que adaptó la composición del Consejo de Administración a la situación creada...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR