ORDEN 13/2012, de 2 de octubre, de la Conselleria de Agricultura, Pesca, Alimentación y Agua, por la que se modifica la Orden 44/2010, de 14 de diciembre, de la Conselleria de Agricultura, Pesca y Alimentación, sobre reglamentación de las producciones obtenidas por técnicas de agricultura integrada y de las condiciones de autorización de las entidades de control y certificación.

SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorConselleria de Agricultura, Pesca, Alimentación y Agua
Rango de LeyOrden

Mediante la Orden 44/2010, de 14 de diciembre, de la Conselleria de Agricultura, Pesca y Alimentación, modificada por la Orden 1/2012, de 30 de enero, de la Conselleria de Agricultura, Pesca, Alimentación y Agua se establecieron los requisitos que deben cumplir para su reconocimiento las entidades de control y certificación como entidades colaboradoras de la Conselleria en la vigilancia, control y certificación de los productos obtenidos por técnicas de producción integrada. Entre estos requisitos, en el artículo 11.1 se indica que para su reconocimiento, las entidades de certificación deberán estar acreditadas por la Entidad Nacional de Acreditación (ENAC) o cualquier otro organismo de acreditación firmante del Acuerdo Multilateral de Reconocimiento de la European Cooperation for Acreditation (EA).

El requisito de acreditación hace necesaria la adaptación de algunos aspectos, como son excluir la posibilidad de que los actos y acuerdos relacionados con la certificación de productos, en las materias no sujetas al derecho administrativo, puedan ser causa para la interposición de recurso administrativo al respecto ante la conselleria competente en materia de agricultura y todo ello en aras a la independencia y responsabilidad última que tiene la entidad acreditada por ENAC como certificadora del producto.

La disposición transitoria única de la Orden 44/2010 indica que las entidades de control y certificación acreditadas en el momento de la publicación de la Orden, que no cumplan el requisito de acreditación, mantendrán su reconocimiento hasta el 31 de diciembre de 2011. A fecha de 31 de diciembre de 2011 ninguna entidad de control y certificación estaba acreditada para certificar las producciones obtenidas por la técnica de producción integrada en el ámbito de la Comunitat Valenciana, habiéndose iniciado el periodo de inscripción en el Registro Oficial de Productores Autorizados para la Producción Integrada de la Generalitat para la campaña 2012-2013 sin ninguna entidad acreditada.

Por ello, en uso de las facultades que me atribuye el Decreto 113/2011, del Consell, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico y Funcional de la Conselleria de Agricultura, Pesca, Alimentación y Agua y el artículo 28, apartado e), de la Ley 5/1983, de 3 de diciembre, del Consell,

ORDENO

Artículo único

Modificación de la Orden 44/2010, de 14 de diciembre, de la Conselleria de Agricultura, Pesca y Alimentación, sobre...

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