ORDEN 37/2010, de 27 de octubre, de la Conselleria de Agricultura, Pesca y Alimentación, por la que se aprueba la reglamentación de calidad de la granada, para su distinción con la marca de calidad CV.

SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorConselleria de Agricultura, Pesca y Alimentacion
Rango de LeyOrden

Ley 10/2006, de 26 de diciembre de Medidas Fiscales, de Gestión Administrativa y Financiera y de Organización de la Generalitat en su artículo 53, capítulo XVII, «La protección de los sistemas de calidad agroalimentarios», prevé como uno de los sistemas de calidad o figura de calidad agroalimentaria la marca de calidad CV, marca de garantía propia de la Generalitat de la Comunitat Valenciana.

El Decreto 91/1998, de 16 de junio, del Gobierno Valenciano, aprueba el Reglamento de la Marca de Calidad CV para productos agrarios y agroalimentarios (DOGV núm. 3273, 26.06.1998), estableciendo un mecanismo de distinción técnica y comercial de aquellos productos con valores peculiares de tipo cualitativo, sociocultural o económico, para proteger su singularidad, evitando competencias desleales y facilitando al consumidor la identificación de los mismos.

Tras los estudios técnicos correspondientes, la Dirección General de Comercialización ha estimado que por sus características y calidad, la granada es un producto con merecimientos suficientes para ser objeto de la aplicación de las previsiones de la citada disposición, acogiendo e impulsando la iniciativa de los operadores económicos que así lo han solicitado a la Conselleria de Agricultura, Pesca y Alimentación.

Al reglamentarse por la Dirección General de Comercialización la calidad de la granada, de acuerdo con el Decreto 91/1998, del Gobierno Valenciano, su comercialización podrá ampararse con la marca de calidad CV, de titularidad de la Generalitat, cumpliendo las condiciones de autorización y uso establecidas en el Reglamento de la marca aprobado por dicho Decreto, cuya aplicación y gestión corresponde a la Conselleria de Agricultura, Pesca y Alimentación, a través de la Dirección General de Comercialización.

Por todo ello, al amparo de lo dispuesto en el artículo 1.1 del Decreto 91/1998, de 16 de junio, del Gobierno Valenciano, y vista la propuesta de la directora general de Comercialización, e ejercicio de las funciones que tengo atribuidas conforme a lo establecido en elartículo 28 de la Ley 5/1983, de 30 de diciembre del Consell.

ORDENO

Artículo Único Aprobación

Aprobar la reglamentación de calidad de la granada, que figura en el anexo a la presente orden, a los efectos de la autorización respecto de este producto del uso de la marca de calidad CV, de acuerdo con su Reglamento aprobado por el Decreto 91/1998, de 16 de junio, del...

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