ORDEN de 24 de julio de 2002, de la Conselleria de Cultura y Educación, por la que se regula la prueba única para obtención del certificado de ciclo elemental y del certificado de aptitud del ciclo superior primer nivel de las enseñanzas oficiales de idiomas por régimen de enseñanza libre. [2002/9372]    

SecciónIII - Convenios y Actos
EmisorConselleria de Cultura y Educacion
Rango de LeyOrden

ORDEN de 24 de julio de 2002, de la Conselleria de Cultura y Educación, por la que se regula la prueba única para obtención del certificado de ciclo elemental y del certificado de aptitud del ciclo superior primer nivel de las enseñanzas oficiales de idiomas por régimen de enseñanza libre. [2002/9372]

El Real Decreto 967/1988, de 2 de septiembre (BOE de 10 de septiembre), reguló las enseñanzas correspondientes al primer nivel de las enseñanzas especializadas de idiomas. En su desarrollo, los Reales Decretos 1523/1989 de 1 de diciembre (BOE 18.12.89), 42/1992 de 24 de enero (BOE 05.02.92) aprobaron los contenidos mínimos correspondientes a las enseñanzas especializadas de idiomas correspondientes a las lenguas extranjeras y las lenguas españolas, respectivamente.

El artículo 50.2 de la Ley Orgánica 1/1990 de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo (LOGSE) ratifica y da vigencia al Real Decreto mencionado. La disposición final primera 2 atribuye las competencias de desarrollo a las Comunidades Autónomas en virtud de la transferencia de competencias de sus respectivos Estatutos de Autonomía.

En su virtud, la Orden de 2 de enero de 1991 (DOGV 13.02.91) autorizó la impartición de las nuevas enseñanzas a la Escuelas Oficiales de Idiomas. Asimismo el Decreto 48/1993, de 5 de abril, (DOGV 15.04.93) reguló los objetivos y contenidos del primer nivel de las enseñanzas de valenciano en las Escuelas Oficiales de Idiomas de la Comunidad Valenciana.

Dada la importancia creciente del interés social y laboral por las enseñanzas de idiomas, su incidencia en el proceso de integración europea y la ampliación de la oferta educativa al ampliarse el número de Escuelas Oficiales de Idiomas en el territorio de la Comunidad Valenciana aconsejan dar un tratamiento homogéneo a la Prueba para la obtención directa del certificado Elemental y del Certificado de aptitud del Ciclo superior, de forma que dichas titulaciones o certificaciones respondan a criterios homologables, Por ello, en virtud de las competencias que me atribuye el Real Decreto 2093/1983, de 28 de julio, ORDENO Primero Se autoriza a las Escuelas Oficiales de Idiomas de la Comunidad Valenciana a realizar la Prueba para la obtención por régimen de enseñanza libre del Certificado Elemental y del Certificado de Aptitud, en las condiciones que establece la presente orden.

Segundo

  1. Anualmente se realizará una Prueba, en junio, para la obtención en régimen libre de las mencionadas titulaciones.

  2. La matriculación del alumnado para...

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