DECRETO 166/2010, de 15 de octubre, del Consell, por el que se prorroga la suspensión parcial de la vigencia del Plan General de Ordenación Urbana de Sant Joan d'Alacant.

SecciónIII - Convenios y Actos
EmisorConselleria de Medio Ambiente, Agua, Urbanismo y Vivienda
Rango de LeyDecreto

El 18 de octubre de 2008 se publicó en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana el Decreto 157/2008, de 17 de octubre, del Consell, que suspendía parcialmente la vigencia del Plan General de Ordenación Urbana del municipio de Sant Joan d'Alacant, por el plazo de un año. La suspensión se decretó respecto de determinadas zonas, que quedaron especificadas en el propio decreto, cuya ordenación resultaba ser incompatible con la nueva prevista en el plan general en tramitación.

Posteriormente, mediante el Decreto 172/2009, de 16 de octubre, del Consell, se prorrogó la suspensión parcial del Plan General de Ordenación Urbana de Sant Joan d'Alacant, por el plazo de un año, publicado en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana número 6125, de 19 de octubre de 2009.

El Ayuntamiento de Sant Joan d'Alacant, desde que se acordó la suspensión de la vigencia de planeamiento, ha avanzado en los trabajos de redacción del plan general. Así, en sesión de 11 de mayo de 2010 acordó someter por tercera vez a información pública el expediente de revisión del Plan General de Ordenación Urbana por período de 45 días. De igual forma, el Ayuntamiento Pleno, en sesión de 30 de julio de 2010, aprobó provisionalmente el plan general revisado, habiéndose remitido en fecha 10 de agosto de 2010 a la Conselleria de Medio Ambiente, Agua, Urbanismo y Vivienda para su aprobación definitiva.

Próxima la fecha de expiración de la prórroga de la suspensión del plan general sin que haya podido aprobarse definitivamente el nuevo plan general y con el fin de preservar, en lo posible, la situación actual y evitar actuaciones que pudieran resultar, en el futuro, incompatibles con los objetivos del mismo y, por consiguiente, contrarias y perjudiciales para el interés público, el Ayuntamiento de Sant Joan d'Alacant, mediante acuerdo plenario de 4 de octubre de 2010, ha acordado solicitar al Consell que, por decreto, «conceda una prórroga modificativa de la suspensión parcial de la vigencia de su planeamiento, hasta la entrada en vigor del nuevo plan general que se está tramitando», en las zonas determinadas en el propio escrito de solicitud y recogidas en el presente decreto, dado que en el resto del municipio no existen contradicciones sustanciales entre el plan general vigente y el que se está tramitando.

La posibilidad de suspender el planeamiento está recogida expresamente en el artículo 102 de la Ley 16/2005, de 30 de diciembre, de la Generalitat, Urbanística Valenciana, el cual regula la posibilidad de que la suspensión se mantenga hasta la entrada en vigor del nuevo Plan en elaboración, y como máximo, por el plazo de cuatro años; siendo viable, por tanto, prorrogar esta suspensión un año más.

El ámbito material de la suspensión que contempla la propuesta se refiere a los suelos que se enumeran en los siguientes cuadros, en los que se detalla la necesidad de suspensión en cada una de las zonas del Plan General de Sant Joan d'Alacant; además, queda representado gráficamente en el plano adjunto como anexo.

  1. En suelo urbano:

    - Se podrán otorgar licencias de edificación en todas las parcelas que hayan adquirido la condición de solar, conforme lo establecido en el artículo 11 de la Ley Urbanística Valenciana (en adelante, LUV), o se puedan adquirir a través de un programa de actuación aislada, y no estén incluidas en unidades de actuación pendientes de desarrollo mediante programas de actuación integrada.

    - Se podrán otorgar licencias de rehabilitación conforme a la normativa vigente para cada zona.

    - Se propone la suspensión del otorgamiento de licencias para las parcelas incluidas en los ámbitos que se detallan a continuación y se delimitan de forma expresa en el plano adjunto, en las que el planeamiento en redacción pretende alguna modificación en el planeamiento vigente, o donde se impone alguna condición de gestión, para lo que se delimitan diversas Unidades de Ejecución.

    OBJECTIUS PRETESOS

    l'àmbit corresponent a la zona no consolidada, a fi de modificar el viari, ajustant-lo a allò previst a les zones limítrofes, com també l'obtenció de dotacions i la inclusió de zones verdes.

    l'àmbit de la unitat d'execució, a fi de desenvolupar una actuació de urbanística, que té com a objecte incrementar les dotacions públiques i executar les obres d'urbanització actualment incompletes i obsoletes. l'àmbit de la unitat d'execució, d'acord amb la nova ordenació detaproposada pel planejament en redacció, a fi d'ampliar el sòl destinat a coli creació d'una zona verda a una zona d'alta intensitat...

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