ORDEN de 12 de marzo de 1998, de la Conselleria de Medio Ambiente, por el que se crea y regula el Registro de Pequeños Productores de Residuos Tóxicos y Peligrosos de la Comunidad Valenciana. [1998/2610]    

SecciónI - Disposiciones Generales
Rango de LeyOrden

ORDEN de 12 de marzo de 1998, de la Conselleria de Medio Ambiente, por el que se crea y regula el Registro de Pequeños Productores de Residuos Tóxicos y Peligrosos de la Comunidad Valenciana. [1998/X2610] El artículo 22 del Real Decreto 833/1988, de 20 de julio, por el que se aprueba el Reglamento para la ejecución de la Ley 20/1986, de 14 de mayo, Básica de Residuos Tóxicos y Peligrosos, modificado por Real Decreto 952/1997 de 20 de junio, establece que los órganos competentes de las Comunidades Autónomas llevarán un registro en el que se inscribirán aquellos productores de residuos tóxicos y peligrosos que generen o importen menos de 10.000 kilogramos al año, adquiriendo el carácter de pequeños productores por su inscripción en dicho registro. Asimismo, permite al órgano competente de la Comunidad Autónoma, en atención al riesgo que para la salud humana, los recursos naturales y el medio ambiente represente el residuo tóxico y peligroso producido, denegar o autorizar su inscripción a quienes, respectivamente, no alcancen o superen la cuantía señalada en el párrafo anterior. Según el artículo único del Decreto 4/1997, de 26 de febrero, del Presidente de la Generalitat Valenciana, por el que se asignan competencias a la Presidencia y a las Consellerias, corresponde a la Conselleria de Medio Ambiente las competencias y funciones en materia de gestión medioambiental. En virtud de lo expuesto, y en uso de las facultades que me confiere el artículo 35 de la Ley de la Generalitat Valenciana 5/1983, de 30 de diciembre, de Gobierno Valenciano, ORDENO Artículo 1. Creación del Registro Se crea el Registro de Pequeños Productores de Residuos Tóxicos y Peligrosos de la Comunidad Valenciana, de conformidad con el artículo 22 del Real Decreto 833/1988, de 20 de julio, por el que se aprueba el Reglamento para la ejecución de la Ley 20/1986, de 14 de mayo, Básica de Residuos Tóxicos y Peligrosos, modificado por Real Decreto 952/1997 de 20 de junio. Artículo 2. Ámbito de aplicación 1. Deberán solicitar su inscripción en el Registro de Pequeños Productores de Residuos Tóxicos y Peligrosos, todas las industrias o actividades ubicadas en la Comunidad Valenciana, tanto públicas como privadas, generadoras o importadoras de residuos tóxicos y peligrosos en cantidades inferiores a 10.000 kilogramos al año y que carezcan de la autorización de productor de residuos tóxicos y peligrosos a que se refiere el art. 10 del RD 833/1988, de 20 de julio, por el...

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