ORDEN 47/2011, de 8 de junio, de la Conselleria de Educación, por la que se convocan los Premios 2011 de la Comunitat Valenciana a las iniciativas y buenas prácticas educativas sobre la convivencia escolar.

SecciónIII - Convenios y Actos
EmisorConselleria de Educación
Rango de LeyOrden

La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación (LOE), establece en el artículo 2 como fines del sistema educativo español, en el punto 1.a, el pleno desarrollo de la personalidad y de las capacidades de los alumnos, en el punto 1.b, la educación en el respeto de los derechos y libertades fundamentales, en la igualdad de derechos y oportunidades entre hombres y mujeres, y en el punto 1.c, la educación en el ejercicio de la tolerancia y de la libertad dentro de los principios democráticos de convivencia, así como la prevención de conflictos y la resolución pacífica de los mismos.

En el ámbito de la Comunitat Valenciana, desde la creación del Observatorio para la Convivencia Escolar mediante el Decreto 233/2004, de 22 de octubre, del Consell de la Generalitat, disponemos de un órgano consultivo al servicio de la comunidad educativa. Su cometido es el desarrollo de medidas que faciliten un análisis y estudio rigurosos del clima de convivencia en nuestros centros educativos. Tras valorar esta información, su misión es establecer iniciativas para tratar de prevenir la violencia y promover la convivencia, así como contribuir a la mejora del clima escolar.

Por otra parte, la Orden de 31 de marzo de 2006 (DOCV núm. 5255 de 10.05.2006) de la Conselleria de Cultura, Educación y Deporte, regula el Plan de Convivencia de los Centros Docentes. Ésta, en su artículo segundo, establece que los centros docentes fomentarán la convivencia entre los miembros de la comunidad educativa a través de planes integrales de actuación que contemplen la prevención de situaciones conflictivas y la resolución pacífica de conflictos. Además, dado el caso, contemplarán el tratamiento y la rehabilitación del alumnado cuyo comportamiento suponga un desajuste respecto a las normas de convivencia del centro.

Desde 2006 la Conselleria de Educación convoca de forma anual premios a las buenas prácticas en materia de convivencia escolar. En todas las convocatorias se ha constatado el interés, la creatividad y la búsqueda constante de modelos que, ajustados a cada realidad contextual, responden a la necesidad de alcanzar un clima escolar protector de conductas y actitudes contrarias a los principios básicos del respeto, el compañerismo, la responsabilidad personal y compartida, y de acogida y aceptación incondicional a todas las personas.

Por todo lo anteriormente expuesto, y tras la buena acogida y elevada participación en esta convocatoria durante los últimos tres años, no se puede ser ajeno a la labor que desde los centros educativos se realiza en pos de una buena convivencia escolar. Por esto, la buena gestión de los centros y las buenas prácticas que en ellos se desarrollan deben ser reconocidas adecuadamente.

La presente convocatoria tiene la intención de incentivar aquellas buenas prácticas que promuevan la convivencia en la comunidad educativa. Con ello se pretende estimular iniciativas que ofrezcan a profesorado y alumnado la ocasión de reflexionar, favoreciendo el desarrollo de actitudes y comportamientos positivos en el seno de la institución escolar. El objetivo prioritario de esta convocatoria es promover la innovación, creatividad y puesta en marcha de proyectos que en cualquier formato, ofrezcan claves y/o sugerencias a otros centros para favorecer la convivencia escolar y que puedan constatar datos cualitativa y cuantitativamente de mejora del clima, así como de rendimiento académico.

Por todo ello, y conforme dispone el artículo 28 de la Ley 5/1983, de 30 de diciembre, del Consell, y el Decreto 118/2007, de 27 de julio, del Consell, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico y Funcional de la Conselleria de Educación, vista la propuesta de la directora general de Evaluación, Innovación y Calidad Educativa y de la Formación Profesional, de fecha 6 de junio de 2011 y de conformidad con la misma,

ORDENO

Objeto

El objeto de esta orden es convocar los Premios 2011 de la Comunitat Valenciana a las iniciativas y buenas prácticas educativas sobre la convivencia escolar.

Asimismo, se aprueban las bases por las que se regirá la convocatoria, que figuran en el anexo I de la presente orden.

También, se aprueba el modelo de solicitud, que figuran en el anexo II, y los anexos III, IV y V.

Supervisión de los proyectos

La Inspección de Educación supervisará los proyectos que se desarrollen en los centros educativos con sujeción a la presente orden.

Financiación

La presente convocatoria se encuadra en el marco de colaboración entre el Ministerio de Educación y la Generalitat para el desarrollo de la Ley Orgánica de Educación.

Los gastos derivados del desarrollo de esta convocatoria irán a cargo de la aplicación presupuestaria 18.04.322B.458, correspondiente a la aportación del Ministerio de Educación, la aplicación presupuestaria 09.02.03.421.50.4, por un importe global máximo de 30.000 euros, línea de subvención T6022000, destinados a financiar los premios concedidos a centros privados concertados, y la aplicación presupuestaria

09.02.03.421.50.2, por un importe global máximo de 30.000 euros, destinados a financiar los premios concedidos a los centros públicos, correspondientes al presupuesto de la Generalitat para el año 2011.

DISPOSICIONES FINALES

Primera

Se delega en la Dirección General de Evaluación, Innovación y Calidad Educativa y de la Formación Profesional la facultad de resolver la convocatoria y conceder los premios 2011 de la Comunitat Valenciana a las iniciativas y buenas prácticas educativas sobre la convivencia escolar, y se le autoriza para adoptar las medidas oportunas para el cumplimiento y aplicación de esta orden y también para resolver y notificar todas las incidencias que se planteen en su interpretación y ejecución.

Segunda

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 7.4 del Decreto 147/2007, de 7 de septiembre, del Consell, por el que se regula el procedimiento de notificación y comunicación a la Comisión Europea de los proyectos de la Generalitat dirigidos a establecer, conceder o modificar ayudas públicas, la presente convocatoria no precisa de su notificación a la Comisión Europea por no reunir todos los requisitos del apartado 1 del artículo 107 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea. Sus destinatarios no tienen la condición de empresa a la que reporte ventaja económica, tratándose de persona físicas que no ejercen actividad económica, no existiendo falseamiento de la competencia al no afectar a los intercambios comerciales.

Tercera

La presente orden surtirá efectos a partir del día siguiente de su publicación en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana.

De conformidad con lo establecido en los artículos 107, 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y 10, 14 y 46 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción ContenciosoAdministrativa, la presente orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá ser recurrida por los centros privados concertados potestativamente en reposición o plantear directamente recurso contencioso-administrativo, en los plazos y ante los órganos que se indican a continuación:

  1. El recurso de reposición deberá interponerse ante el conseller de Educación en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación.

  2. El recurso contencioso-administrativo deberá plantearse ante el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación.

Valencia, 8 de junio de 2011

El conseller de Educación, ALEJANDRO FONT DE MORA TURÓN

ANEXO I

Bases por las que se convocan los Premios 2011 de la Comunitat Valenciana a las iniciativas y buenas prácticas educativas sobre la convivencia escolar.

Primera. Objetivos

Los objetivos de esta convocatoria son los siguientes:

- Promover la educación en la convivencia como parte de la educación integral de los alumnos.

- Potenciar en los centros docentes los valores de tolerancia, aceptación mutua y solidaridad, con el fin de que los alumnos sean personas capaces de convivir con los demás como miembros plenamente integrados en nuestra sociedad democrática.

- Generalizar las buenas prácticas que promocionan la convivencia como requisito para contribuir a la mejora del clima escolar, la reducción del abandono escolar, y así aumentar el éxito académico.

Segunda. Destinatarios

  1. Podrán participar en la presente convocatoria los centros docentes públicos y privados concertados, que impartan enseñanzas no universitarias en la Comunitat Valenciana, en cualquier ciclo o nivel de Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria, ciclos formativos o Bachillerato, o programas de formación de personas adultas.

  2. Los centros docentes privados concertados, antes de la finalización del plazo de...

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