ORDEN de 28 de febrero de 2000, de la Conselleria de Cultura, Educación y Ciencia, por la que se convocan dos premios de investigación del OPVI relacionados con la empresa familiar. [2000/2931]    

SecciónIII - Convenios y Actos
EmisorConselleria de Cultura, Educacion y Ciencia
Rango de LeyOrden

ORDEN de 28 de febrero de 2000, de la Conselleria de Cultura, Educación y Ciencia, por la que se convocan dos premios de investigación del OPVI relacionados con la empresa familiar. [2000/2931] La Ley 7/1997, de 9 de diciembre, de la Generalitat Valenciana de Fomento y Coordinación de la Investigación Científica y del Desarrollo Tecnológico de la Comunidad Valenciana crea, en el artículo 15, el Organismo Público Valenciano de Investigación (OPVI). El Decreto 307/1997, de 24 de diciembre del Gobierno Valenciano, aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Personal del Organismo Público Valenciano de Investigación (OPVI). De conformidad con los Acuerdos del Consejo Rector del Organismo Público Valenciano de Investigación (OPVI) en reunión del 1 de abril de 1998, y en el artículo 8.h) del citado Decreto 307/1997, de 24 de diciembre, que crearon el Instituto de la Empresa Familiar, ORDENO Primero Convocar dos premios para trabajos de investigación relacionados con la empresa familiar. Segundo El importe global de cada uno de los premios será de 500.000 PTA (3005.10 EUR), con cargo a la línea presupuestaria 402/000/00 del programa 22.00.542.10 de Investigación Científica y Técnica, de los Presupuestos del OPVI de la Generalitat Valenciana para el 2.000, por un importe máximo de 1.000.000 PTA (6010.12 EUR). Tercero Las bases de la concesión de los premios de esta convocatoria son las contenidas en el anexo de esta orden. Cuarto La presente orden entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana. De conformidad con lo establecido en los artículos 107, 116 y 117 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y 10, 14 y 46 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, el presente acto, que pone fin a la vía administrativa, podrá ser recurrido potestativamente en reposición o bien cabrá plantear directamente recurso contencioso administrativo, en los plazos y ante los órganos que se indican a continuación: a) El recurso de reposición deberá interponerse ante el conseller de Cultura, Educación y Ciencia en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación. b) El recurso contencioso administrativo deberá plantearse ante el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación. Todo esto sin perjuicio que se...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR