ORDEN 12/2012, de 28 de marzo, de la Conselleria de Presidencia, por la que se convoca una beca para la realización de estudios de postgrado en el Colegio de Europa en Natolín (Varsovia - Polonia) durante el año académico 2012-2013.

SecciónIII - Convenios y Actos
EmisorConselleria de Presidencia
Rango de LeyOrden

La Generalitat, en el marco de la política dirigida a favorecer la formación y el desarrollo en temas europeos que permita una ampliación de los conocimientos de la construcción europea y de la presencia de la Comunitat Valenciana en la Unión Europea, convoca la concesión de una beca para realizar estudios de postgrado en el Colegio de Europa en Natolín (Varsovia - Polonia) durante el año académico 2012-2013.

La anterior actuación se encuentra recogida en los objetivos y actividades del programa 112.40, Becas para la Realización de Estudios de Post-grado en el Colegio de Europa, existiendo suficiente consignación presupuestaria en la Ley de Presupuestos de la Generalitat para el Ejercicio 2012.

Así, en virtud de lo establecido en:

  1. El Decreto 110/2011, de 2 de septiembre, del Consell, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico y Funcional de la Presidencia y la Conselleria de Presidencia.

  2. El Decreto 132/2009, de 4 de septiembre, del Consell, por el que se regula la concesión de becas.

  3. El Texto Refundido de la Ley de Hacienda Pública de la Generalitat Valenciana aprobado por el Decreto Legislativo de 26 de junio de 1991.

  4. La Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

ORDENO

Primero

Convocar concurso público para la concesión de una beca para realizar estudios de postgrado en el Colegio de Europa en Natolín (Varsovia - Polonia) durante el año académico 2012-2013.

Segundo

Aprobar las bases por las que se rige esta convocatoria, incluidas como anexo I de la presente orden.

Tercero

El importe de la beca será financiado con cargo al capítulo IV de la línea T4046000 del programa 112.40, del Presupuesto de la Generalitat para el año 2012, por la cuantía de VEINTEMIL EUROS (20.000 €).

Cuarto

En cumplimiento de lo dispuesto en el Decreto 147/2007, de 7 de septiembre, del Consell, por el que se regula el procedimiento de notificación y comunicación a la Comisión Europea de los proyectos de la Generalitat dirigidos a establecer, conceder o modificar ayudas públicas, se hace constar que la beca que se financia de acuerdo con lo previsto en la presente orden, no está sujeta a la política de control de ayudas de Estado, por no reunir los requisitos del artículo 107 del Tratado de Funcionamiento CE, al no afectar a la competencia en razón a la cualidad del beneficiario y al objeto de la subvención.

Contra esta orden, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer potestativamente recurso de reposición ante el mismo órgano que ha dictado el acto, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente a su publicación, de conformidad con lo previsto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento común, en la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, o bien recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso Adminis-

trativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a su publicación de conformidad con lo establecido en los artículos 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de Julio Reguladora de la Jurisdicción Contenciosa Administrativa. Todo ello sin perjuicio de que se utilice cualquier otra vía que se considere oportuna.

Valencia, 28 de marzo de 2012

El conseller de Presidencia, JOSÉ CÍSCAR BOLUFER

ANEXO I

Bases de la convocatoria para la concesión de una beca para la realización de estudios de postgrado en el Colegio de Europa de Natolin (Varsovia - Polonia) durante el curso académico 2012-2013

Primera. Objeto

La presente beca tiene como objeto la realización de estudios de postgrado, en el marco del programa de Estudios Europeos Interdisciplinarios, en el Colegio de Europa de Natolín (Varsovia - Polonia) durante el curso académico 2012-2013.

Segunda. Dotación y forma de pago de la beca

Esta beca se sustanciará mediante la exención al becario de parte del pago del importe correspondiente a los gastos de matrícula, alojamiento y manutención, compensando al Colegio de Europa de estos gastos, por un total de 20.000 euros, una vez que se acredite la matriculación del becario en dicho Colegio.

Tercera. Requisitos de los candidatos

· Titulación universitaria superior. Excepcionalmente serán admitidos aquellos estudiantes que se encuentren en el último curso de carrera, si bien deberán haber aprobado el mismo y hallarse en posesión del título universitario o en condiciones de obtenerlo antes de incorporarse a los estudios de postgrado.

· Residentes o que hayan realizado sus estudios en un centro universitario de la Comunitat Valenciana.

· Conocimientos profundos de inglés y francés, justificados según lo establecido en la base cuarta.

· Edad máxima: 30 años en el momento de la solicitud.

· Cumplir con los requisitos del Colegio de Europa, al que deberán remitir directa y simultáneamente su Formulario de Candidatura y documentación específica que solicita (cumplimentar en línea, en la dirección www.coleurop.be).

· No podrá concurrir en el beneficiario ninguna de las circunstancias recogidas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones.

Cuarta. Formalización de las solicitudes

La instancia de presentación de candidaturas (Anexo II de esta orden) estará a disposición de las personas interesadas en los siguientes Registros:

- Registro General de la Conselleria de Presidencia (c/ Juristas, 10, 46001, Valencia).

- Registro de la Delegación Territorial del Consell de la Generalitat en Alicante (avda. Doctor Gadea, 10, 03001 Alicante).

- Registro de la Delegación...

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