RESOLUCIÓN de 18 de diciembre de 2012, de la Universitat Politècnica de València, por la que se convoca proceso específico de promoción interna para acceder al grupo A, subgrupo A2, sector administración especial, técnico medio de laboratorio (PF720), en aplicación de la disposición adicional cuarta del Decreto 33/1999, de 9 de marzo, del Gobierno Valenciano.

SecciónII - Autoridades y Personal
EmisorUniversitat Politecnica de Valencia
Rango de LeyResolución

Con el fin de atender las necesidades de personal en esta Administración pública encargada del servicio público de la Educación Superior, este Rectorado de conformidad con lo dispuesto en el artículo 75 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, así como la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, y la Ley 10/2010, de 9 de julio, de la Generalitat, de Ordenación y Gestión de la Función Pública Valenciana, acuerda: Convocar pruebas de acceso al grupo A, subgrupo A2, sector administración especial, técnico medio de laboratorio de la Universitat Politècnica de València, con arreglo a las siguientes bases.

Primera. Objeto de la convocatoria

1.1. La presente convocatoria tiene por objeto la selección de personal para cubrir puestos del grupo A, subgrupo A2, sector administración especial, técnico medio de laboratorio de la Universitat Politècnica de València, por el turno de promoción interna, en aplicación de la disposición adicional cuarta del Decreto 33/1999, de 9 de marzo.

1.2. La realización de las presentes pruebas selectivas se ajustará a lo previsto en la Ley 10/2010, de 9 de julio, de la Generalitat, de Ordenación y Gestión de la Función Pública Valenciana y normativa de desarrollo.

Segunda. Condiciones generales de los aspirantes

2.1. Para ser admitido a estas pruebas selectivas los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:

  1. Los aspirantes que concurran a las presentes pruebas selectivas deberán ser personal funcionario de carrera de la Universitat Politècnica de València, grupo C, subgrupo C1, sector administración especial, haber prestado servicios efectivos durante al menos dos años como funcionario de carrera en la categoría de especialista técnico de laboratorio, en el grupo C, subgrupo C1 y cumplir los siguientes requisitos:

    1. Encontrarse desempeñando el puesto con destino definitivo.

    2. Que el puesto de trabajo ocupado se encuentre clasificado en la relación de puestos de trabajo de esta Universitat Politècnica de València para ser provisto por el grupo de titulación A, subgrupo A2 o grupo C, subgrupo C1, sector administración especial, denominación del puesto especialista técnico de laboratorio.

  2. Estar en posesión del título de diplomado, ingeniero técnico, arquitecto técnico, grado o titulación equivalente, o cumplidas las condiciones para obtenerlo en la fecha en que termine el plazo de presentación de instancias. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero deberá estarse en posesión de la credencial que acredite su homologación o de la credencial de reconocimiento para el ejercicio de las profesiones consideradas reguladas en virtud del Real Decreto 1837/2008, de 8 de noviembre.

  3. En virtud de la disposición transitoria segunda del Estatuto Básico del Empleado Público de fecha 12 de abril de 2007, también podrá participar el personal laboral fijo que desempeñe funciones o puestos definidos como propios de personal funcionario, objeto de esta convocatoria y que reúnan el resto de los requisitos estipulados en el punto

    2.1 de la misma.

    2.2. Las condiciones para ser admitido a las pruebas, deberán reunirse en el momento de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse durante todo el proceso selectivo, hasta el momento de la toma de posesión.

    Tercera. Solicitudes

    3.1. Quienes deseen tomar parte en estas pruebas selectivas deberán hacerlo constar en la solicitud según modelo que será facilitado gratuitamente en el Registro General o en el Área de Información de la Universi-

    tat Politècnica de València, sito en el camino de Vera, s/n, de Valencia; en el Registro de la Escuela Politécnica Superior de Alcoy, sita en la plaza Ferrándiz y Carbonell, s/n, de Alcoy; en el Registro de la Escuela Politécnica Superior de Gandia, sita en la calle Paranimf, número 1, del Grao de Gandia, y en la página web del Servicio de Recursos Humanos, cuya dirección electrónica es «Personal administración y servicios».

    3.2. Las solicitudes se dirigirán al rector de la Universitat Politècnica de València, camino de Vera, s/n, CP 46071 Valencia, en el plazo de 20 días hábiles contados a partir del día siguiente a la publicación de esta convocatoria en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana.

    3.3. La presentación de solicitudes se podrá efectuar en el Registro General de la Universitat Politècnica de València, sito en el edificio 3F, planta baja, junto a Rectorado, en el camino de Vera, s/n, CP 46071 Valencia; en el Registro de la Escuela Politécnica Superior de Alcoy, sito en la plaza Ferrándiz i Carbonell, s/n, Alcoy; en el Registro de la Escuela Politécnica Superior de Gandia, sito en la calle Paranimf, número. 1, del Grao de Gandia, o en cualquiera de las formas establecidas en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, redactado conforme a la Ley 4/1999, de 13 de enero.

    En el caso de que se optara por presentar la solicitud ante una oficina de correos, se hará en sobre abierto, para que la instancia sea fechada y sellada por el funcionario de correos antes de ser certificada. De no hacerse de esta manera se considerará presentada en la fecha de entrada en cualquiera de los lugares establecidos en el párrafo anterior.

    Las solicitudes suscritas en el extranjero podrán cursarse, en el plazo expresado en la base 3.2, a través de las representaciones diplomáticas o consulares españolas correspondientes, quienes las remitirán seguidamente al organismo competente.

    El interesado o interesada adjuntará a dicha solicitud comprobante bancario de haber satisfecho los derechos de examen.

    3.4. Los derechos de examen serán de 18,25 €, que se ingresarán en la cuenta corriente número ES15 2038 6543 92 6000022653, «Tasas», de Bankia.

    El interesado/a adjuntará a dicha solicitud comprobante bancario de haber satisfecho los derechos de examen. En ningún caso la mera presentación y pago supondrán sustitución del trámite de presentación en tiempo y forma, de la solicitud ante el órgano expresado en la base

    3.2.

    3.5. Exenciones y bonificaciones en el pago de la tasa de examen:

    3.5.1. Estarán exentos del pago de los derechos de examen a pruebas selectivas, las personas con un grado de minusvalía igual o superior al 33%, debiendo acompañar a la solicitud certificado acreditativo de tal condición.

    3.5.2. Estarán exentos del pago de los derechos de examen a pruebas selectivas, los miembros de familias numerosas de categoría especial, debiendo acompañar a la solicitud certificado acreditativo de tal condición.

    3.5.3. Tendrán una bonificación del 50 % del pago de los derechos de examen a pruebas selectivas, los miembros de familias numerosas de categoría general, debiendo acompañar a la solicitud certificado acreditativo de tal condición, siendo en este caso los derechos de examen 9,13 €.

    3.6. La falta de justificación del abono de los derechos de examen o de encontrarse exento determinará la exclusión del aspirante.

    3.7. En ningún caso la presentación y pago en las oficinas a que se hace referencia supondrá la sustitución del trámite de presentación en tiempo y forma, de la solicitud.

    Cuarta. Admisión de aspirantes

    4.1. Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, el rector dictará una resolución que se publicará en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana, que contendrá la relación provisional de admitidos y excluidos a la realización de las pruebas, así como los nombramientos de los miembros que componen el tribunal de selección.

    4.2. Los aspirantes podrán, en el caso de error o exclusión, subsanar los defectos en que hayan incurrido en su solicitud, o realizar las reclamaciones que tengan por conveniente en el plazo de 10 días hábiles contados a partir del siguiente a la publicación de la relación provisional de admitidos y excluidos en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana.

    4.3. En todo caso, al objeto de evitar errores y en el supuesto de producirse los mismos, para posibilitar su subsanación en tiempo y forma, los aspirantes comprobarán fehacientemente no solo que no figuran recogidos en la relación provisional de excluidos, sino además, que sus nombres y datos constan correctamente en las pertinentes relaciones de...

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