ORDEN de 9 de junio de 2008, de la Conselleria de Bienestar Social, por la que se convocan becas para la realización de prácticas de perfeccionamiento formativo en las distintas unidades administrativas de esta conselleria.

SecciónIII - Convenios y Actos
EmisorConselleria de Bienestar Social
Rango de LeyOrden

ORDEN de 9 de junio de 2008, de la Conselleria de Bienestar Social, por la que se convocan becas para la realización de prácticas de perfeccionamiento formativo en las distintas unidades administrativas de esta conselleria. [2008/7374] La conselleria de Bienestar Social convoca la concesión de 11 becas para la realización de prácticas formativas, con el fin de facilitar la formación complementaria, la adquisición de nuevas aptitudes y el perfeccionamiento curricular de jóvenes con titulación universitaria, en el ámbito de la administración Pública Valenciana.

La anterior actuación se encuentra recogida en los objetivos y actividades del programa 311.10 Dirección y Servicios Generales, con suficiente consignación presupuestaria en los Presupuestos de la Generalitat para el ejercicio 2008.

En virtud de las facultades que me confiere el Decreto 116/2007, de 27 de julio, del Gobierno Valenciano, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico y Funcional de la conselleria de Bienestar Social, el artículo 28 e) de la Ley 5/1983, de 30 de diciembre, del Consell y según lo establecido en el Decreto 108/1992, de 6 de julio, del Gobierno Valenciano, por el que se regula la concesión de becas, así como la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, ORDENO

Artículo 1

Proceder a la convocatoria de concurso público para la concesión de un máximo de 11 becas para la realización de prácticas de perfeccionamiento formativo en las diferentes unidades administrativas de la conselleria de Bienestar Social y aprobar las bases que se adjuntan como anexo I, por las que se rige esta convocatoria, así como el modelo de solicitud y de declaración responsable que se insertan como anexo II y III, respectivamente.

Artículo 2

Las ayudas tendrán un importe bruto máximo global de 31.320 , que se imputarán con cargo a la aplicación presupuestaria 16.01.01.0000.311.10.4 línea de subvención T1819 del presupuesto de la Generalitat para el año 2008.

Las ayudas concedidas mediante esta orden no precisan de su notificación a la Comisión Europea, por no reunir todos los requisitos del apartado 1 del artículo 87 del Tratado de la Comisión Europea según el Decreto 147/2007, de 7 de septiembre, en concreto por no suponer ventaja económica, puesto que las personas a las que van dirigidas...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR