DECRETO 131/2002, de 30 de julio, del Gobierno Valenciano, por el que se modifica parcialmente el Reglamento Orgánico y Funcional de la Presidencia de la Generalitat Valenciana y el de la Conselleria del Portavoz del Gobierno. [2002/9620]    

SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorPresidencia de la Generalitat Valenciana
Rango de LeyDecreto

DECRETO 131/2002, de 30 de julio, del Gobierno Valenciano, por el que se modifica parcialmente el Reglamento Orgánico y Funcional de la Presidencia de la Generalitat Valenciana y el de la Conselleria del Portavoz del Gobierno. [2002/9620]

El Decreto 4/2002, de 24 de julio, del presidente de la Generalitat Valenciana, estableció la Vicepresidencia única del Gobierno Valenciano, y el Decreto 7/2002, de 25 de julio, del presidente de la Generalitat Valenciana, asigna a la Presidencia las materias de turismo, cooperación internacional, relaciones institucionales y externas, secretariado del gobierno y relaciones con las Cortes, política científica y tecnológica, investigación, desarrollo e innovación (I+D+I), telecomunicaciones, modernización y racionalización.

En consecuencia se hace necesario dictar una modificación que adecue la actual estructura orgánica y funcional de la Presidencia de la Generalitat Valenciana, contemplando asimismo el impulso de las políticas del Gobierno Valenciano en materia de política científica y tecnológica, investigación, desarrollo e innovación (I+D+I), telecomunicaciones, modernización y racionalización.

Asimismo, se considera oportuno proceder a una reestructuración y racionalización de determinados órganos directamente dependientes de la consellera Portavoz del Gobierno en lo relativo a la emisión de información institucional del Gobierno Valenciano. Por todo ello, de conformidad con lo establecido en los artículos 35.f) y 70 de la Ley 5/1983, de 30 de diciembre, de Gobierno Valenciano, a propuesta de su presidente, y previa deliberación previa del Gobierno Valenciano, en la reunión del día 30 de julio de 2002, DISPONGO Artículo único Se modifican los siguientes artículos de los reglamentos orgánicos y funcionales de la Presidencia de la Generalitat Valenciana y de la Conselleria del Portavoz del Gobierno, aprobados por el Decreto 109/2000, de 18 de julio, del Gobierno Valenciano, que quedan redactados de la siguiente manera:

Artículo 4

Los órganos de apoyo de la Presidencia de la Generalitat Valenciana son los siguientes:

. Vicepresidencia del Gobierno Valenciano.

. Gabinete del Presidente.

. Secretaría General de la Presidencia de la Generalitat Valenciana.

. Subsecretaría de Turismo.

. Subsecretaría de Relaciones Institucionales.

. Subsecretaría del Secretariado del Gobierno y Relaciones con las Cortes.

. Subsecretaría de Planificación y Estudios.

. Subsecretaría de la Oficina de Ciencia y Tecnología.

. Gabinete Jurídico de la Generalitat Valenciana.

Artículo 5

La vicepresidencia regulada en el capítulo III del título I del presente reglamento ejerce las funciones instrumentales allí asignadas y las competencias materiales que le asigne la Presidencia.

Capítulo III

El vicepresidente del Gobierno Valenciano Artículo 8 Corresponde al vicepresidente la presidencia de la Comisión de Secretarios Generales, así como cualquier otra competencia que le encomiende el ordenamiento jurídico o le delegue el presidente.

Como máximo órgano de apoyo y asesoramiento del presidente de la Generalitat Valenciana, el vicepresidente estará asistido por un gabinete. Se podrán constituir los órganos asesores que se considere conveniente en relación con materias y servicios específicos.

Artículo 9

El vicepresidente del Gobierno Valenciano asumirá las funciones de dirección, coordinación e impulso de los órganos de la Presidencia en tanto que dichas funciones no sean asumidas directamente por el presidente.

Sección quinta

Subsecretaría de la Oficina de Ciencia y Tecnología Artículo 25 1. La...

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