DECRETO 187/2012, de 21 de diciembre, del Consell, por el que aprueba el Reglamento Orgánico y Funcional de la Presidencia y de la Conselleria de Presidencia y de Agricultura, Pesca, Alimentación y Agua.

SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorPresidencia de la Generalitat - Conselleria de Presidencia y Agricultura, Pesca, Alimentación y Agua
Rango de LeyDecreto
PREÁMBULO

Mediante el Decreto 19/2012, de 7 de diciembre, del President de la Generalitat, se han determinado las consellerias en que se organiza la administración de la Generalitat, asignándose competencias a las mismas y estableciendo las distintas secretarías autonómicas que las integran.

Atendiendo a lo que dispone el artículo 12.2 de la Ley 5/1983, de 30 de diciembre, del Consell (en adelante, Ley del Consell) se atribuyen competencias a la Presidencia de la Generalitat en materia de asesoramiento al presidente, impulso de la acción interdepartamental del Consell y comunicación institucional de la Generalitat.

Por su parte, a la Conselleria de Presidencia y Agricultura, Pesca, Alimentación y Agua se le asignan las competencias en materia de secretariado del Consell, relaciones con Les Corts, representación y defensa en juicio y asesoramiento en derecho de la Generalitat, relaciones con la Unión Europea, el Estado y otras comunidades autónomas, administración local, promoción institucional, participación ciudadana y agricultura, ganadería, pesca, alimentación y recursos hídricos.

A efectos de adoptar las medidas organizativas adecuadas para desarrollar las previsiones establecidas en el Decreto 19/2012, de 7 de diciembre, del President de la Generalitat, mediante Decreto 179/2012, de 14 de diciembre, del Consell, se ha aprobado la estructura organizativa básica de la Presidencia y de las consellerias de la Generalitat, diseñando con ello el nivel directivo de la misma con base en las competencias asignadas.

En congruencia con lo anterior, y atendiendo a lo que dispone el artículo 64 de la Ley del Consell, se hace necesario proceder a la aprobación de los respectivos reglamentos orgánicos y funcionales tanto de la Presidencia como de la Conselleria de Presidencia y Agricultura, Pesca, Alimentación y Agua.

A dichos efectos, y dadas las especiales características organizativas de la Presidencia, las funciones que el artículo 69 de la Ley del Consell confiere a la subsecretaría serán ejercidas por la Subsecretaría de la Conselleria de Presidencia y Agricultura, Pesca, Alimentación y Agua. Por ello, se estima adecuado aprobar ambos reglamentos en un único decreto.

Así, de conformidad con lo establecido en los artículos 12.2, 28.f y 64 de la Ley del Consell, a propuesta conjunta del presidente de la Generalitat y del conseller de Presidencia y de Agricultura, Pesca, Alimentación y Agua, y Vicepresidente del Consell, y previa deliberación del Consell, en la reunión del día 21 de diciembre de 2012,

DECRETO

TÍTULO I Artículos 1 a 18

De la Presidencia de la Generalitat

CAPÍTULO I Artículos 1 a 5

Del presidente

Artículo 1 Funciones del presidente de la Generalitat

Al presidente de la Generalitat, como más alto representante de la misma, le corresponden las funciones establecidas en el artículo 10 de la Ley del Consell.

Artículo 2 Funciones como representante ordinario del Estado

El presidente de la Generalitat, en su condición de representante ordinario del Estado en la comunidad autónoma, promulga, en nombre del rey, las leyes de la Generalitat.

Artículo 3 Funciones como presidente del Consell

El presidente de la Generalitat, como presidente del Consell, dirige y coordina las acciones de gobierno, sin perjuicio de las atribuciones y responsabilidades de las personas titulares de cada conselleria.

Artículo 4 Funciones de la Presidencia de la Generalitat

A la Presidencia de la Generalitat le corresponde el ejercicio de las competencias en materia de asesoramiento al presidente, impulso de la acción interdepartamental del Consell y comunicación institucional de la Generalitat.

Artículo 5 Órganos superiores y directivos de la Presidencia de la Generalitat

Bajo la autoridad del presidente, la Presidencia de la Generalitat está integrada por los siguientes órganos superiores y centros directivos:

- Gabinete del President.

- Secretaría Autonómica de Comunicación.

- Dirección General de Análisis y Políticas Públicas.

- Dirección General de Organización.

- Dirección General de Relaciones Informativas.

CAPÍTULO II Artículos 6 a 12

Del Gabinete del President

Sección primera Funciones del Gabinete del President Artículo 6
Artículo 6 Funciones del Gabinete del President

El Gabinete del President, bajo la dirección del director del Gabinete, es el órgano de apoyo a la Presidencia de la Generalitat que tiene asignadas funciones de asesoramiento al presidente, impulso de la acción interdepartamental del Consell, programación y desarrollo de los actos del presidente, elaboración de informes técnicos y políticos y, en especial:

  1. Facilitar al presidente de la Generalitat la información política y técnica que resulte necesaria para el ejercicio de sus funciones.

  2. Asesorar al presidente de la Generalitat en aquellos asuntos y materias que éste disponga.

  3. Coordinar todas aquellas unidades, tanto de la propia Presidencia como de las consellerias, que participen directa o indirectamente en la programación o desarrollo de actos en los que intervenga la Presidencia de la Generalitat, así como coordinar las mismas a efectos de elaborar la información política y técnica necesaria para el asesoramiento del presidente.

Sección segunda Artículos 7 a 12

Del nivel directivo del Gabinete del President

Artículo 7 Órganos directivos dependientes del Gabinete del President

Del/la director/a del Gabinete del President, que tendrá el rango de secretario/a autonómico/a, dependerán la Dirección General de Análisis y Políticas Públicas y la Dirección General de Organización.

Subsección primera Artículos 8 a 10

De la Dirección General de Análisis y Políticas Públicas y su nivel administrativo

Artículo 8 De la Dirección General de Análisis y Políticas Públicas
  1. La Dirección General de Análisis y Políticas Públicas tiene asignadas, además de las que el director/a del Gabinete determine, las siguientes funciones:

    1. Prestar asesoramiento y asistencia al director del Gabinete del President.

    2. Realización de estudios e informes sobre las materias y políticas públicas que afecten al Consell.

    3. Recopilación de información y documentación para el seguimiento de las políticas públicas desarrolladas por el Consell.

  2. De la Dirección General de Análisis y Políticas Públicas depende la Subdirección General de Análisis y Políticas Públicas.

Artículo 9 De la Subdirección General de Análisis y Políticas Públicas

La Subdirección General de Análisis y Políticas Públicas tiene encomendadas las siguientes funciones:

  1. Obtención, tratamiento y análisis de la información relacionada con la acción del Consell y sus políticas públicas.

  2. Elaboración de informes de síntesis y estratégicos para la dirección y coordinación de las políticas públicas desarrolladas por el Consell.

  3. Coordinación de todas aquellas unidades, tanto de la propia Presidencia como de las consellerias, que desarrollen funciones conducentes a la elaboración de la información política y técnica necesaria para el asesoramiento del presidente de la Generalitat.

Artículo 10 De los servicios de la Subdirección General de Análisis y Políticas Públicas

La Subdirección General de Análisis y Políticas Públicas, para el ejercicio de las funciones que tiene asignadas, se estructura en los siguientes servicios:

  1. Servicio de Análisis Económico, el cual llevará a cabo las siguientes funciones:

    1. Recopilación, análisis y seguimiento de datos, indicadores y documentación de carácter económico.

    2. Elaboración de informes, series, comparativas y proyecciones de

      carácter macro y microeconómico.

    3. Todas aquellas funciones del ámbito socioeconómico que les sean solicitadas.

  2. Servicio de Estudios y Documentación, al que le corresponderán las siguientes funciones:

    1. Recopilación, análisis y síntesis de información y documentación, publicada y digital, necesaria para el desarrollo de las funciones propias del Gabinete del President.

    2. Elaboración de estudios y dosieres documentales que sean necesarios para el diseño, la aplicación y evaluación de las políticas públicas.

    3. Redacción de todo tipo de textos y escritos que se requieran para el cumplimiento de las funciones propias de la Presidencia.

    4. Gestión y mantenimiento del archivo, biblioteca, bases de datos documentales y publicaciones.

    5. Cualesquiera otras funciones de análoga finalidad que le sean encomendadas.

  3. Servicio de Análisis de Políticas Públicas, que desarrollará las siguientes funciones:

    1. Evaluación y valoración de las políticas públicas desarrolladas por el Consell en el ámbito de la opinión pública.

    2. Planificación, ejecución y análisis de estudios sociológicos.

    3. Creación, gestión y explotación de bases de datos de información electoral, municipal y estadística.

    4. Aquellas otras tareas relacionadas con sus funciones que les sean requeridas.

  4. Servicio de Seguimiento de Políticas Públicas, que tendrá los siguientes cometidos:

    1. Seguimiento de la actividad de los diferentes departamentos de la Generalitat.

    2. Elaboración de informes, comparativas, indicadores de gestión y balances de actividad sobre las políticas públicas desarrolladas por el...

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