ORDEN 3/2011, de 14 de septiembre, de la Conselleria de Infraestructuras, Territorio y Medio Ambiente, por la que se aprueba la modificación parcial del trazado de la vía pecuaria Colada del Pla de Pitxells en el tramo afectado por el Programa de actuación integrada para la ejecución del Plan parcial del sector II, polígono III, en el área denominada Cap Blanc del término municipal de Peñíscola.

SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorConselleria de Infraestructuras, Territorio y Medio Ambiente
Rango de LeyOrden

Vista la solicitud de Benito Manuel Martínez Choperena, en nombre y representación de la Agrupación de Interés Urbanístico del sector II, polígono III de Peñíscola, adjudicataria del Programa de actuación integrada para la ejecución del Plan parcial que afecta al sector citado, en la que solicita la modificación del trazado de la vía pecuaria denominada Colada de Pla de Pitxells, así como documentos y planos que se acompañan a la misma de fecha 23 de mayo de 2006.

Dicha actuación urbanística se aprueba por el Ayuntamiento de Peñíscola y por la Conselleria de Obras Públicas, Urbanismo y Transportes en fecha de 6 de julio de 1987, así como la reparcelación de dicho plan parcial por el Ayuntamiento de Peñíscola en fecha 15 de marzo de 2002.

En el referido Plan Parcial se contempla una ligera modificación del trazado de la vía pecuaria denominada colada del Pla de Pitxells desde el camino de San Antonio hasta el camino del Mas del Señor trasladando el trazado actual al límite de la citada actuación urbanística e integrándose en un vial de la actuación urbanística con sus mismas dimensiones respecto de la anchura.

La clasificación de las vías pecuarias del término municipal de Peñíscola se aprueba por Orden Ministerial de fecha 27 de septiembre de 1972 y se publica en el Boletín Oficial del Estado de fecha 19 de octubre de 1972, figurando la vía pecuaria nº 2 colada del Pla de Pitxells con una anchura legal de 12 metros.

Discurre de este a oeste, partiendo desde la colada del camino del Pebret, junto al mar, cruzando dicho camino, y llegando hasta el camino de San Antonio.

La vía pecuaria se transfiere a la Comunitat Valenciana por Real decreto 2365/1984, de 8 de febrero, y figura como dominio público de la Generalitat inscrita en el Inventario de bienes y derechos de la Generalitat con número a03/12/089/0002, tomo 3, página 521.

En fecha 18 de marzo de 1986, por resolución de la Dirección General de la Conselleria de Agricultura y Pesca, se aprueba el deslinde de la vía pecuaria, siendo publicada tal resolución en el BOP de Castellón el día 24 de mayo de 1986.

En su tramo medio, desde el cruce con el camino Mas del Señor o camino del Pebret, hacia el oeste, su trazado discurre, parcialmente, por el ámbito del sector de suelo urbanizable correspondiente al sector II polígono III en el área denominada Cap Blanc del término municipal de Peñíscola.

Visto el informe del Servicio de...

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