ORDEN 2/2013, de 20 de febrero, de la Conselleria de Infraestructuras, Territorio y Medio Ambiente, por la que se actualizan las tarifas de los servicios interurbanos de transporte público discrecional de viajeros en automóviles de turismo en la Comunitat Valenciana y se establecen tarifas para los municipios de menos de 20.000 habitantes no incluidos en áreas de prestación conjunta.

SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorConselleria de Infraestructuras, Territorio y Medio Ambiente
Rango de LeyOrden

La Orden 29/2010, de 21 de diciembre, de la Conselleria de Infraestructuras y Transporte, regula el régimen tarifario de los servicios interurbanos de transporte público discrecional de viajeros en automóviles de turismo en la Comunitat Valenciana.

La subida del impuesto sobre el valor añadido y el incremento de los costes de explotación experimentados en el último año, aconsejan la actualización y la consiguiente revisión de las tarifas de aplicación en la actualidad, manteniendo su carácter de tarifas máximas. En la tramitación de la presente orden, se ha dado audiencia a las asociaciones representativas del sector del taxi así como a las de consumidores y usuarios.

Por tanto, en aplicación de lo dispuesto en el artículo 55 de la Ley 6/2011, de 1 de abril, de la Generalitat, de Movilidad de la Comunitat Valenciana, a la vista de lo establecido en el anexo 2 del Real Decreto Ley 7/1996, de 7 de junio, sobre medidas urgentes de carácter fiscal y de fomento y liberalización de la actividad económica, y de conformidad con el artículo 28.e de la Ley 5/1983, de 30 de diciembre, del Consell, modificada por la Ley 12/2007, de 20 de marzo, y el artículo 5 del Decreto 192/2012, de 21 de diciembre, del Consell, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico y Funcional de la Conselleria de Infraestructuras, Territorio y Medio Ambiente,

ORDENO

Artículo 1 Tarifas máximas
  1. Los servicios interurbanos de transporte público discrecional de viajeros por carretera llevados a cabo por vehículos provistos de autorización documentada en tarjeta de la clase VT se realizarán con sujeción a las siguientes tarifas máximas (impuestos incluidos). Estas tarifas serán también de aplicación a aquellas áreas funcionales con una población igual o inferior a 20.000 habitantes salvo que se haya dispuesto en ellas un régimen tarifario específico.

    1. Tarifa ordinaria

      Precio por kilómetro recorrido o fracción: 0,56 euros.

      Mínimo de percepción: 3,12 euros.

      Precio por hora de espera: 14,12 euros.

      Se computará por fracciones de 15 minutos, a razón de 3,53 euros cada fracción.

    2. Tarifa especial para servicios nocturnos y domingos y festivos de ámbito nacional, autonómico y local

      Precio por kilómetro recorrido o fracción: 0,67 euros.

      Mínimo de percepción...

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