ORDEN 31/2012, de 22 de junio, de la Conselleria de Educación, Formación y Empleo, por la que se regula las bases de la convocatoria de ayudas para la adquisición de libros de texto y de material didáctico e informático, del alumnado de Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria y de unidades de educación especial, escolarizado en un centro público o en un centro privado concertado y las bases para determinar la dotación económica de los centros de Educación Especial públicos de titularidad de las corporaciones locales y privados concertados y centros de acción educativa singular privados concertados para la adquisición de dichos materiales, en la Comunitat Valenciana para el curso 2012-2013.

SecciónIII - Convenios y Actos
EmisorConselleria de Educación, Formación y Empleo
Rango de LeyOrden

La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación (BOE núm. 106, de 4 de mayo), en su título preliminar, capítulo I, establece los principios y fines de la educación, de acuerdo con los valores de la Constitución e inspirados en los principios de calidad de la educación para todo el alumnado, independientemente de sus condiciones y circunstancias, en la equidad, que garantice la igualdad de oportunidades y en la no discriminación por razones personales, culturales, económicas y sociales.

En el capítulo II del título II de la ley orgánica referida, regula las bases para hacer efectiva la igualdad en el ejercicio del derecho a la educación. Con la finalidad de alcanzar dicho objetivo, las administraciones públicas desarrollarán acciones de carácter compensatorio en relación con las personas, grupos y ámbitos territoriales que se encuentren en situaciones desfavorables, para lo que proveerán los recursos económicos y los apoyos precisos para ello.

Para garantizar la igualdad de todas las personas en el ejercicio del derecho a la educación, con independencia de su lugar de residencia, la Administración pública prevé un sistema de becas y ayudas al estudio con cargo a los Presupuestos Generales del Estado, cuya regulación, con carácter básico, lleva a cabo el Gobierno.

La Generalitat de la Comunitat Valenciana, con independencia de las becas y ayudas al estudio convocadas por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, desde hace años, ha concedido ayudas para la adquisición de libros de texto para el alumnado de la enseñanza básica con cargo a sus propios presupuestos y ha llegado a universalizar la ayuda a través del sistema del bonolibro para todos los alumnos de Educación Primaria, sin tener en cuenta otras situaciones que la matrícula del alumno en un centro.

El esfuerzo económico que este sistema conlleva, obliga a priorizar las necesidades de la sociedad y atender, en primer lugar, a los ciudadanos que se encuentran en peor situación económica.

Los principios constitucionales de igualdad, de progreso social, de distribución equitativa de las rentas personales y de capacidad económica obligan a los poderes públicos a asignar equitativamente los recursos públicos.

En esta línea constitucional, la Conselleria de Educación, Formación y Empleo convoca para el curso 2012-2013 ayudas económicas para la adquisición de libros de texto y de material didáctico e informático del alumnado de Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria y de unidades de educación especial, escolarizado en un centro público o en un centro privado concertado en la Comunitat Valenciana que cumpla determinados requisitos socioeconómicos que se concretan en las bases de esta convocatoria.

La presente orden se atiene a lo establecido en la Ley 38/2003, General de Subvenciones, de 17 de noviembre, (BOE núm. 276, de 18 de noviembre), el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba su reglamento (BOE núm. 176, de 25 de julio), y también al Decreto Legislativo de 26 de junio de 1991, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Hacienda Pública de la Generalitat Valenciana (DOGV núm. 1588, de 17 de julio).

En virtud de las atribuciones que me confiere el artículo 47.3 del texto refundido de la Ley de Hacienda Pública de la Generalitat Valenciana, vista la propuesta del director general de Ordenación y Centros Docentes, de fecha 21 de junio de 2012 y de conformidad con la misma,

ORDENO

Primero. Objeto

  1. El objeto de la presente orden es, por una parte, regular en el anexo I las bases de la convocatoria de ayudas para la adquisición de libros de texto y de material didáctico e informático, del alumnado de Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria y de las unidades de educación especial, escolarizado en los centros públicos o en los centros privados concertados de la Comunitat Valenciana en el curso 2012-2013 y, por otra parte, regular en el anexo II las bases para determinar la dotación económica de los centros de educación especial de titularidad de corporaciones locales y privados concertados y de los centros de acción educativa singular privados concertados para la adquisición de dichos materiales

  2. De conformidad con las bases del anexo I, las ayudas se concederán a los alumnos en régimen de concurrencia competitiva, de conformidad con el artículo 22, punto 1, de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

  3. De acuerdo con las bases del anexo II, los centros públicos de titularidad de corporaciones locales y privados concertados de educación especial y de acción educativa singular privados concertados, dadas las características del alumnado matriculado en estos centros, las necesidades de libros de texto y de material didáctico e informático de los citados alumnos serán atendidas a través de una dotación económica que será transferida al centro para atender dichas necesidades.

  4. Los centros públicos de titularidad de la Generalitat de educación especial y de acción educativa singular quedan excluidos de participar en esta convocatoria. Las necesidades de libros de texto y material didáctico e informático de su alumnado serán atendidas a través de los gastos de funcionamiento de los centros.

    Segundo. Crédito disponible

  5. El crédito máximo para la financiación de esta orden será de

    28.748.810 euros, con cargo a la línea de subvención T0067000, del capítulo IV, de la sección, servicio, centro gestor y programa

    09.02.01.422.20, de la Ley 10/2011, de 27 de diciembre, de Presupuestos de la Generalitat para el ejercicio 2012 (DOCV núm. 6.682, de 30 de diciembre).

  6. El citado importe podrá ser incrementado como consecuencia de una generación, una ampliación o una incorporación de crédito que no requerirá de una nueva convocatoria, de conformidad con lo previsto en el artículo 58, apartado 2, letra a), punto cuarto del Reglamento de la Ley General de Subvenciones.

    Tercero. Importe individual de la ayuda

    La cuantía individual de la ayuda para la adquisición de libros de texto y de material didáctico e informático para el alumnado que participa en esta convocatoria será como máximo de 125 euros.

    Cuarto

    La presente convocatoria, de conformidad con el artículo 7.4 del Decreto 147/2007, de 7 de septiembre, del Consell, por el que regula el procedimiento de notificación y comunicación a la Comisión Europea de los proyectos de la Generalitat dirigidos a establecer, conceder o modificar ayudas públicas (DOCV núm. 5.596, de 11 de septiembre), está exenta de notificación a la Comisión Europea por no serle de aplicación el artículo 107, del Tratado CE, en la medida que no afecta a los intercambios comerciales entre los estados miembros.

    Quinto

    A los beneficiarios de estas ayudas no les resulta de aplicación lo previsto en el artículo 13.2 de la Ley General de Subvenciones, en tanto que sobre el alumnado participante no concurren las circunstancias previstas en dicho artículo.

DISPOSICIONES FINALES

Primera

Se delega en la Dirección General de Ordenación y Centros Docentes la facultad de conceder las ayudas para la adquisición de libros de texto y de material didáctico e informático y se le autoriza para que

dicte las resoluciones necesarias para la ejecución de la presente orden. Asimismo, se delega en la Dirección General de Ordenación y Centros Docentes la resolución de los expedientes de reintegro de la subvención que sean pertinentes y se le autoriza para la ampliación de los plazos de presentación de solicitudes, de conformidad con el artículo 49 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (BOE núm. 285, de 27 de noviembre), así como excepcionalmente el plazo de resolución de la presente convocatoria, de conformidad con el artículo 42.6 de dicha Ley, cuando las circunstancias lo aconsejen para la ejecución de esta orden.

Segunda

Esta orden producirá efectos a partir del día siguiente al de su publicación en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana.

Respecto a los solicitantes que participen en la fase B de esta convocatoria, producirá efectos a partir del primer día del periodo de matrícula para el curso 2012-2013, según lo que se establezca en el calendario escolar.

De acuerdo con los artículos 107, 116 y 117 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y 10, 14 y 46 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción contencioso-administrativa, contra la presente orden, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer potestativamente un recurso de reposición o bien plantear directamente un recurso contencioso-administrativo, en los plazos y ante los órganos que se indican a continuación:

  1. El recurso de reposición se deberá interponer ante la consellera de Educación, Formación y Empleo en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de la publicación en el DOCV.

  2. El recurso contencioso-administrativo deberá plantearse ante el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de la publicación en el DOCV.

Valencia, 22 de junio de 2012

La consellera de Educación, Formación y Empleo, MARÍA JOSÉ CATALÁ VERDET

ANEXO I

Bases de la convocatoria de ayudas para la adquisición de libros de texto y de material didáctico e informático, del alumnado de Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria y de las unidades de educación especial, escolarizado en un centro público o en un centro privado concertado de la Comunitat Valenciana en el curso 2012-2013.

Base 1. Objeto y estudios para los que se convoca la ayuda

  1. El objeto de la convocatoria es la concesión de ayudas para la adquisición de libros de texto, material didáctico e informático.

  2. Podrán solicitar la ayuda los padres o tutores legales del alumnado que realice los estudios...

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