ORDEN 9/2015, de 9 de diciembre, de la Conselleria de Agricultura, Medio Ambiente, Cambio Climático y Desarrollo Rural, por la que se establecen la composición y las normas de funcionamiento de la Comisión Valenciana de Homologación de Trofeos de Caza.

SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorConselleria de Agricultura, Medio Ambiente, Cambio Climático y Desarrollo Rural
Rango de LeyOrden

La comisiones autonómicas o regionales de homologación de trofeos de caza son los organismos encargados del control y medición de los trofeos de caza. Se crean bajo la coordinación de la Junta Nacional de Homologación de Trofeos de Caza, cuya actividad se inició en 1962 y está regulada por Orden del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente AAA/1231/2013, de 1 de julio.

La Ley 13/2004, de 27 de diciembre, de Caza de la Comunitat Valenciana, hace referencia en el artículo 17 al organismo responsable de la homologación de trofeos de caza y su relación con la conselleria competente en materia de caza.

Teniendo en cuenta que las competencias sobre caza están transferidas a la Comunitat Valenciana según el artículo 148.1.11ª de la Constitución Española y el 49.1.17ª del Estatuto de Autonomía de la Comunitat Valenciana, y como desarrollo de la disposición transitoria primera de la Orden AAA/1231/2013, de 1 de julio, por la que se regula la Junta Nacional de Homologación de Trofeos de Caza, se redacta esta orden.

Oído el Consejo Valenciano de la Caza, conforme al Consell Jurídic Consultiu, en virtud de las facultades que me confiere el artículo 28 de la Ley 5/1983, de 30 de diciembre, del Consell, el Decreto 7/2015, de 29 de junio, del president de la Generalitat, por el que determina las consellerias en que se organiza la administración de la Generalitat, así como de conformidad con lo dispuesto en Decreto 158/2015, de 18 de septiembre, del Consell, por el que se aprueba el Reglamento orgánico y funcional de la Conselleria de Agricultura, Medio Ambiente, Cambio Climático y Desarrollo Rural (DOCV 7620, 22.09.2015), y en uso de las facultades que tengo atribuidas,

ORDENO

Artículo 1 Objeto

La presente orden tiene por objeto regular la Comisión Valenciana de Homologación de Trofeos de Caza en la Comunitat Valenciana y establecer sus normas de funcionamiento.

Artículo 2 Naturaleza y sede

La Comisión Valenciana de Homologación de Trofeos de Caza es un órgano colegiado adscrito a la dirección general competente en materia de caza, en cuyas dependencias radicará su sede. Dispondrá de un centro de valoración de trofeos en cada provincia con dirección en las direcciones territoriales con competencias en caza.

Artículo 3 Composición
  1. La Comisión Valenciana de Homologación de Trofeos de Caza de la Comunitat Valenciana tiene la siguiente composición:

    - Presidente

    - Vicepresidente

    - Secretario, que será una persona funcionaria adscrita a la dirección general, con voz y sin voto.

    - Al menos dos vocales por cada provincia.

  2. Todos los miembros serán nombrados entre personas de reconocido prestigio y conocimiento en temas de caza mayor por la dirección general.

  3. El presidente y el secretario serán nombrados directamente por la dirección general; el vicepresidente se nombrará a propuesta de los vocales y los vocales serán nombrados a propuesta de las comisiones territoriales de caza.

  4. La duración en los cargos de los miembros de la comisión será por cinco años, pudiendo ser reelectos de forma indefinida. Su sustitución o cese se realizará por resolución de la dirección general de oficio,

    a propuesta de la Comisión Valenciana de Homologación de Trofeos de Caza o por voluntad de cada miembro.

  5. Todos los miembros ejercerán sus funciones con carácter honorífico y ningún cargo podrá ser retribuido.

Artículo 4 Funciones de los miembros
  1. Serán funciones del presidente:

    - Ostentar la representación de la Comisión de Homologación.

    - Acordar la convocatoria de sesiones ordinarias y extraordinarias, fijar el orden del día, así como presidir la...

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