ORDEN 72/2016, de 17 de noviembre, de la Conselleria de Educación, Investigación, Cultura y Deporte, por la que se establece y autoriza el plan de estudios conducente a la obtención del título superior de Música en la especialidad de Sonología del Conservatorio Superior de Música Joaquín Rodrigo de Valencia.

SecciónIII - Convenios y Actos
EmisorConselleria de Educación, Investigación, Cultura y Deporte
Rango de LeyOrden
PREÁMBULO

El Real Decreto 631/2010, de 14 de mayo, por el que se regula el contenido básico de las enseñanzas artísticas superiores en Música establecidas en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo de Educación, determina en su artículo 4.2 que las especialidades de las enseñanzas artísticas superiores en Música son las siguientes: Composición, Dirección, Interpretación, Musicología, Pedagogía, Producción y gestión y Sonología. El artículo 7 del citado real decreto establece, en sus apartados 1 y 3, que las Administraciones educativas, vista la propuesta de los centros, establecerán los planes de estudios completando hasta el total de 240 créditos los mínimos fijados en dicho real decreto y podrán disponer diversos itinerarios académicos en cada una de las especialidades.

En el ámbito de la Generalitat, el Decreto 48/2011, de 6 de mayo, del Consell, por el que se establece la ordenación de las enseñanzas artísticas superiores y se determina el marco normativo para la implantación de los planes de estudio correspondientes a los títulos oficiales de las diferentes enseñanzas artísticas superiores, señala en su artículo 7.1 que «la organización y distribución general de los 240 créditos ECTS de cada plan de estudios se hará de conformidad con lo establecido, en aquello que le resulte de aplicación, en los Reales Decretos 630 a 635/2010, de 14 de mayo, así como con lo dispuesto en este decreto». En su artículo 7.3 señala que «los centros impartirán las especialidades e itinerarios que expresamente les sean autorizados. De conformidad con lo establecido en este decreto, organizarán el plan de estudios y su distribución en asignaturas por semestres; igualmente, realizarán las guías docentes correspondientes a las asignaturas, que habrán de ser públicas». Asimismo, la disposición final primera de dicho decreto, habilita al conseller o consellera con competencias en materia de educación superior para autorizar los planes de estudios de los centros de enseñanzas artísticas superiores de conformidad con aquel.

Finalmente, el artículo 2 del Decreto 82/2009, de 12 de junio, del Consell, por el que se aprueban los Estatutos del Instituto Superior de Enseñanzas Artísticas de la Comunitat Valenciana (ISEACV), integran en dicha entidad los centros superiores de enseñanzas artísticas que se relacionan en su anexo II, entre los cuales figura el Conservatorio Superior de Música Joaquín Rodrigo de Valencia, habiendo sido esta consultada debidamente en razón a la elaboración y aprobación de esta orden.

En consecuencia, mediante la presente orden se establece y autoriza el plan de estudios, del Conservatorio Superior de Música Joaquín Rodrigo de Valencia, conducente a la obtención del título superior de Música en la especialidad de Sonología.

Por lo expuesto, conforme con el Consejo de Dirección del Instituto Superior de Enseñanzas Artísticas de la Comunitat Valenciana, informado el Consejo Valenciano de Universidades y de Formación Superior, de acuerdo con la propuesta de la directora general de Universidad, Investigación y Ciencia de fecha 11 de octubre de 2016, y en ejercicio de las atribuciones conferidas por la disposición final primera del Decreto 48/2011, antes mencionado, y por el artículo 28.e de la Ley 5/1983, de 30 de diciembre, del Consell,

ORDENO

Artículo 1 Objeto

La presente orden tiene por objeto el establecimiento y autorización del plan de estudios conducentes a la obtención del título Superior oficial de Música, en la especialidad de Sonología, en el Conservatorio Superior de Música Joaquín Rodrigo de Valencia, de conformidad con lo establecido en el Real Decreto 631/2010, de 14 de mayo, por el que se regula el contenido básico de las enseñanzas artísticas superiores de Música establecidas en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de

Educación y en el Decreto 48/2011, de 6 de mayo, del Consell, por el que se establece la ordenación de las enseñanzas artísticas superiores y se determina el marco normativo para la implantación de los planes de estudios correspondientes a los títulos oficiales en las diferentes enseñanzas artísticas superiores, en el ámbito de la Comunitat Valenciana.

Artículo 2 Título Superior de Música en la especialidad de Sonología

La superación de las enseñanzas artísticas superiores de Música en la especialidad de Sonología, dará lugar a la obtención del título superior de Música en dicha especialidad. Este título tiene carácter oficial y validez académica y profesional en todo el territorio nacional según establece el Real Decreto 631/2010, de 14 de mayo.

Artículo 3 Organización del plan de estudios
  1. El plan de estudios conducente a la obtención del título superior de Música, en la especialidad de Sonología, contiene las competencias transversales, las competencias generales y las competencias específicas propias de la especialidad que se determinan en el Anexo I de esta orden.

  2. El plan de estudios del título superior de Música, de la especialidad de Sonología, comprende 4 cursos académicos de 60 créditos, conformes al Sistema Europeo de Transferencia de Créditos (ECTS), cada uno, distribuidos en ocho semestres, con un total de 240 créditos ECTS.

  3. La distribución de los 240 créditos ECTS es la siguiente:

  1. Materias y asignaturas de formación básica, con un mínimo de 24 créditos.

  2. Materias y asignaturas de formación obligatoria de especialidad, con un mínimo de 102 créditos.

  3. El trabajo de final de título, cuya duración será de 10 créditos y se realizará en la fase final del plan de estudios.

Artículo 4 Autorización del plan de estudios

De acuerdo con lo señalado en esta orden, se autoriza el plan de estudios del título superior de Música, en la especialidad de Sonología, para el Conservatorio Superior de Música Joaquín Rodrigo de Valencia, incluido como Anexo II.

DISPOSICIÓN ADICIONAL

Única. Ausencia de incidencia en el gasto presupuestario de la Generalitat

La implementación y posterior desarrollo de esta orden no podrá tener incidencia alguna en la dotación de todos y cada uno de los capítulos de gasto asignados a la conselleria competente en materia de educación y, en todo caso, deberá ser atendido con los propios medios humanos y materiales de dicho departamento y del Conservatorio Superior de Música Joaquín Rodrigo de Valencia.

DISPOSICIÓN DEROGATORIA

Única

Quedan derogadas cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo dispuesto en la presente orden.

DISPOSICIÓN FINAL

Única. Entrada en vigor

La presente orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.

Valencia, 17 de noviembre de 2016

El conseller de Educación, Investigación, Cultura y Deporte, VICENT MARZÀ IBÁÑEZ

ANEXO I Competencias propias del título

Competencias transversales del título superior de Música.

Al finalizar sus estudios superiores de Música, los titulados deben poseer las siguientes competencias transversales:

CT 1 Organizar y planificar el trabajo de forma eficiente y motivadora.

CT 2 Recoger información significativa, analizarla, sintetizarla y gestionarla adecuadamente.

CT 3 Solucionar problemas y tomar decisiones que respondan a los objetivos del trabajo que se realiza.

CT 4 Utilizar eficientemente las tecnologías de la información y la comunicación.

CT 5 Comprender y utilizar, al menos, una lengua extranjera en el ámbito de su desarrollo profesional.

CT 6 Realizar autocrítica hacia el propio desempeño profesional e interpersonal.

CT 7 Utilizar las habilidades comunicativas y la crítica constructiva en el trabajo en equipo.

CT 8 Desarrollar razonada y críticamente ideas y argumentos.

CT 9 Integrarse adecuadamente en equipos multidisciplinares y en contextos culturales diversos.

CT 10 Liderar y gestionar grupos de trabajo.

CT 11

Desarrollar en la práctica laboral una ética profesional basada en la apreciación y sensibilidad estética, medioambiental y hacia la diversidad.

CT 12

Adaptarse, en condiciones de competitividad a los cambios culturales, sociales y artísticos y a los avances que se produzcan en el ámbito profesional y seleccionar los cauces adecuados de formación continua.

CT 13 Buscar la excelencia y la calidad en su actividad profesional

CT 14 Dominar la metodología de investigación en la generación de proyectos, ideas y soluciones viables.

CT 15 Trabajar de forma autónoma y valorar la importancia de la iniciativa y el espíritu emprendedor en el ejercicio profesional.

CT 16 Usar los medios y recursos a su alcance con responsabilidad hacia el patrimonio cultural y medioambiental

CT 17

Contribuir con su actividad profesional a la sensibilización social de la importancia del patrimonio cultural, y su incidencia en los diferentes ámbitos y su capacidad de generar valores significativos.

Competencias generales del título superior de Música.

Al finalizar sus estudios superiores de Música, los titulados...

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