ORDEN 5/2020, 28 de febrero, de la Conselleria de Agricultura, Desarrollo Rural, Emergencia Climática y Transición Ecológica, por la que se acuerda iniciar el procedimiento de modificación del Catálogo de zonas húmedas de la Comunitat Valenciana. [2020/2035]

SecciónIII - Convenios y Actos
EmisorConselleria de Agricultura, Desarrollo Rural, Emergencia Climática y Transición Ecológica
Rango de LeyOrden

En la Comunitat Valenciana existen 48 zonas húmedas catalogadas a través del Catálogo de zonas húmedas de la Comunitat Valenciana, que fue aprobado por Acuerdo del Consell de 10 de septiembre de 2002, del Gobierno Valenciano.

El régimen jurídico aplicable a los terrenos incluidos en el Catálogo de zonas húmedas es el establecido en el artículo 3, apartado 1 y 15, de la Ley 11/1994, de la Generalitat, de espacios naturales protegidos de la Comunitat Valenciana.

El acuerdo de aprobación del catálogo de zonas húmedas, establece que «la incorporación, supresión o modificación de zonas húmedas en el catálogo requerirá el mismo procedimiento de aprobación realizado».

Valorada la necesidad de dotar de una protección específica a las zonas húmedas que se relacionan a continuación, con el fin de garantizar la conservación y el uso sostenible de estos ecosistemas y que, a día de hoy, carecen de la misma, se ha considerado necesario modificar el Catálogo de zonas húmedas para incluir las zonas húmedas siguientes:

- Albufera de Gaianes, en los términos municipales de Gaianes y Alcocer de Planes (Alicante).

- Embalse de la Pedrera, en los términos municipales de Orihuela y San Miguel de Salinas (Alicante).

- Conjunto de El Prado-Rodriguillo, en el término municipal de El Pinós. (Alicante).

- Laguna de Sant Mateu (Castellón).

- El Quadre de Santiago, en el término municipal de Benicassim (Castellón).

- Laguna temporal del Rebalsador- El Prao en el término municipal de Alcublas (Valencia).

- Desembocadura del Río Monnegre o Río Seco en el término municipal del El Campello (Alicante).

Igualmente, se considera conveniente, descatalogar la parcela «D» del Sector «ZO-1» en Guardamar del Segura de la Zona Húmeda Catalogada «Desembocadura del Rio Segura».

Por todo lo expuesto,

ORDENO

Artículo 1
  1. Se acuerda la iniciación del expediente de modificación del Catálogo de zonas húmedas de la Comunitat Valenciana, de acuerdo con lo establecido en el Acuerdo de 10 de septiembre de 2002, del Gobierno Valenciano, de conformidad con lo establecido en el artículo 25.1 de la Ley 11/1994, de 27 de diciembre, de Espacios Naturales Protegidos de la Comunitat Valenciana.

Artículo 2

Se abre un periodo de tres meses para que, en primer lugar, los ayuntamientos respectivos presenten documentación, observaciones y sugerencias para facilitar la delimitación provisional que figurará en...

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