ORDEN 45/2015, de 4 de mayo, de la Consellería de Educación, Cultura y Deporte, por la que se convoca procedimiento selectivo para ingreso en el cuerpo de maestros y procedimiento para la adquisición de nuevas especialidades por funcionarios del mismo cuerpo.

SecciónII - Autoridades y Personal
EmisorConselleria de Educación, Cultura y Deporte
Rango de LeyOrden

ÍNDICE

Preámbulo
Título I Procedimiento selectivo para ingreso en el cuerpo de maestros
  1. Normas generales

    1.1. Plazas convocadas

    1.2. Distribución de aspirantes

    1.3. Acumulación de plazas del turno de discapacitados

    1.4. Normativa aplicable

  2. Requisitos de los candidatos

    2.1. Requisitos de admisión

    2.2. Plazo de cumplimiento de los requisitos

  3. Solicitudes

    3.1. Forma

    3.2. Documentación

    3.3. Lugares de presentación

    3.4. Plazo de presentación

    3.5. Pago por derechos de examen

    3.6. Devolución de los derechos de examen

  4. Admisión de aspirantes

    4.1. Listas provisionales de admitidos y excluidos

    4.2. Reclamaciones a las listas provisionales

    4.3. Listas definitivas de admitidos y excluidos

    4.4. Recursos a las listas definitivas

    4.5. Requisitos y lista de admitidos

  5. Órganos de selección

    5.1. Nombramiento de los órganos de selección

    5.2. Composición de los tribunales

    5.3. Composición de las comisiones de selección

    5.4. Obligatoriedad de la participación

    5.5. Abstención

    5.6. Plazo para manifestar la abstención

    5.7. Recusación

    5.8. Constitución de los órganos de selección

    5.9. Nombramiento nuevos miembros de órganos de selección

    5.10. Funciones de los tribunales

    5.11. Funciones de las comisiones de selección

    5.12. Asesores especialistas y ayudantes técnicos

    5.13. Procedimiento de actuación de los órganos de selección

    5.14. Adaptaciones para los aspirantes con discapacidades

    5.15. Número de aspirantes seleccionados

    5.16. Indemnizaciones y dietas

  6. Comienzo y desarrollo del procedimiento selectivo

    6.1. Comienzo

    6.2. Desarrollo

    6.3. Publicidad de los criterios de evaluación

  7. Sistemas de selección

    7.1. Pruebas previas

    7.2. Fase de oposición

  8. Calificación

    8.1. Calificación de la fase de oposición

    8.2. Valoración de la fase de concurso

    8.3. Posible expulsión de aspirantes

  9. Superación de las fases de oposición y concurso

    9.1. Agregación de puntuaciones

    9.2. Criterios de desempate

    9.3. Declaración de aspirantes seleccionados

    9.4. Lista única de aspirantes seleccionados

    9.5. Publicación de la lista de aspirantes seleccionados

    9.6 Recursos contra la lista de aspirantes seleccionados

    9.7. Aspirantes que aprueben por más de una especialidad

    9.8. Aspirantes que aprueben por distintas administraciones educativas

    9.9. Inalterabilidad de las plazas asignadas

  10. Presentación de documentos por los aspirantes seleccionados

    10.1. Plazo y lugar de presentación

    10.2. Documentación a presentar

    10.3. Documentación a presentar por funcionarios de carrera

    10.4. Opción por las remuneraciones

    10.5. Nulidad de actuaciones

  11. Nombramiento de funcionarios en prácticas

  12. Fase de prácticas

    12.1. Objeto

    12.2. Duración y regulación

    12.3. Acreditación del Certificado de Capacitación para la Enseñanza en Valenciano

    12.4. Efectos de la no superación

    12.5. Prórrogas

    12.6. Régimen jurídico-administrativo

  13. Nombramiento de funcionarios de carrera

    13.1. Aprobación del expediente

    13.2. Destino en propiedad definitiva

  14. Desempeño de puestos en régimen de interinidad

Título II Convocatoria de procedimiento para la adquisición de nuevas especialidades
  1. Normas generales

  2. Sistema de habilitación

  3. Requisitos de los candidatos

  4. Solicitudes

    18.1. Forma

    18.2. Lugares de presentación

    18.3. Plazo de presentación

    18.4. Pago por derechos de examen

  5. Admisión de aspirantes

  6. Tribunales

  7. Comienzo y desarrollo de las pruebas

  8. Calificación

    22.1. Valoración de la prueba

    22.2. Publicación y recursos

    Normas finales

Anexo I Baremo para la valoración de méritos
Anexo II Exención de la prueba de español para extranjeros Anexo III. Modelo de declaración jurada o promesa
Anexo IV Solicitud de no inclusión en las listas de interinos Anexo V. Declaración de méritos presentados
Anexo VI Programación didáctica
Anexo VII Especificaciones prueba práctica
Anexo VIII Ubicación de las direcciones territoriales de Educación, Cultura y Deporte.
Anexo IX Temario específico de Primaria.
PREÁMBULO

La disposición adicional duodécima de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación y el Real Decreto 276/2007, de 23 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de ingreso, accesos y adquisición de nuevas especialidades en los cuerpos docentes a que se refiere la Ley Orgánica 2/2006, establecen que el sistema de ingreso en la función pública docente será el de concurso-oposición, que incluirá una fase de prácticas que también constituirá parte del proceso selectivo.

Dicho procedimiento selectivo, establecido en el título III «Del sistema de ingreso», del mencionado reglamento, ha de permitir comprobar la idoneidad de los aspirantes para el ejercicio de la docencia. Para ello, no solo se comprobará que los aspirantes poseen los conocimientos específicos, científicos y técnicos de la especialidad a la que se opta, sino también la aptitud pedagógica y el dominio de las técnicas necesarias para el ejercicio docente.

El artículo 3 del citado reglamento establece que el órgano competente de la comunidad autónoma convocante, una vez aprobada su respectiva oferta de empleo, procederá a realizar las convocatorias para la provisión de las plazas autorizadas en dichas ofertas de empleo, con sujeción en todo caso a las normas de función pública que les sean de aplicación.

Por otra parte, el título V del mismo reglamento regula el procedimiento para la adquisición de nuevas especialidades estableciendo

en el artículo 53 que los funcionarios del cuerpo de maestros podrán adquirir nuevas especialidades, dentro del mismo cuerpo, mediante la realización de una prueba.

Por Decreto 62/2002, de 25 de abril, del Consell, se regula la acreditación de los conocimientos lingüísticos para el acceso y la provisión de puestos en la función pública docente no universitaria en la Comunitat Valenciana.

Aprobada la oferta de empleo público docente en el ámbito de gestión de la Generalitat por Decreto 57/2015, de 30 de abril, del Consell, cumplido lo previsto en el artículo 37.1 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público y de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 3 y 52 del citado reglamento de ingreso, accesos y adquisición de nuevas especialidades en los cuerpos docentes, los artículos 153 y siguientes de la Ley 10/2010, de 9 de julio, de la Generalitat, de Ordenación y Gestión de la Función Pública Valenciana y la Orden 90/2013, de 6 de noviembre, de la Consellería de Educación, Cultura y Deporte, por la que se regula la catalogación con el requisito lingüístico de valenciano de determinados puestos de trabajo docentes en centros docentes públicos y en los servicios o unidades de apoyo escolar y educativo dependientes de la Generalitat; vista la propuesta del director general de Centros y Personal Docente, de fecha 4 de mayo de 2015 y de conformidad con la misma, en uso de las competencias atribuidas, esta Consellería de Educación, Cultura y Deporte acuerda convocar procedimientos selectivos de ingreso en el cuerpo de maestros y procedimiento para la adquisición de nuevas especialidades por funcionarios del mismo cuerpo, con arreglo a las siguientes bases:

TÍTULO I

Procedimiento selectivo para ingreso en el cuerpo de maestros

  1. Normas generales

    1.1. Plazas convocadas

    Se convoca procedimiento selectivo para cubrir, en el ámbito de gestión de la Consellería de Educación, Cultura y Deporte, 419 plazas del cuerpo de maestros (subgrupo A2), con el desglose por especialidades y turnos que a continuación se detalla:

    Código Especialidad

    Ingreso libre

    Reserva discapacitados Total 120 Educación Infantil 52 3 55 121 Lengua Extranjera: Inglés 152 12 164 123 Educación Física 24 1 25 124 Música 23 2 25 126 Audición y Lenguaje 46 4 50 127 Pedagogía Terapéutica 46 4 50 128 Educación Primaria 46 4 50

    Total 389 30 419

    Conforme a lo dispuesto en el artículo 1 de la Ley 53/2003, de 10 de diciembre, sobre empleo público de discapacitados, así como en el artículo 59 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público modificada por la Ley 26/2011, de 1 de agosto, y artículo 55 de la Ley 10/2010, de 9 de julio, de la Generalitat, de Ordenación y Gestión de la Función Pública Valenciana, se reserva un siete por ciento de las plazas para su cobertura por personas cuyo grado de discapacidad sea igual o superior al treinta y tres por ciento.

    1.2. Distribución de aspirantes

    La Dirección General de Centros y Personal Docente realizará la distribución del personal aspirante de cada especialidad en proporción al número de tribunales, respetando, siempre que sea posible, la provincia que el citado personal haya consignado en la...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR