ORDEN 41/2017, de 24 de octubre, de la Conselleria de Educación, Investigación, Cultura y Deporte, por la que se modifican las bases reguladoras de la concesión de subvenciones destinadas a financiar la remodelación y construcción de locales sociales de las sociedades musicales de la Comunitat Valenciana, aprobadas por la Orden 57/2016, de 21 de septiembre, de la Conselleria de Educación, Investigación, Cultura y Deporte. [2017/9558]
Sección | I - Disposiciones Generales |
Emisor | Conselleria de Educación, Investigación, Cultura y Deporte |
Rango de Ley | Orden |
Mediante Orden 57/2016, de 21 de septiembre, de la Conselleria de Educación, Investigación, Cultura y Deporte, se aprobaron las bases reguladoras de la concesión de subvenciones destinadas a financiar la remodelación y construcción de locales sociales de las sociedades musicales de la Comunitat Valenciana. Estas subvenciones están previstas en el Plan estratégico de subvenciones de esta conselleria aprobado por resolución de este departamento de 30.08.2016.
Estas bases reguladoras prevén la concesión de subvenciones a sociedades musicales que realicen obras de remodelación de sus locales sociales y también de construcción, en determinados casos. El desarrollo normativo de esta segunda modalidad de inversión puede resultar excesivamente restrictivo para aquellas sociedades que estén iniciando sus proyectos de construcción. Parece por ello conveniente una modificación de esta disposición de carácter general que permita una mayor flexibilidad en los criterios de admisión de estos proyectos, facilitando con ello la posibilidad de que las sociedades musicales accedan a estas subvenciones.
Por ello, habiéndose emitido los informes preceptivos previstos en las normas de aplicación y en virtud de las facultades que me confiere el artículo 28 de la Ley de la Generalitat 5/1983, de 30 de diciembre, del Consell, y el artículo 165 de la Ley 1/2015, de 6 de febrero, de la Generalitat, de hacienda pública, del sector público instrumental y de subvenciones, así como la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, conforme el Consell Jurídic Consultiu de la Comunitat Valenciana,
ORDENO
Se modifican las bases 2, 6, 7 y 10 de las bases reguladoras de la concesión de subvenciones destinadas a financiar la remodelación y construcción de locales sociales de las sociedades musicales de la Comunitat Valenciana, aprobadas por la Orden 57/2016, de 21 de septiembre, de la Conselleria de Educación, Investigación, Cultura y Deporte, que quedan redactadas como se indica en el anexo de esta orden.
Única. Incidencia presupuestaria
La aprobación de esta orden no comporta, en sí misma, obligaciones económicas en los presupuestos de la Generalitat, sin perjuicio de las convocatorias que puedan aprobarse con arreglo a la consignación presupuestaria que se establezca en el correspondiente ejercicio.
Única. Solicitudes en tramitación
La convocatoria de estas subvenciones efectuada por la Resolución de 9 de marzo de 2017, de la Conselleria de Educación, Investigación, Cultura y Deporte, continuará rigiéndose por las bases reguladoras que se aprobaron mediante la Orden 57/2016, de 21 de septiembre, de la Conselleria de Educación, Investigación, Cultura y Deporte, hasta la conclusión del procedimiento.
Primera. Facultad de desarrollo
Se autoriza al titular de la dirección general que tenga asignadas las funciones correspondientes para la gestión de estas subvenciones para que, en el ámbito de sus competencias, adopte las medidas o resoluciones necesarias para el desarrollo y ejecución de esta orden.
Segunda. Entrada en vigor
La presente orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.
València, 24 de octubre de 2017
El conseller de Educación, Investigación, Cultura y Deporte, VICENT MARZÀ IBÁÑEZ
ANEXO
Bases reguladoras que se modifican
Base 2. Requisitos para solicitar y en su caso obtener estas subvenciones y forma de acreditarlos. Modalidades de inversión subvencionables.
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Podrán solicitar estas subvenciones las sociedades musicales definidas en el punto 2 de la base 1, cuya actuación se realice en el ámbito territorial de la Generalitat.
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Se podrán subvencionar los gastos ocasionados por la ejecución de obras dentro del año natural que prevea la convocatoria, en locales o dependencias de sociedades musicales. La adquisición de máquinas y equipos solo se admitirá si precisan instalación y esta se incluye en el proyecto o documento técnico que se presente.
Se establecen dos modalidades de inversión subvencionable:
- Modalidad remodelación: incluye obras de remodelación y rehabilitación, reforma, mejora, adecuación y modernización de locales sociales en espacios existentes y sus instalaciones.
- Modalidad construcción: incluye obras de nueva construcción, ampliación y habilitación de nuevos espacios de locales sociales.
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A los efectos del procedimiento de concesión de ayudas que se regula en estas bases, solo son gastos o costes subvencionables aquellos que pueden incluirse en el presupuesto de ejecución material de la obra. Por ello, el presupuesto de ejecución material se tomará como presupuesto de la inversión, excluyendo por tanto otros conceptos como los gastos generales, honorarios técnicos, beneficio industrial, IVA y otros impuestos y tasas por la concesión de licencias administrativas o otras figuras tributarias, sin perjuicio de que se hagan constar en el presupuesto del documento técnico que se aporte.
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El presupuesto de la inversión y por tanto el de ejecución material de la obra que se adjunte a la solicitud, no podrá superar el importe que se determine en cada convocatoria anual de estas subvenciones. En ningún caso, este importe máximo establecido en la convocatoria excederá de 125.000,00 €.
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Las subvenciones previstas en las presentes bases reguladoras pueden solicitarse para aquellos locales sociales que cumplan los siguientes requisitos:
Modalidad remodelación
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Encontrarse radicados en algún municipio de la Comunitat Valenciana.
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Pertenecer en propiedad a la sociedad musical solicitante.
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Ser la sede permanente de la...
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