ORDEN 20/2019, de 16 de diciembre, de la Conselleria de Educación, Cultura y Deporte, por la que se regula el bloque común de las enseñanzas deportivas de régimen especial en el ámbito de la Comunitat Valenciana. [2019/12131]

SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorConselleria de Educación, Cultura y Deporte
Rango de LeyOrden

ÍNDICE

PREÁMBULO
Artículo 1 Objeto y ámbito de aplicación
Artículo 2 Bloques y módulos del bloque común
Artículo 3 Duración de las enseñanzas
Artículo 4 Autorización de centros
Artículo 5 Evaluación y acceso
Artículo 6 Requisitos de titulación del profesorado
Artículo 7 Docencia en inglés alternativa al módulo de Inglés Técnico
Artículo 8 Ratio profesorado/alumnado
Artículo 9 Formación semipresencial o a distancia
Artículo 10 Certificados académicos
DISPOSICIONES ADICIONALES
Disposición adicional primera Incidencia presupuestaria Disposición adicional segunda. Escola de l'Esport de la Generalitat
DISPOSICIÓN TRANSITORIA
Disposición transitoria única Actividades de formación deportiva en período transitorio
DISPOSICIÓN DEROGATORIA
Disposición derogatoria única Derogación normativa
DISPOSICIÓN FINAL
Disposición final única Entrada en vigor

ANEXOS

Anexo I Módulos de enseñanza deportiva del bloque común del ciclo inicial de grado medio o nivel I
Anexo II Módulos de enseñanza deportiva del bloque común del ciclo final de grado medio o nivel II
Anexo III Módulos de enseñanza deportiva del bloque común del ciclo superior de grado superior o nivel III
Anexo IV Distribución horaria y secuenciación de los módulos de enseñanzas deportivas del bloque común de los diferentes ciclos
Anexo V Requisitos de la titulación del profesorado para los módulos del bloque común de grado medio en centros públicos de la administración educativa
Anexo VI Requisitos de titulación del profesorado para los módulos del bloque común de grado superior en centros públicos de la administración educativa
Anexo VII Requisitos de titulación del profesorado para los módulos del bloque común de grado medio en centros privados autorizados y de titularidad pública de administraciones distintas de la educativa
Anexo VIII Requisitos de titulación del profesorado para los módulos del bloque común de grado superior en centros privados autorizados y de titularidad pública de administraciones distintas de la educativa
Anexo IX Certificado académico
PREÁMBULO

La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, en el capítulo II, artículo 3.6, atribuye a las enseñanzas deportivas la consideración de enseñanzas de régimen especial, y las regula en el título I, capítulo VIII.

El Real Decreto 1363/2007, de 24 de octubre, por el que se establece la Ordenación general de las enseñanzas deportivas de régimen especial, determina en los artículos 5, 8 y 10 que la organización básica de las enseñanzas deportivas de grado medio y grado superior se estructuran en ciclos, organizados en módulos de duración variable y agrupados en bloques de enseñanza deportiva. De estos, el bloque común está formado por los módulos comunes de enseñanza deportiva,

que tiene que ser obligatorio y coincidir para todas las modalidades y especialidades deportivas, en cada uno de los ciclos en que se organizan estas enseñanzas.

El artículo 16.3 del mencionado Real Decreto 1363/2007, de 24 de octubre, determina que las administraciones competentes establecerán el currículum de las modalidades y, si procede, las especialidades deportivas, de acuerdo con lo previsto en el artículo 6.4 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, teniendo en cuenta la realidad del sistema deportivo en el territorio de su competencia, con el fin de que las enseñanzas respondan a sus necesidades de cualificación, de conformidad con los contenidos básicos de las enseñanzas mínimas establecidas en los reales decretos que desarrollan los títulos de enseñanzas deportivas de régimen especial.

Por otro lado, el Real Decreto 1363/2007, de 24 de octubre, en la disposición transitoria primera, atribuye al Ministerio la competencia para regular el procedimiento que permita actualizar las actividades de formación deportiva a las necesidades de las comunidades autónomas, así como adaptarlas al nuevo marco legal. A estos efectos, mediante la Orden ECD/158/2014, de 5 de febrero, por la que se regulan los aspectos curriculares, los requisitos generales y los efectos de las actividades de formación deportiva a los cuales se refiere la disposición transitoria primera del Real Decreto 1363/2007, de 24 de octubre, establece en el artículo 7 que el bloque común será obligatorio, tendrá carácter de enseñanzas oficiales y, por lo tanto, coincidirá con lo establecido para las enseñanzas deportivas de régimen especial reguladas por el mencionado Real Decreto; y dispone que el currículum de los módulos del bloque común será el establecido por las administraciones educativas competentes, de acuerdo con lo previsto en el artículo 6 bis punto 3 de la Ley Orgánica de Educación.

Así mismo, el Decreto 132/2012, de 31 de agosto, del Consell, regula las enseñanzas deportivas de régimen especial en la Comunitat Valenciana, señala en los artículos 5, 8 y 9 la estructura, bloques y módulos de estos estudios y en su artículo 12 menciona que «La conselleria competente en materia de educación establecerá el currículum de las modalidades y especialidades deportivas, teniendo en cuenta la realidad del sistema educativo y deportivo en la Comunitat Valenciana».

A través de la presente orden se pretende desarrollar en la Comunitat Valenciana el bloque común de las enseñanzas deportivas de régimen especial, reguladas por el mencionado Decreto 132/2012, en dicho ámbito territorial, ordenadas por el Real Decreto 1363/2007, de 24 de octubre, y que será aplicable, así mismo, para las actividades de formación deportiva reguladas por la Orden ECD/158/2014, de 5 de febrero, e impartidas, actualmente, por la Escola de l'Esport de la Generalitat estableciendo un currículum único de este bloque común a todas las enseñanzas deportivas en el ámbito de la Comunitat Valenciana, tal como se indica en el apartado 3 del artículo 7 de la mencionada orden.

En la tramitación de esta norma se han respetado los principios de buena regulación previstos en el artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas: principios de necesidad, eficacia, proporcionalidad, seguridad jurídica, transparencia y eficiencia.

Respecto a los principios de necesidad y eficacia, la norma se adecua al objetivo de desarrollar la normativa básica recogida en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación y la concreción del bloque común de enseñanzas deportivas establecido en el Real Decreto 1363/2007, de 24 de octubre, por el que se establece la ordenación general de las enseñanzas deportivas de régimen especial.

Así mismo se ha tenido en cuenta el principio de proporcionalidad y seguridad jurídica puesto que esta orden es coherente con el marco jurídico vigente y se dicta en el ámbito de las competencias que tiene la consellería en materia de ordenación académica de las enseñanzas deportivas de régimen especial.

El principio de transparencia se ha visto garantizado mediante la participación activa de las personas destinatarias a esta orden en su elaboración, a través del trámite de consulta pública previa, la negociación en los ámbitos de participación de la mesa sectorial de educación y el Consejo Escolar de la Comunidad Valenciana.

Respecto al principio de eficiencia, la regulación que se plantea ha tenido en consideración como principio inspirador desarrollar y concretar para nuestro territorio la estructura de los módulos del bloque común de las enseñanzas deportivas de régimen especial.

Por todo lo expuesto, esta orden se dicta en el ejercicio de las competencias que atribuyen a la Generalitat Valenciana los artículos 27 y 149.1.30.a de la...

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