ORDEN 17/2018, de 3 de mayo, de la Conselleria de Agricultura, Medio Ambiente, Cambio Climático y Desarrollo Rural, por la que se modifica la Orden 19/2016, de 22 de julio, de la Conselleria de Agricultura, Medio Ambiente, Cambio Climático y Desarrollo Rural, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas a los armadores y pescadores de buques pesqueros con puerto base localizado en la Comunitat Valenciana, afectados por la paralización temporal de la actividad pesquera. [2018/4594]

SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorConselleria de Agricultura, Medio Ambiente, Cambio Climático y Desarrollo Rural
Rango de LeyOrden
PREÁMBULO

El Real decreto 1173/2015, de 29 de diciembre, de desarrollo del Fondo Europeo Marítimo y de Pesca, en lo relativo a las ayudas a la paralización definitiva y temporal de la actividad pesquera establece el marco normativo en materia de gestión de las ayudas a la paralización de la actividad pesquera desarrollando lo establecido en el Reglamento (UE) núm. 508/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 15 de mayo de 2014, adaptándolo a las circunstancias concretas de la flota española, teniendo en consideración, especialmente, la distribución competencial existente en España en materia de pesca marítima y ordenación del sector pesquero.

El Real decreto 1173/2015 constituye legislación básica de ordenación del sector pesquero, y en el capítulo III, se establece el marco básico que regula las ayudas a la paralización temporal de la actividad pesquera en los supuestos donde las comunidades autónomas son las encargadas de gestionar dichas ayudas.

Para su aplicación en el ámbito de la Comunitat Valenciana, se publicó la Orden 19/2016, de 22 de julio, de la Conselleria de Agricultura, Medio Ambiente, Cambio Climático y Desarrollo Rural, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas a los armadores y pescadores de buques pesqueros con puerto base localizado en la Comunitat Valenciana, afectados por la paralización temporal de la actividad pesquera.

El Real decreto 486/2017, de 12 de mayo, por el que se modifican el Real decreto 1173/2015, de 29 de diciembre, de desarrollo del Fondo Europeo Marítimo y de Pesca en lo relativo a las ayudas a la paralización definitiva y temporal de la actividad pesquera, y el Real decreto 1549/2009, de 9 de octubre, sobre ordenación del sector pesquero y adaptación al Fondo Europeo de la Pesca, modifica el artículo 16, que regula el importe de la ayuda en paradas temporales, para diferenciar aquellas paradas temporales cuyo periodo subvencionable tenga una duración igual o superior a 15 días e igual o inferior a 31...

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