ORDEN 15/2018, de 30 de abril, de la Conselleria de Educación, Investigación, Cultura y Deporte, por la que se convoca el procedimiento de acceso al cuerpo de catedráticos de Artes Plásticas y Diseño. [2018/4299]

SecciónII - Autoridades y Personal
EmisorConselleria de Educación, Investigación, Cultura y Deporte
Rango de LeyOrden

Índice Preámbulo

  1. Normas generales

    1.1. Objeto

    1.2. Plazas objeto de la convocatoria

    1.3. Normativa aplicable

  2. Requisitos y cumplimiento

    2.1. Requisitos de los aspirantes

    2.2. Fecha de cumplimiento de los requisitos

  3. Solicitudes

    3.1. Forma de presentación de solicitudes

    3.2. Plazo de presentación

    3.3. Pago por derechos de examen

    3.4. Devolución de tasas

    3.5. Instrucciones para rellenar la solicitud telemática

  4. Admisión de aspirantes

    4.1. Lista de admitidos y excluidos

    4.2. Plazo de reclamación contra el listado provisional

    4.3. Estimación o desestimación de las reclamaciones en la lista definitiva de admitidos y excluidos

  5. Órganos de selección

    5.1. Tribunal

    5.1.1. Composición del tribunal

    5.1.2. Secretario o secretaria del tribunal

    5.1.3. Obligatoriedad de participar en el tribunal

    5.1.4. Abstención y recusación

    5.1.5. Constitución del tribunal

    5.1.6. Funciones del tribunal

    5.1.7. Procedimiento de actuación

    5.2. Indemnizaciones y dietas

  6. Sistema de selección

    6.1. Procedimiento

    6.2. Acreditación de los idiomas oficiales

    6.3. Valoración de méritos

    6.4. Evaluación positiva de la actividad docente

  7. Calificación

  8. Superación del proceso selectivo

    8.1. Personas aspirantes seleccionadas

    8.2. Criterios para resolver los empates

    8.3. Acceso por más de una especialidad

  9. Presentación de documentos acreditativos de los requisitos

  10. Destino en el cuerpo de catedráticos

  11. Nombramiento de funcionarios de carrera

  12. Normas finales

Anexo I Baremo para la valoración de los méritos
PREÁMBULO

La disposición adicional séptima , apartado 1 de la Ley orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, establece la ordenación de la función pública docente y las funciones de los cuerpos docentes, atribuyendo las enseñanzas de artes plásticas y diseño, entre otras, a los cuerpos de catedráticos y profesores de artes plásticas y diseño.

Asimismo se establece en el apartado 2 de la disposición adicional octava de la misma Ley que, entre las funciones del cuerpo de catedráticos de artes plásticas y diseño, entre otros, se encuentra la dirección de proyectos de innovación e investigación didáctica de la propia especialidad.

La disposición adicional décima, apartado 2 de la citada ley, establece que para acceder al cuerpo de catedráticos de artes plásticas y diseño será necesario pertenecer al cuerpo de profesores de artes plásticas y diseño y estar en posesión del título de Doctor, Licenciado, Arquitecto,

Ingeniero o Grado correspondiente o titulación equivalente a efectos de docencia, así como superar el correspondiente proceso selectivo.

Asimismo, el apartado 2 de la disposición adicional duodécima de la citada Ley prescribe que los aspirantes que deseen acceder a los cuerpos de catedráticos deberán contar con una antigüedad mínima de ocho años en el correspondiente cuerpo de procedencia como funcionario de carrera y que el sistema de acceso será el concurso, en el que se valorarán los méritos relacionados con la actualización científica y didáctica, la participación en proyectos educativos, la evaluación positiva en la actividad docente y, en su caso, la trayectoria artística de los aspirantes.

De la misma manera se establece que el número de funcionarios de los cuerpos de catedráticos no superará, en cada caso, el 30 % del número total de funcionarios de cada cuerpo de origen.

Dichas disposiciones han sido desarrolladas por el Real decreto 276/2007, de 23 de febrero, que aprueba el reglamento de ingreso, accesos y adquisición de nuevas especialidades en los cuerpos docentes a que se refiere la Ley orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, y regula el régimen transitorio de acceso a la función pública docente a que se refiere la Disposición transitoria decimoséptima de la mencionada ley.

Con la finalidad de cumplir con la oferta de empleo público docente para 2016, aprobada por Decreto 52/2016, de 29 de abril, del Consell, cumplido lo que prevé el artículo 37.1.c del Real decreto legislativo 5/2012, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público; conforme a lo dispuesto en la Ley orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación; y en los artículos 37, 38 y 39 del Reglamento de ingreso, accesos y adquisición de nuevas especialidades en los cuerpos docentes aprobado por el Real decreto 276/2007, de 23 de febrero, esta Conselleria, en el ejercicio de la competencia que le atribuye el Decreto 186/2017, de 24 de noviembre, del Conssell, por el que se aprueba el Reglamento orgánico y funcional de la Conselleria de Educación, Investigación, Cultura y Deporte, acuerda convocar procedimiento de acceso al cuerpo de catedráticos de Artes Plásticas y Diseño, de acuerdo con las siguientes bases:

  1. Normas generales

    1.1. Objeto.

    Se convoca procedimiento selectivo para acceder al cuerpo de catedráticos de Artes Plásticas y Diseño en el ámbito de gestión de la Conselleria de Educación, Investigación, Cultura y Deporte.

    1.2. Plazas objeto de la convocatoria.

    Cuerpo: Catedráticos de Artes plásticas y Diseño

    Código Especialidad Número de plazas convocadas

    7A6 Dibujo Artístico y Color 2

    7A7 Dibujo Técnico 1

    7A8 Diseño de Interiores 1

    7A9 Diseño de Moda 1

    7B0 Diseño de Producto 1

    7B1 Diseño Gráfico 2

    7B4 Fotografía 1

    7B5 Historia del Arte 1

    7B7 Materiales y Tecnología: Cerámica y Vídrio 1

    7B8 Materiales y Tecnología: Diseño 1

    7C0 Medios Audiovisuales 1

    7C1 Medios Informáticos 1

    7C2 Organización Industrial y Legislación 1

    7C4 Volum 1

    Total 16

    1.3. Normativa aplicable.

    Al presente procedimiento selectivo le será aplicable la normativa siguiente:

    Ley orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación (BOE 106, 4 de mayo).

    Ley orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la mejora de la calidad educativa (BOE 295, 10 de diciembre).

    Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público (BOE 89, 13 de abril)

    Ley 8/2007, de 2 de marzo, de la Generalitat, de Ordenación de Centros Superiores de Enseñanzas Artísticas y de la creación del Instituto Superior de Enseñanzas Artísticas de la Comunitat Valenciana.

    Ley orgánica 15/1999, de Protección de Datos de Carácter Personal (BOE 298, 14 de diciembre)

    Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones (BOE 236, 2 octubre).

    La Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público (BOE 236, 2 octubre).

    Real decreto legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público (BOE 261, 31 de octubre)

    Ley 10/2010, de 9 de julio, de la Generalitat, de ordenación y gestión de la función pública valenciana (DOGV 6310, 14 de julio)

    Real decreto 240/2007, de 16 de febrero, sobre entrada, libre circulación y residencia en España de ciudadanos de los Estados miembros de la Unión Europea y otros Estados parte del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, modificado por el Real decreto 1710/2011, de 18 de noviembre.

    Real decreto 276/2007, de 23 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de ingreso, accesos y adquisición de nuevas especialidades en los cuerpos docentes a que se refiere la Ley orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación (BOE 53, 02.03.2007), modificado por el Real decreto 84/2018, de 23 de febrero (BOE 49, 24 de febrero).

    Real decreto 1614/2009, de 26 de octubre, por el que se establece la ordenación de las enseñanzas artísticas superiores reguladas en la Ley orgánica 2/2006, de 3 de mayo de Eduación (BOE 259, 27 de octubre).

    Real decreto 633/2010, de 14 de mayo, por el que se regula el contenido básico de las enseñanzas artísticas superiores de Título Superior de Diseño establecidas en la Ley orgánica 2/2006, de 3 de mayo de Educación (BOE 137, 5 de junio).

    Real decreto 1284/2002, de 5 de diciembre, por el que se establecen las especialidades docentes de los Cuerpos de profesores de Artes Plásticas y Diseño y Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño, se adscriben a ellas los profesores de dichos cuerpos y se determinan los módulos, asignaturas y materias que deberán impartir (BOE 304, 20 de diciembre).

    Decreto 62/2002, de 25 de abril, del Consell (DOGV 4240,

    02.05.2002), por el que se regula la acreditación de los conocimientos lingüísticos para el acceso y la provisión de lugares en la función pública docente no universitaria en la Comunidad Valenciana.

    Decreto 127/2012, de 3 de agosto, del Consell, por el que se regula el plurilingüismo en la enseñanza no universitaria en la Comunitat valenciana (DOGV 6834, 6 de agosto 2012).

    Orden 17/2013, de 15 de abril, de la Conselleria de Educación, Cultura y Deporte, por la que se regulan las titulaciones administrativas que facultan para el enseñanza en valenciano, del valenciano y en lenguas extranjeras en las enseñanzas no universitarias en la Comunidad Valenciana (DOGV 7006, 18 de abril).

    Orden 90/2013, de 6 de noviembre, de la Conselleria de Educación, Cultura y Deporte, por la que se regula la catalogación con el requisito lingüístico de valenciano de determinados puestos de trabajo docentes en centros públicos y en los servicios o unidades de apoyo escolar y educativo dependientes de la Generalitat (DOGV 7148, 8 de noviembre).

    Decreto 218/2017, de 29 de diciembre, del Conssell, de modificación del Decreto 220/2014, del Consell, por el que se aprueba el Reglamento de administración electrónica.

    Decreto 220/2014, de 12 de diciembre, del Consell, por el que se aprueba el Reglamento de administración electrónica de la Comunidad Valenciana.

    Las otras disposiciones de aplicación general y lo que dispone la presente convocatoria

  2. Requisitos y cumplimiento

    2.1. Requisitos de los aspirantes.

    1. No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las administraciones públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las comunidades autónomas, ni encontrarse en inhabilitación absoluta o especial para...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR