ORDEN 10/2017, de 14 de marzo, de 2017, de la Conselleria de Agricultura, Medio Ambiente, Cambio Climático y Desarrollo Rural, por la que se aprueban las bases reguladoras de las ayudas para fomentar una pesca y una acuicultura sostenible en la Comunitat Valenciana.

SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorConselleria de Agricultura, Medio Ambiente, Cambio Climático y Desarrollo Rural
Rango de LeyOrden

ÍNDICE

Preámbulo
Capítulo I Aspectos generales
Artículo 1 Objeto y ámbito
Artículo 2 Financiación de las ayudas
Artículo 3 Régimen Jurídico
Artículo 4 Incompatibilidades
Artículo 5 Requisitos de notificación, comunicación o exención
Artículo 6 Personas beneficiarias
Artículo 7 Obligaciones de las personas beneficiarias de las ayudas
Artículo 8 Inversiones no subvencionables
Capítulo II Procedimiento de concesión
Artículo 9 Procedimiento de concesión y convocatorias
Artículo 10 Forma y plazo de presentación de solicitudes
Artículo 11 Documentación a presentar
Artículo 12 Características de las operaciones de inversión
Artículo 13 Instrucción del procedimiento
Artículo 14 Evaluación de las solicitudes
Artículo 15 Fase de valoración de solicitudes
Artículo 16 Comisión de evaluación
Artículo 17 Resolución
Artículo 18 Notificación
Capítulo III Justificación y pago
Artículo 19 Justificación de la acción y solicitud de cobro
Artículo 20 Sobre el plazo para la realización y justificación de las inversiones
Artículo 21 Pago de la ayuda
Artículo 22 Verificación a los cinco años
Capítulo IV Régimen y procedimiento sancionador
Artículo 23 Reintegro
Artículo 24 Procedimiento de reintegro
Artículo 25 Pérdida o minoración de la ayuda
Artículo 26 Responsabilidades y régimen sancionador
Artículo 27 Información y publicidad
Disposición adicional primera Ausencia de repercusión económica Disposición adicional segunda. Desarrollo.
Disposición derogatoria única Derogación normativa Disposición final única. Entrada en vigor
PREÁMBULO

El Reglamento (UE) número 508/2014, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 15 de mayo de 2014, relativo al Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca (en lo sucesivo FEMP) establece las medidas financieras de la Unión para la aplicación de la política pesquera común, de las medidas relativas al derecho del mar, del desarrollo sostenible de las zonas pesqueras y acuícolas y de la pesca interior, así como de la política marítima integrada.

Por otra parte, el Reglamento (UE) número 1303/2013, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, establece las disposiciones comunes para los fondos estructurales y de inversión europeos entre los que se encuentra el FEMP.

El Programa operativo para España del Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca 2014-2020, ha sido aprobado por decisión de ejecución de la Comisión de 13 de noviembre de 2015.

Los criterios de selección para la concesión de las ayudas en el marco del Programa operativo del FEMP han sido aprobados por el comité de seguimiento del FEMP.

El sector pesquero de la Comunitat ha de afrontar los grandes retos que le supone su adaptación a la nueva política pesquera común y dis-

pone con el FEMP de una herramienta de gran valor para alcanzar el grado de competitividad que la sociedad actual le exige. Bajo la premisa de lograr un sector sostenible económica social y medioambientalmente se ha preparado estas bases reguladoras que incluyen importantes novedades, como es la incentivación de la diversificación y nuevas formas de ingresos, apoyando actividades complementarias a la actividad pesquera, entre las que se pueden incluir inversiones a bordo, turismo de pesca deportiva, restaurantes, servicios medioambientales y actividades educativas relacionadas con la pesca.

Se proporcionará ayuda inicial a jóvenes pescadores favoreciendo el acceso a la propiedad del primer buque de pesca para la creación de empresas.

Las inversiones en salud y seguridad destinadas a mejorar las condiciones de trabajo de los pescadores.

Las inversiones que limiten el impacto de la pesca en el medio marino y favorezcan la adaptación de esta actividad a la protección de especies y la protección y recuperación de la biodiversidad y de los ecosistemas marinos, como la recogida de residuos del mar.

También se incentivarán medidas de eficiencia energética y mitigación del cambio climático, tanto mediante inversiones a bordo como mediante auditorías y estudios energéticos, incluyendo la sustitución o modernización de motores.

En cuanto al producto obtenido, se favorecerán inversiones a bordo que incrementen su valor y su calidad, así como inversiones que permitan a los pescadores llevar a cabo su transformación y comercialización.

No podemos olvidar la necesidad de modernizar y adecuar algunos puertos y lonjas, favoreciendo inversiones que incrementen el control de los productos desembarcados y mejoren su calidad, que aumenten la eficiencia energética de estas instalaciones, que contribuyan a la protección del medio ambiente o que mejoren la seguridad y las condiciones de trabajo. También se tendrán en cuenta inversiones que faciliten el cumplimiento de la obligación de desembarque de ciertas capturas o que aumenten el valor de componentes infrautilizados de la captura.

La acuicultura valenciana tiene un potencial de crecimiento prácticamente ilimitado, tanto por nuestras condiciones orográficas y medioambientales como por la capacidad de las empresas asentadas en nuestras costas. Mediante estas bases reguladoras favoreceremos el desarrollo de una acuicultura sostenible medioambientalmente, eficiente en el uso de los recursos, innovadora, competitiva y basada en el conocimiento, se favorecerá el desarrollo de una acuicultura ecológica, o eficiente energéticamente.

Se fomentará la competitividad del sector acuícola mediante inversiones productivas encaminadas a diversificar la producción acuícola y las especies criadas, mejorar y modernizar los centros acuícolas, mejoras relacionadas con la salud y bienestar animal, mejorar la calidad de los productos obtenidos, recuperar estanques o lagunas y diversificación, mediante actividades complementarias.

Se incentivará una acuicultura que minimice su impacto en el medio sobre el que se desarrolle, que mejore la utilización y calidad del agua, aumenten la calidad del caudal de salida y disminuyan el consumo de agua mediante los sistemas de recirculación de circuito cerrado. Se fomentarán inversiones que aumenten la eficiencia energética.

Se impulsará el espíritu empresarial de la acuicultura fomentando la creación de nuevas empresas sostenibles por acuicultores que inicien sus actividades en el sector. Se impulsará el desarrollo de una acuicultura que preste servicios medioambientalmente, o a su compatibilización con necesidades ambientales específicas, que se encuentran sujetas a requisitos especiales de gestión derivados de su ubicación total o parcial en zonas de Red Natura 2000.

Al objeto de asegurar la sostenibilidad económica social y medioambiental de la Pesca y de la Acuicultura de la Comunitat en un mercado extremadamente agresivo, resulta necesario establecer las disposiciones reguladoras para conceder ayudas a la comercialización y transformación de los productos de la pesca y de la acuicultura a fin de conseguir una mejor comercialización, mejorar al máximo su calidad y el valor añadido, realización de estudios de mercado, mejorar la promoción de productos sostenibles.

También se llevarán a cabo actuaciones encaminadas a la obtención de nuevos productos, procesos, presentaciones y envases adaptados a las necesidades del consumidor final.

Se hará hincapié en mejorar la información que llega al consumidor final implantando medidas que mejoren la trazabilidad del pescado y

la diferenciación de nuestros productos, evidenciando ante el consumidor sus características intrínsecas y valores diferenciadores, de forma que hagan posible su discriminación positiva en el acto de compra; se fomentará la realización de campañas de comunicación y promoción.

Del mismo modo se apoyará a un sector transformador competitivo e innovador, capaz de dar salida comercial a capturas de pescado que no puedan destinarse a consumo en fresco generando nuevas oportunidades para producciones concretas o excedentes ocasionales, a reducir el impacto de la industria transformadora en el medio ambiente favoreciendo el ahorro energético y el tratamiento de residuos. Se incentivarán las mejoras de las condiciones de seguridad e higiene de los trabajadores.

También se fomentarán las inversiones destinadas a satisfacer las necesidades del consumidor final, y que contribuyan a abrir nuevos mercados a través del desarrollo de nuevos productos, procesos o sistemas de gestión y organización.

Este nuevo marco normativo supone la derogación de la Orden de 26 de noviembre de 2007, de la Conselleria de Agricultura, Pesca y Alimentación por la que se establecen normas de ordenación y de ayudas en el sector de la pesca y la acuicultura y sus posteriores modificaciones en lo referente a ayudas en el sector de la pesca y la acuicultura.

La Comunitat Valenciana tiene atribuidas competencias en ordenación del sector pesquero, siendo la Conselleria de Agricultura, Medio Ambiente, Cambio Climático y Desarrollo Rural la competente para la tramitación de las ayudas comunitarias en esta materia.

Por todo ello, habiendo sido recabado el informe preceptivo de la Abogacía General de la Generalitat, oído el dictamen del Consell Juridic Consultiu y en virtud de las facultades que me confiere el artículo 28.e de la Ley 5/1983, de 30 de diciembre, del Consell y el artículo 160.2.b de la ley 1/2015, de 6...

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