ORDEN 1/2019, de 9 de abril, de la Vicepresidencia y Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas, por la que se establecen las bases reguladoras del Premio de Fiestas Inclusivas y No Sexistas. [2019/3713]

SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorVicepresidencia y Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas
Rango de LeyOrden
PREÁMBULO

Para regular y hacer efectivo el principio de igualdad entre mujeres y hombres en la Comunitat Valenciana, les Corts aprobaron la Ley 9/2003, de 2 de abril, de la Generalitat, para la igualdad entre mujeres y hombres.

La Dirección General del Instituto Valenciano de las Mujeres y por la Igualdad de Género, de la Vicepresidencia y Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas, es el órgano directivo al que, según el Decreto 103/2015, de 7 de julio, del Consell, por el que se establece la estructura orgánica básica de la Presidencia y de las consellerias de la Generalitat, corresponde, entre otras funciones, las relativas a la promoción y ejecución de medidas para hacer efectivo el derecho a la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres.

El Estatuto de Autonomía de la Comunitat Valenciana contempla el principio de igualdad entre mujeres y hombres en los artículos 10.3 y 4 y en el artículo 11 y, en su artículo 49.1.26, atribuye la competencia exclusiva a la Generalitat en materia de promoción de la mujer.

Con el fin de promover e incentivar la realización de fiestas igualitarias e inclusivas, que promuevan actitudes no sexistas entre la población, la Dirección General del Instituto Valenciano de las Mujeres y por la Igualdad de Género desarrolla diversas actividades entre las que se encuentra la convocatoria de este Premio de Fiestas Inclusivas y No Sexistas. Se pretende con ello ofrecer nuevos modelos de representación social, abriendo espacios en el ámbito festivo que integren la igualdad de género como parte natural del discurso colectivo. Los nuevos modelos de representación y relación en el ámbito de las fiestas locales basados en la igualdad de género van conformando un nuevo imaginario colectivo y contribuyen a derrumbar los muros de discriminación invisibilizada sobre las que se asienta la desigualdad y también la violencia de género. Además, como modelos de representación son también un cauce de educación informal, y como escenario cotidiano de la vida de los pueblos van conformando su historia colectiva y su identidad. Se trata con ello, de premiar aquellas fiestas que contribuyan a promover la igualdad de género, que lleve a desterrar cualquier idea discriminatoria y la desigualdad entre mujeres y hombres. Así como crear espacios lúdicos dentro del ámbito festivo que garanticen el respeto, el principio de no discriminación de las mujeres, promoviendo una cultura inclusiva basada en la igualdad de género y en contra de cualquier tipo de discriminación de las mujeres, también de las dobles discriminaciones que sufren muchas mujeres, y en contra de la construcción heteronormativa propia de la cultura patriarcal, así como salvaguardar a las mujeres de cualquier agresión sexista o forma de violencia basada en el género reforzando el mensaje de rechazo social e institucional a la violencia contra las mujeres en el entorno festivo y de ocio.

En virtud de las competencias conferidas por el Decreto 14/2018, de 23 de febrero, del Consell, por el que aprueba el Reglamento orgánico y funcional de la Vicepresidencia y la Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas, y el artículo 28 de la Ley de la Generalitat 5/1983, de 30 de diciembre, del Consell, a propuesta de la Dirección General del Instituto Valenciano de las Mujeres y por la Igualdad de Género, conforme con el Consell Jurídic Consultiu,

ORDENO

Artículo 1 Objeto

El objeto de la presente orden es establecer las bases reguladoras que regirán la concesión del Premio de Fiestas Inclusivas y No Sexistas, dirigido a entidades locales que hayan desarrollado proyectos con la finalidad de promover la igualdad de género en sus fiestas, contribuyendo con ello a la ruptura de los estereotipos de género; a propiciar la par-

ticipación de las mujeres en condiciones de igualdad y a la eliminación de cualquier forma de discriminación y de violencia contra las mujeres.

Artículo 2 Procedimiento de concesión

El procedimiento de concesión del premio se tramitará en régimen de concurrencia competitiva y se iniciará de oficio, mediante la publicación en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana de la convocatoria aprobada por resolución de la persona titular de la Conselleria competente en mujeres e...

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