ORDEN de 7 de octubre de 2002, de la Conselleria de Cultura y Educación, por la cual se concede autorización de apertura y funcionamiento en los niveles educativos que se especifican en el anexo a diversos centros docentes privados. [2002/11459]    

SecciónIII - Convenios y Actos
EmisorConselleria de Cultura y Educacion
Rango de LeyOrden

ORDEN de 7 de octubre de 2002, de la Conselleria de Cultura y Educación, por la cual se concede autorización de apertura y funcionamiento en los niveles educativos que se especifican en el anexo a diversos centros docentes privados. [2002/11459]

Los expedientes han sido incoados a instancia de los representantes de la titularidad de los centros que solicitan autorización de apertura y funcionamiento en los niveles educativos que se relacionan en el anexo.

La Dirección General de Centros Docentes ha declarado por resoluciones individualizadas para cada centro, la adecuación de las instalaciones propuestas en cuanto a espacios educativos se refiere, a lo dispuesto en el Real Decreto 1.004/1.991, de 14 de junio (BOE de 26.06.91), por el que se establecen los requisitos mínimos de los centros que impartan enseñanzas de régimen general no universitarias.

Cada expediente incluye informe favorable de la Unidad Técnica de Construcciones y el compromiso de aportar la relación de profesores y titulaciones respectivas, ante la Dirección Territorial de Cultura y Educación de Valencia, antes del inicio de las actividades educativas correspondientes.

Vista la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio (BOE de 04.07.85), reguladora del Derecho a la Educación; la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre (BOE 04.10.90) de Ordenación General del Sistema Educativo; el Real Decreto 1.004/1991, de 14 de junio (BOE de 26.06.91) por el que se establecen los requisitos mínimos de los centros que impartan enseñanzas de régimen general no universitarias; la Orden de 2 de febrero de 1998, de la Conselleria de Cultura Educación y Ciencia, por la que se establecen los requisitos mínimos de los centros incompletos de Educación Infantil de la Comunidad Valenciana, en desarrollo de la disposición adicional cuarta del Real Decreto 1.004/1991, de 14 de junio (DOGV de 11-03-98), y el Real Decreto 332/1992, de 3 de abril (BOE de 09.04.92) sobre autorizaciones de centros docentes privados para impartir enseñanzas de régimen general no universitarias.

En ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 35 de la Ley de Gobierno Valenciano, ORDENO Primero Autorizar la apertura y funcionamiento en los niveles que se indican a cada uno de los centros que se señalan en el anexo, con el número de unidades y capacidad máxima de puestos escolares que se especifican.

Segundo

Modificar simultáneamente, si procede, la autorización correspondiente a los...

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