DECRETO 136/2003, de 18 de julio, del Consell de la Generalitat, por el que se declara Bien de Interés Cultural, con la categoría de Monumento, el Real Monasterio de la Asunción o de Santa Clara, de Xàtiva. [2003/X8729]    

SecciónIII - Convenios y Actos
EmisorConselleria de Cultura, Educacion y Deporte
Rango de LeyDecreto

DECRETO 136/2003, de 18 de julio, del Consell de la Generalitat, por el que se declara Bien de Interés Cultural, con la categoría de Monumento, el Real Monasterio de la Asunción o de Santa Clara, de Xàtiva. [2003/X8729]

El artículo 31.5 del Estatuto de Autonomía de la Comunidad Valenciana establece la competencia exclusiva de la Comunidad Autónoma en materia de patrimonio histórico, artístico, monumental, arqueológico y científico. Asimismo, el artículo 26.2 de Ley 4/1998, de 11 de junio, de la Generalitat, del Patrimonio Cultural Valenciano, dispone que la declaración de un Bien de Interés Cultural se hará mediante Decreto del Consell de la Generalitat, a propuesta del conseller de Cultura y Educación, sin perjuicio de las competencias que el artículo 6 de la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español, reserva a la administración General del Estado.

Mediante la Resolución de 22 de octubre de 2002, de la Dirección General de Patrimonio Artístico, de la entonces denominada Conselleria de Cultura y Educación, se acordó tener por incoado expediente para la declaración de Bien de Interés Cultural, con categoría de monumento, a favor del Real Monasterio de la Asunción o de Santa Clara, de Xàtiva.

En la tramitación del expediente, y de conformidad con lo establecido en el artículo 27.5 de la Ley 4/1998, de 11 de junio, de la Generalitat, del Patrimonio Cultural Valenciano, se han recabado los informes favorables del Consell Valencià de Cultura y de la Real Academia de Bellas Artes de San Carlos.

De conformidad con lo dispuesto en la legislación vigente, se han cumplimentado los trámites establecidos en el artículo 27 de la Ley 4/1998, de 11 de junio, de la Generalitat, del Patrimonio Cultural Valenciano, concediendo trámite de audiencia al Ayuntamiento de Xàtiva y a los propietarios del inmueble, así como abriendo, mediante la Resolución de 20 de marzo de 2003, de la Dirección General de Patrimonio Artístico, trámite de información pública.

En virtud de lo expuesto y de acuerdo con lo establecido en la normativa referenciada, a propuesta del conseller de Cultura, Educación y Deporte, y previa deliberación del Consell de la Generalitat, en la reunión del día 18 de julio de 2003, DECRETO

Artículo 1

Se declara Bien de Interés Cultural, con categoría de monumento, el Real Monasterio de la Asunción o de Santa Clara, de Xàtiva.

Artículo 2

El entorno de protección afectado por la declaración de Bien de Interés Cultural, así como el régimen de protección del mismo, queda definido en los anexos adjuntos que forman parte del presente Decreto. La documentación complementaria obra en el expediente de su razón.

Disposición adicional Artículos 1 a 6

La presente declaración se inscribirá en la sección primera del Inventario General del Patrimonio Cultural Valenciano. Disposición Final El presente decreto se publicará en el Boletín Oficial del Estado y entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.

Valencia, 18 de julio de 2003

El presidente de la Generalitat, FRANCISCO CAMPS ORTIZ El conseller de Cultura, Educación y Deporte, ESTEBAN GONZÁLEZ PONS ANEXO I DATOS SOBRE EL BIEN OBJETO DE LA DECLARACIÓN 1. Denominación . Principal: Real Monasterio de la Asunción o de Santa Clara.

. Secundaria: Convento de Clarisas.

  1. Descripción a) Inmueble objeto de la declaración

. Reseña histórica En el año 1325 murió doña Saurina de Entenza, viuda de Roger de Lauria, almirante de Aragón y Sicilia, disponiendo en su testamento que a sus expensas se edificase en Xàtiva un monasterio para religiosas clarisas, del cual quedaba constituida patrona y que en el templo fuese labrado un sepulcro en el cual se enterrase su cuerpo.

Para ello cedía a la comunidad las rentas y señorío de las villas de Alcoy y Gorga y de las poblaciones contenidas en el valle de Zeta. Los albaceas Jaime Laguardia y Gil Martín Entenza hicieron presente al papa Juan XII la voluntad de la testadora y el pontífice, el 1 de junio de 1326, desde Aviñón, despachó bula al obispo de Valencia a favor de la obra.

A su vez, el síndico de la ciudad de Xàtiva solicitó al rey Jaime II de Aragón la gracia de esta fundación monástica, y el monarca expidió Decreto, de 1 de enero de 1325, autorizándola y asignándola una limosna para su fundación.

Así pues, se compraron terrenos junto a los muros norte de la ciudad y puerta Nueva, llamada luego de las Monjas y más tarde del León. La iglesia se dedicó a la Virgen de la Asunción.

El rey Don Pedro IV de Aragón y II de Valencia, desde Lérida, el 1 de junio de 1338, dirigió carta a la abadesa sor Beatriz de Cesaraugusta, participándole su acuerdo de proteger al monasterio de Xàtiva, al que concedía salvaguardia real, con pena de mil maravedises en oro a quien la contraviniere.

El monasterio, fundado extramuros de Xàtiva en 1325, sufrió a mediados del siglo XIV muchas calamidades. Por causa de la guerra de la Unión hubieron de abandonar temporalmente su convento. El edificio quedó casi arruinado en 1348. Tres años más tarde la ciudad de Xàtiva recompuso el monasterio, que definitivamente fue derribado con motivo de la guerra de los dos Pedros, en 1359, y la comunidad se alojó algún tiempo en una casa particular, hasta que en 1364 se le autorizó a trasladarse a un nuevo monasterio intramuros, quedando reinstaladas las monjas de 1369, habiéndose traído el cuerpo de la fundadora, la viuda de Roger de Lauria.

Las clarisas conservaron la propiedad de sus solares extramuros, y el nuevo monasterio obtuvo autorización para construir un túnel bajo las murallas. En dicho huerto inferior (que llegaba hasta el convento del Carmen) se proyectó edificar casa y cercado con almenado, semejante al frontispicio del monasterio, según proyecto del arquitecto Viñes.

Después, las religiosas, resentidas de salud, atribuyeron sus males al abusivo cultivo del arroz que llegó hasta las mismas murallas de la ciudad, y solicitaron del papa Urbano V su traslado a Valencia, a cuya pretensión se opuso la ciudad, por contrariar ello los deseos de la fundadora; y el cardenal ostiense, a fines de 1369, falló contra aquella demanda.

Con motivo de la guerra de la sucesión en 1707, las monjas se trasladaron a Valencia acompañadas de mucha gente y de una guardia de...

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