ORDEN 19/2014, de 8 de septiembre de 2014, de la Consellería de Infraestructuras, Territorio y Medio Ambiente, por la que se modifican las tarifas de los servicios de transporte público de viajeros en automóviles de turismo del Área de Prestación Conjunta de L'Alcoià-El Comtat.

SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorConselleria de Infraestructuras, Territorio y Medio Ambiente
Rango de LeyOrden
PREÁMBULO

La competencia exclusiva en materia de transporte terrestre cuyo itinerario discurra íntegramente por la Comunitat Valenciana corresponde a la Generalitat.

La Ley 6/2011, de 1 de abril, de la Generalitat, de Movilidad de la Comunitat Valenciana, establece en su artículo 55.1 que las tarifas deben garantizar la cobertura del coste real del servicio en condiciones normales de productividad y organización, y permitir una adecuada amortización y un razonable beneficio industrial, pudiendo ser revisadas periódicamente, o de manera excepcional, cuando se produzca una variación en los costes que altere significativamente el equilibrio económico. Su aprobación y revisión corresponde al órgano competente, previa audiencia de las asociaciones representativas del sector, y de las asociaciones de consumidores y usuarios.

Los servicios de transporte público discrecional de viajeros por carretera, prestados en automóviles de turismo y provistos de autorización del Área de Prestación Conjunta de L'Alcoià-El Comtat, se hallan sometidos al régimen de autorización administrativa, con sujeción al régimen dispuesto por la Orden 6/2010, de 12 de marzo, de la Consellería de Infraestructuras y Transporte. Esta orden estableció el régimen tarifario y sus condiciones de aplicación para los servicios de transporte público de viajeros en automóviles de turismo del Área de Prestación Conjunta de L'Alcoià-El Comtat.

La variación de los costes de explotación experimentado desde la última revisión tarifaria, cuya estructura y cuantías han sido debidamente analizadas, aconseja su actualización y la consiguiente revisión de las tarifas de aplicación a los servicios de taxi vigentes en el Área de Prestación Conjunta de L'Alcoià-El Comtat.

Por todo ello, previo informe de la Comisión de Precios de la Generalitat Valenciana, y de conformidad con el artículo 28.e de la Ley 5/1983, de 30 de diciembre, del Consell, modificada por la Ley 12/2007, de 20 de marzo, y el artículo 5 del Decreto 192/2011, del Decreto 85/2013, de 28 de junio...

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