ORDEN 2/2011, de 2 de septiembre, de la Conselleria de Infraestructuras, Territorio y Medio Ambiente, por la que se aprueba la modificación parcial de trazado de determinadas vías pecuarias afectadas por el desarrollo urbanístico del sector Torre La Sal del PGOU de Cabanes, y los accesos norte y sur a la CN-340 adscritos al mismo, en el término municipal de Cabanes.

SecciónIII - Convenios y Actos
EmisorConselleria de Infraestructuras, Territorio y Medio Ambiente
Rango de LeyOrden

Vista la solicitud del Ayuntamiento de Cabanes, de fecha 16 de enero de 2007, sobre modificación de trazado de las vías pecuarias incluidas en el sector Torre de La Sal de su término municipal, adjuntando un ejemplar del proyecto del agente urbanizador, la mercantil Construcciones Castellón 2000, SAU, de fecha noviembre de 2006, y certificado del Pleno del Ayuntamiento de fecha 22 de diciembre de 2006, aprobando dicho proyecto, así como un anexo de fichas de las fincas aportadas y resultantes de las vías pecuarias, propuestas en el proyecto de reparcelación forzosa del sector citado (documento refundido diciembre 2006), en las que se incluye la superficie de las vías pecuarias afectadas por los accesos norte y sur al sector, desde la CN-340.

Las vías pecuarias incluidas en el ámbito de la nueva ordenación urbanística del sector Torre de la Sal, fueron clasificadas como necesarias en el término municipal de Cabanes por Orden Ministerial de fecha 22 de diciembre de 1962, y publicadas en el BOE de fecha 23 de enero de 1963 y BOP de fecha 16 de febrero de 1963, y son las siguientes:

- VP-12, vereda de la Molloná, anchura legal 20,89 metros, caballera entre Oropesa y Cabanes.

- VP-14, vereda del Camino de l'Atall, anchura legal 8 metros.

- VP-21, colada del Pou Nou, anchura legal 14 metros.

- VP-22, colada de la Torre de la Sal, anchura legal 14 metros.

- VP-23, colada de la Casilla, anchura legal, 14 metros.

Dicho documento de clasificación constituye, junto con el Real Decreto 2365/84, de 8 de febrero, por el que se transfieren a la Comunidad Valenciana bienes y servicios en materia de conservación de la naturaleza, el título que ostenta la Generalitat sobre las vías pecuarias anteriormente mencionadas.

Vista la homologación y el plan parcial del sector Torre la Sal, aprobado por acuerdo de la Comisión Territorial de Urbanismo de Castellón, en sesión celebrada el 14 de diciembre de 2005, y publicado en el Boletín Oficial de la Provincia de Castellón, de fecha 31 de diciembre de 2005. Así como, la declaración de impacto ambiental de fecha 17 de octubre de 2005, emitida por la Dirección General de Gestión del Medio Natural de la entonces Conselleria de Territorio y Vivienda.

Vista la resolución del entonces conseller de Medio Ambiente, Agua, Urbanismo y Vivienda, de fecha 5 de junio de 2008, en la que resuelve acordar el inicio del expediente STMA/SF/VP/MT/4/2007 de modificación de trazado de las vías pecuarias afectadas por el sector Torre la Sal del término municipal de Cabanes y accesos norte y sur a la CN-340, adscritos al mismo, así como la desafectación del uso pecuario de aquellos tramos clasificados originariamente y, que en la nueva ordenación urbanística tienen otro destino conforme a la legislación vigente, siempre que se integren en la trama urbana y su superficie no compute como superficie del sector.

El expediente citado se ha tramitado conforme a lo dispuesto en la Instrucción de la Dirección General de Gestión del Medio Natural sobre procedimientos administrativos de vías pecuarias, de fecha 27 de noviembre de 2006.

Visto el oficio del Ayuntamiento de Cabanes de fecha 27 de marzo de 2009, en el que se adjunta la nueva documentación redactada por el agente urbanizador en fecha octubre de 2008, constando la misma de los siguientes documentos:

  1. Descripción detallada por tramos de la integración de las vías pecuarias en la nueva ordenación urbanística.

  2. Descripción detallada por tramos de las vías pecuarias a desafectar del dominio público pecuario.

  3. Descripción de la integración final de la VP-21 colada del Pou Nou.

  4. Cuadro resumen de superficies de las vías pecuarias antes y después de la nueva ordenación urbanística.

  5. Tabla detallada por tramos de superficies de vías pecuarias, trazado actual, trazado modificado y restos a desafectar.

  6. Plano hoja nº 04, escala-1:2000 de fecha octubre de 2008, donde se aprecian los tramos desglosados en la tabla de superficies anterior.

  7. Certificado de la aprobación de la documentación anterior en el Pleno de marzo de 2009.

    Visto el informe del técnico instructor, con el visto bueno del jefe de Sección Forestal, de fecha 14 de mayo de 2009, en el que se describen los tramos del nuevo trazado de las vías pecuarias propuesto en la nueva ordenación urbanística, así como la descripción detallada de terrenos correspondientes a las vías pecuarias para los que se propone su desafectación del uso pecuario, y que constan grafiados en el plano hoja nº 04, escala-1:2000 de fecha octubre de 2008. A dicho informe, se adjunta una tabla desglosada de superficies en la que se distingue los diferentes conceptos y casos en los que se encuentra cada uno de los fragmentos de las vías pecuarias en relación con los instrumentos de planeamiento aprobados, cuyo contenido se da aquí por reproducido.

    Visto el escrito del alcalde del Ayuntamiento de Cabanes, de fecha 31 de marzo de 2010, en el que refiere que se ha recibido en el Ayuntamiento el informe técnico-propuesta de aprobación de fecha 14 de mayo de 2009 del técnico instructor del presente expediente STMA/SF/VP/MT/004/2007 y comunica su conformidad a dicha propuesta de aprobación.

    Visto el oficio del director territorial de Castellón, de fecha 12 de abril de 2010, en el que propone la aprobación de la modificación parcial de trazado y desafectación de las vías pecuarias afectadas en el ámbito del sector Torre La Sal y accesos norte y sur desde la N-340 adscritos al mismo, del vigente PGOU de Cabanes.

    Vistos los informes del Servicio de Gestión Forestal, de fechas 22 de junio y 11 de julio de 2011, favorables a la aprobación del expediente en los términos expuestos en el informe del técnico instructor de fecha 14 de mayo de 2009.

    Vista la propuesta del director general de Gestión de Medio Natural, de fecha 11 de julio de 2011, favorable a la aprobación de la modificación parcial de las vías pecuarias afectadas por el sector Torre La Sal, del PGOU de Cabanes y los accesos norte y sur a la CN-340 adscritos al mismo, en el término municipal de Cabanes, así como la desafectación del uso pecuario de los tramos originales que en la nueva ordenación urbanística se les asigna otro uso, en los términos indicados en el informe del técnico instructor de fecha 14 de mayo de 2009.

    De conformidad con el artículo 12 de la Ley 3/1995, de 23 de marzo, de Vías Pecuarias, los nuevos trazados propuestos de las vías pecuarias en su conjunto, cumplen con las siguientes condiciones:

  8. El interés público de la propuesta motivado por la aprobación definitiva de la homologación y PDAI sector Torre La Sal, y condiciones establecidas en el Acuerdo de la Comisión Territorial de...

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